Última revisión
19/12/2023
Sentencia Penal 20/2023 Audiencia Nacional. Sala de lo Penal. Sección Primera, Rec. 8/2023 de 20 de noviembre del 2023
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Orden: Penal
Fecha: 20 de Noviembre de 2023
Tribunal: Audiencia Nacional
Ponente: JESUS EDUARDO GUTIERREZ GOMEZ
Nº de sentencia: 20/2023
Núm. Cendoj: 28079220012023100018
Núm. Ecli: ES:AN:2023:5710
Núm. Roj: SAN 5710:2023
Encabezamiento
SENTENCIA: 00020/2023
Teléfono: 913535062
Fax: 917096577
En Madrid a veinte de noviembre de 2023.
Vistas en juicio oral y público el día 14 de noviembre de dos mil veintitrés por la Sección Primera de la Audiencia Nacional, las presentes actuaciones, Rollo de Sala número PA 8/2023, dimanante de las Diligencias Previas número 78/2021 del Juzgado Central de Instrucción número 4 de Madrid, seguidas por un delito de abusos sexuales contra
Ha comparecido el
Antecedentes
Hechos
A lo largo de su estancia, crea vínculos de unión con muchas personas que el noviciado ayuda, pues se trata de un proyecto destinado a favorecer la educación y desarrollo de los más necesitados, sufragando el noviciado con su fondos y con donaciones todos los gastos necesarios para lograr el objetivo.
Est ando al frente del noviciado, D. Eliseo, empieza a mantener relaciones de carácter sexual con una de estas personas, D. Gumersindo, que era en aquel momento menor de edad pero mayor de 16 años, en forma de tocamientos lúbricos, todo ello valiéndose de dicha condición y abusando de la situación de desamparado en la que se encontraba la víctima.
Cua ndo la Institución La Salle tiene conocimiento de los hechos, son puestos en conocimiento de las Autoridades españolas para su investigación, presentando correspondiente denuncia ante el Juzgado Central de Instrucción que por turno corresponda.
Igu almente, y con el fin de reparar el daño causado, el acusado al que se exigía el pago de cantidades en concepto de responsabilidad civil, consignó la cantidad total de 50.000 euros, con la finalidad de satisfacer las responsabilidades civiles dimanantes del hecho cometido.
Fundamentos
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación
Fallo
Que debemos condenar a Eliseo, como autor responsable de un delito de agresión sexual, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de reparación del daño, a la pena de
Pago de las costas procesales que le correspondan, y que indemnice a
Para el cumplimiento de la pena se le abonará al acusado todo el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa.
Se acuerda la concesión de la suspensión de condena por un periodo de TRES AÑOS, con la condición de que durante el mismo no vuelva a delinquir, con apercibimiento de que si lo hace , podrá serle revocado dicho beneficio.
Conclúyase conforme a Ley la pieza de responsabilidad del acusado.
Hágase entrega al perjudicado de los 50.000 euros consignados a los efectos de cumplir la responsabilidad civil.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno al haberse declarado su firmeza en el auto de juicio oral. Remítase al departamento de Ejecutorias a la mayor brevedad posible.
Así por esta nuestra sentencia, de que se llevará certificación al Rollo de Sala y se anotará en los Registros correspondientes, la pronunciamos, mandamos y firmamos.
