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12/01/2026
Sentencia Penal 46/2025 Audiencia Provincial Civil-penal de Cádiz nº 8, Rec. 77/2024 de 24 de febrero del 2024
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Orden: Penal
Fecha: 24 de Febrero de 2024
Tribunal: Audiencia Provincial Civil-penal nº 8
Ponente: MARIA DEL CARMEN GONZALEZ CASTRILLON
Nº de sentencia: 46/2025
Núm. Cendoj: 11020370082024100640
Núm. Ecli: ES:APCA:2024:2978
Núm. Roj: SAP CA 2978:2024
Encabezamiento
Avd. Alvaro Domecq 1, 2ª planta
Tlf.: 956033400. Fax: 956033414
NIG: 1102043220200006632.
ACUSADO: Alvaro.
PROCURADOR: MONSERRAT CÁRDENAS PÉREZ.
LETRADO: ANTONIO HEDRERA LOBATÓN.
ACUSACIÓN PARTICULAR: OCASO S.A. Y Nicolas.
PROCURADORES: INMACULADA PAULLADA SEVILLA Y TAMARA MORALÑES BUZÓN.
LETRADA: ISARAEL PAZ GONZÁLEZ Y JUAN FRANCISCO VERDUGO MARTÍNEZ.
MINISTERIO FISCAL.
Diligencias Previas: Nº 797/2020.
Juzgado de Instrucción nº 1 de Jerez de la Frontera.
D. IGNACIO RODRÍGUEZ BERMUDEZ DE CASTRO.
Dª. CARMEN GONZÁLEZ CASTRILLÓN.
Dª ESTHER MARTÍNEZ SAIZ.
En la Ciudad de Jerez de la Frontera, a 24 de febrero de dos mil veinticuatro.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el
Han sido parte ejerciendo la acusación particular Ocaso S.A. y D. Guillermo.
Ha sido parte el
Antecedentes
- En la conclusión primera ha añadido que el proceso ha sufrido retraso en su tramitación por causas ajenas a la voluntad del acusado, presentando las siguientes paralizaciones:
*de 5 de enero de 2023 a 6 de marzo de 2023.
* de 29 de junio de 2023 a 19 de septiembre de 2023.
* de 19 de septiembre de 2023 a 16 de enero de 29024.
* de 9 de julio de 2024 a 26 de septiembre de 2024, fecha en que se remitió a este tribunal , habiéndose efectuado el priemr señalamiento en fecha 9 de enero de 2025.
El acusado ha ingresado en la cuenta de consignaciones de este tribunal la suma de 21.999,78 euros.
Ocaso S.A. ha otorgado acusado el perdón.
-En la conclusión segunda se ha suprimido el delito de revelación de secretos.
- En la conclusión cuarta ha apreciado la concurrencia de las circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas del art. 21.6 del C. Penal y la atenuante de reparación parcial del daño del art. 21.5 del C. Penal.
-Modificó la conclusión 5ª, ha rebajado la pena por el delito de estafa a dos años de prisión.
Ha mantenido las restantes peticiones de su escrito de calificación provisional.
Las acusaciones particulares se han adherido a las modificaciones del escrito de calificación provisional realziado por el Ministerio Fiscal.
La defensa del acusado ha mostrado su conformidad con el escrito de calificación modificado por las acusaciones.
El acusado Alvaro ha mostrado su conformidad con tal petición, por lo que seguidamente se dictó sentencia en dicho sentido, la cual fue declarada firme y ejecutoria.
El Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares no se han opuesto a la concesión del beneficio con dichas condiciones.
El condenado se ha comprometido a abonar la responsabildiad que tiene pendiente a razón de 750 euros al mes en el plazo de tres años y a realizar trabajos en beneficio de la comunidad.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Dª.CARMEN GONZÁLEZ CASTRILLÓN, quien expresa el parecer del Tribunal.
Hechos
Son hechos probados acerca de los cuales están conformes las partes los siguientes:
"PRIMERA.-El acusado es Alvaro, con D.N,I.n* NUM001, nacido el NUM000/76, sin antecedentes penales, con domicilio en DIRECCION000 (partido judicial de DIRECCION000).
Alvaro fue contratado por la entidad "Ocaso Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros", en condición de "agente de seguros exclusivo" en las sedes de DIRECCION000 y DIRECCION001. en virtud de un contrato firmado a 7 de septiembre de 2.017. que incorporaba la obligación expresa de confidencialidad, ampliada el día 25 de mayo de 2.018 mediante la firma del Anexo sobre tratamiento y custodia de datos de carácter personal. El acusado cesó su relación laboral con la entidad por rescisión del contrato a fecha de 1 de junio de 2.020.
El acusado, prevaliéndose de su condición de agente, accedió a los datos de carácter personal y documentación en soporte papel e informático de la cartera de clientes de la mercantil "Ocaso", como tomadores, asegurados, beneficiarios o perjudicados. Tanto durante el período en el que desarrolló su actividad laboral. como con posterioridad a su cese, esto es, al menos desde cl mes de abril de 2.019 hasta el mes de marzo de 2.021.
El acusado aprovechó los datos personales y la documentación relativa a la identidad de terceros, para proceder a la contratación de numerosos préstamos de escasa cuantía con diferentes entidades crediticias, movido por un ánimo de ilícito enriquecimiento, que devenían impagados y cuyo importe quedaba definitivamente integrado en su patrimonio. El acusado procedió a la contratación de dichos microcréditos mediante el uso fraudulento de los datos de filiación de diferentes personas obrantes en las bases de datos de la entidad aseguradora, mezclando domicilios, teléfonos y números de documentos de identidad diversos. Asimismo, el acusado, con la finalidad de solicitar dichos créditos, procedió a la apertura de cuentas bancarias a través de internet en entidades como "Openbank", "Abanca", Evo Banco" y "BBVA" y contrató líneas telefónicas. a sabiendas de que empleaba datos o documentos de identidad que previamente había modificado (fechas de caducidad, fotografías...) y que habían sido obtenidos de las bases de datos de la entidad aseguradora, El acusado elaboró o modificó nóminas y certificaciones de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social acreditativas de la percepción de prestaciones o pensiones de incapacidad por parte de personas que no eran sujetos pasivos de las mismas, con la finalidad de crear una apariencia de solvencia que determinara la concesión del crédito. El acusado simuló una actividad entre las diferentes cuentas bancarias contratadas. realizó reintegros en cajeros y abonó gastos propios como recibos de seguro de vehículos o suministros de agua o electricidad. Se atribuye al acusadola participación en los siguientes hechos:
1*.- El día 31 de enero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n* NUM002, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Octavio. cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado. con ánimo de obtener un beneficioilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Octavio, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto.sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 04/02/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 04/02/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "PRESTAMER".
-El día 05/02/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 04/02/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "DINEO". "El día 30/06/20recibió un importe 500€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 04/02/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE.S.L".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de enero de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Reaco Informática, S.L". en la tramitación del crédito con "CASHPER", para acreditar su solvencia. a pesar de que D. Octavio nunca había trabajado en la misma, Asimismo. el acusado contrató la línea telefónica n* NUM003 a nombre de D, Octavio empleando los datos obtenidos fraudulentamente y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Lázaro(Víctima 11).
2º.- El día 10 de diciembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM004, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Pascual, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado. con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Pascual. cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 18/12/19 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
-El día 18/12/19 recibió un importe 150€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 20/12/19 recibió un importe 200€ de la mercantil "DINEO".
-El día 26/12/19 recibió un importe 130€ de la mercantil "P10 FINANCE".
-El día 05/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L",
-Entre los días 18/12/19 y 21/12/19, el acusado realizó varias solicitudes de crédito en la entidad "VIVUS", por importe 300€ y 250€, que no fueron aceptadas.
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de noviembre de 2.019, supuestamente emitida por la empresa "Taller y Rectificados Reina, S.L", en la tramitación del crédito con "P10 FINANCE", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Pascual nunca había trabajado en la misma.
Como consecuencia de los impagos derivados de estos créditos, D. Pascual fue dado de alta en el fichero de morososel día 24 de febrero de 2.020.
3º.- El día 29 de enero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n" NUM005, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Abel, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Abel, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 06/08/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
-El día 01/02/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 04/02/20 recibió un importe 500€ de la mercantil "CASHPER".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, un certificado de revalorización de pensión por incapacidad permanente, correspondiente al año 2.019, supuestamente emitido por la Seguridad Social, en la tramitación del crédito con "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Abel no era perceptor de dicha prestación,
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM006 conla compañía "Simyo" a nombre de D. Abel empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Dimas(Víctima NUM007)
4º.- El día 28 de enero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM008, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Abelardo, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente,el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Abelardo, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonarcuota alguna:
-El día 06/05/20 recibió un importe 250€ de la mercantil "MONEYMAN",
-El día 08/05/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 29/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT". El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de abril de 2,020, supuestamente emitida por la empresa "Chronoexpres, S.A", en la tramitación del crédito con "CCLOAN", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Abelardo nunca había trabajado en la misma. Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM009 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Abelardo empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Alejo (Víctima NUM010), D. Alexander (Victima NUM011) y D. Severino (Víctima NUM012); la línea n" NUM013, que utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Abilio (Víctima NUM014) y D. Augusto (Víctima NUM015): la línea NUM016, que utilizó en la contratación de los créditos a nombre de D. Abel (Víctima NUM017).
5º.- El día 16 de diciembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c. nº NUM018. en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D'. Angelina, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilicito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D'" Angelina, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 24/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
-El día 12/02/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
6º.- El día 19 de noviembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n? NUM019, en la entidad "Openbank", y el día 25 de enero de 2.021, contrató con la entidad "Abanca"la apertura de la c.c.c.n* NUM020 por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Cristobal, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Cristobal, cuyo capital era ingresado en las mencionadas cuentas abiertas al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 19/11/19 recibió un importe 150€ de la mercantil "PRESTAMER".
-El día 21/11/19 recibió un importe 100€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 05/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
-El día 30/06/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "MYKREDIT".
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM021 a nombre de D. Cristobal empleando los datos obtenidos fraudulentamente y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados por D. Octavio (Víctima NUM022); la línea NUM023, utilizada en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Adolfo (Víctima NUM024); las líneas telefónicas NUM025], NUM026 y NUM027, no utilizadas en la contratación de créditos.
7º.- El día 16 de junio de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n* NUM028, en la entidad "Openbank" a nombre de D. Samuel, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Samuel, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 09/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 09/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 24/09/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "CONTANTE".
Asimismo, el acusado contrató la linea telefónica n* NUM029, con la compañía "Simyo" a nombre de D. Samuel empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamossolicitados a su nombre;la línea NUM030, utilizada cn la contratación de préstamos solicitados a nombre de D, Sixto(Víctima 26).
8º.- El día 15 de abril de 2020, el acusado procedió a la apertura de la c.c. nº / NUM031, en la entidad "Openbank", y el día 29 de julio de 2.020, contrató con la entidad "Evo Banco" la apertura de la eee.n NUM032 por medios telemáticos, ambas a nombre de Z., cuyoS datos había obtenido fraudulentamente a través delacceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente. el acusado, con ánimo de obtener un beneficioilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Elias, cuyo capital era ingresado en las mencionadas cuentas abiertas al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 20/04/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "MONEYMAN", -El día 14/05/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 17/11/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El dia 05/11/20 recibió un importe 300€ y el dia 28/10/20, otro préstamo por importe de 90€, de la mercantil "TWINERO".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, un certificado de revalorización de pensión por incapacidad permanente absoluta, correspondiente al año 2.019, supuestamente emitido por la Seguridad Social, en la tramitación del crédito con "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Elias no era perceptor de dicha prestación.
9º.- El día 17 de mayo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n? NUM033, en la entidad "Openbank", y el dia 7 de enero de 2,021, contrató con la entidad "Abanca"la apertura de la c.c.c.n" NUM034 por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Abilio, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilicito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Abilio, cuyo capital era ingresado en las mencionadas cuentas abiertas al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 30/06/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 29/05/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN"
-El día 03/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 04/07/20 recibió un importe 250€ de la mercantil "BEST FINANCE IBERICA, SLU".
-El día 10/09/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "CONTANTE".
10º- El día 9 de agosto de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n* NUM035, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Federico, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Federico, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 13/08/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 18/08/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 25/08/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 23/09/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "VIVUS".
-El día 05/11/20 recibió un importe 400€ de la mercantil "TWINERO, S.L"
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de julio de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Sueti Asistencia, S.C", en la tramitación del crédito con "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Federico nunca había trabajado en la misma.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica nº NUM036 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Federico empleando los datos obtenidos fraudulentamente.
11º.- El día 30 de enero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n? NUM037, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Ernesto. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Ernesto, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto. sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 05/02/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "PRESTAMER",
-El día 05/02/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 06/02/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
-El día 10/02/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "P10 FINANCE, S.L".
-El día 06/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de enero de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Cápsulas Torrent, S.A", en la tramitación del crédito con "P10 FINANCE,S.L", para acreditar su solvencia. a pesar de que D. Ernesto nunca había trabajado en la misma.
Asimismo, el acusado contrató la linea telefónica nº NUM038 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Lázaro empleando los datos obtenidos fraudulentamente yla utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Leoncio(Víctima NUM039).
12º.- El día 2 de junio de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM040, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos. a nombre de D. Nicolas, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente. el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Nicolas, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 05/06/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 08/06/20 recibió un importe 180€ de la mercantil "DINEO".
-El día 26/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
"El día 18/09/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "CONTANTE".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de mayo de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Ramos Mera, S.L", en la tramitación de uno de los créditos, para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Nicolas nunca había trabajado en la misma.
13º.- El día 8 de septiembre de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM041, en la entidad "Openbank". por medios telemáticos, a nombre de D. Adrian, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Adrian, cuyo capital ingresó en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 11/09/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
14º.- El día 16 de junio de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM042, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, y el día 20 de noviembre de 2.020, contrató con la entidad "Abanca". la c.c.c.n* NUM043, ambas a nombre de D. Julio. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito. suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Julio, cuyo capital era ingresado en las mencionadas cuentas abiertas al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 19/06/20 recibió un importe 170€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 20/06/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 24/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 23/12/20 recibió un importe 550€ de la mercantil "TWINERO, S.L"
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de septiembre de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "JM Ciclo Servicios Hogar, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "TWINERO",para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Julio nunca había trabajado en la misma.
Asimismo, el acusado contrató la linea telefónica n* NUM044 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Julio empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Cipriano (Víctima NUM045); la línea NUM046, utilizada en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Alejo (Víctima 20).
15º.- El día 29 de abril de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM047, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Leandro, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito. suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Leandro, cuyo capital ingresó en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna: -El día 27/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
16º,- El día 10 de febrero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM048, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Dimas. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente. el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Dimas, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El dia 14/02/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN",
-El día 19/02/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER",
-El día 10/11/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "4 FINANCE SPAIN SERVICES,S.A".
-El día 20/12/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, un certificado de revalorización de pensión de jubilación por incapacidad permanente absoluta, correspondiente al año 2.019, supuestamente emitido por la Seguridad Social, en la tramitación del crédito con "CASHPER",para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Dimas no era perceptor de dicha prestación. El perjudicado falleció el día 10 de julio de 2.020.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n" NUM049 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Dimas empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Leopoldo(Victima NUM050).
17º.- El día 30 de abril de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM051, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Gaspar, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Gaspar, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto. sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 27/05/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN".
-Los días 03/06/20 y 04/06/20 recibió un importe 150€ y 100€ de la mercantil "P10 FINANCE,S.L", respectivamente.
-El día 29/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT.
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, un documento de revalorización de pensión por incapacidad permanente absoluta, correspondiente al año 2.019, supuestamente emitido por la Seguridad Social, en la tramitación del crédito con "P10 FINANCE, S.L", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Gaspar no era perceptor de dicha prestación: asi como un recibo de la compañía "Endesa Energía XXI" correspondiente al período de marzo a abril de 2.020, a nombre del perjudicado con los datos alterados.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM052 nombre de D. Gaspar empleando los datos obtenidos fraudulentamente y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Julián (Víctima NUM053).
18º.- El día 1 de abril de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n? NUM054, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D, Remigio, cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente. el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Remigio, cuyo capital ingresó en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 17/04/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MONEYMAN".
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n" NUM055 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Remigio empleando los datos obtenidos fraudulentamente y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Abelardo (Víctima 4) y D. Abilio (Víctima9); la línea n* NUM056, que utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D Elias (Víctima 8) y D. Severino (Victima 38); la línea NUM057, utilizado en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Nicolas (Victimas NUM058) y D. Jenaro (Víctima NUM059): la línea NUM060,utilizada en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Elias (Víctima 8), D. Abilio (Víctima NUM014) y D. Isidoro(Víctima NUM061).
19º.- El día 17 de mayo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n* NUM062, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Cipriano, cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso", Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilicito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Cipriano, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuentas abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 25/08/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 25/08/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 25/08/20 recibió un importe de 300€ de la mercantil "CONTANTE".
-El día 29/10/20 y el 05/11/20 recibió un importe 80€ y 100€ de la mercantil "TWINERO,S.L", respectivamente.
-El día 04/11/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "4 FINANCE SPAIN FINANCIAL SERVICES".
-El dia 18/12/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
20º.- El día 12 de mayo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM063, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de Alejo, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Alejo, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 15/07/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 15/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 10/09/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 09/09/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "CONTANTE".
-El día 28/10/20 recibió un importe 80€ de la mercantil "TWINERO".
-El día 10/09/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "CONTANTE".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de julio de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Galp Energía España, S.A", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Alejo nunca había trabajado en la misma.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n" NUM064 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Alejo empleando los datos obtenidos fraudulentamente y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Ignacio (Víctima NUM065) y D. Gerardo(Víctima 33). El acusado también contrató la linea telefónica n* NUM066 y NUM067 con la compañía "Simyo"a nombre del perjudicado empleando los datos obtenidos fraudulentamente. El perjudicado fue dado de alta en el fichero de morosos "Experian" el día 5 de octubre de 2.020.
21º.- El día 28 de abril de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM068, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, 4 nombre de Alejo cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito. suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Jenaro. cuyo capital ingresó en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 26/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
El perjudicado fue dado de alta en fichero de morosos como consecuencia del impago del anterior crédito y le denegaron un préstamo que solicitó en el mes de diciembre de 2.020.
22º.- El día 20 de febrero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM069, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Leopoldo. cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Leopoldo, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 25/02/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 09/03/20 recibió un importe 120€ de la mercantil "TAMGA FINANCE, S.L".
-El día 25/03/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El dia 01/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
Asimismo, el acusado contrató la linea telefónica n* NUM070 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Leopoldo empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Hipolito(Víctima NUM071), D. Leovigildo (Víctima NUM072) y D. Severino(Víctima NUM012): la línea NUM073 con la misma compañía, y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Gaspar (Víctima NUM074), D. Leovigildo (Víctima NUM072) y D. Cecilio (Víctima NUM075); y la línea NUM076 utilizada en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Cecilio (Víctimas NUM075) y D. Patricio (Víctima NUM077).
23º.- El día 16 de junio de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM078, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos. a nombre de D. Julián, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilicito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Julián, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuyiera intención de abonar cuota alguna:
-El día 04/08/20 recibió un importe 250€ de la mercantil "DINEO".
-El día 23/09/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 15/10/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "CONTANTE".
-El día 01/09/20 el acusado solicitó un crédito importe 300€ a la mercantil "CONTANTE". que fue denegado.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM079 con la compañia "Simyo" a nombre de D. Julián empleando los datos obtenidos fraudulentamente y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados tanto a su nombre, como a nombre de D. Federico(Víctima 10); la línea NUM080 con la misma compañía, y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Leovigildo(Víctima 29); la línea n* NUM081, que utilizó en la contratación de los préstamos a nombre de D. Cecilio(Víctima 34) y D. Patricio (Victima NUM077).
24º.- El día 29 de julio de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM082, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos. a nombre de D. Geronimo, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso".
25º. El día 27 de enero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM083, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Isidoro, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Isidoro, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 06/05/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 19/05/20 recibió un importe 150€ "CCLOAN".
-El día 21/05/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 08/06/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 26/06/20 recibió un importe 200€ "MYKREDIT".
-El día 10/07/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "TWINERO".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, un documento de revalorización de pensión por incapacidad permanente total, correspondiente al año 2,019, supuestamente emitido por la Seguridad Social, en la tramitación del crédito con "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Isidoro no era perceptor de dicha prestación.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n" NUM084 a nombre de D. Isidoro empleando los datos obtenidos fraudulentamente y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados 4 nombre de D. Elias (Víctima NUM085) y D. Jacinto (Víctima NUM086): y la linea NUM087, que utilizó en al contratación de los préstamos a nombre de D. Octavio (Víctima NUM022). D. Lázaro (Victima NUM088), D. Abilio (Víctima NUM014) y D, Efrain (Víctima NUM089).
26º.- El dia 21 de julio de 2,020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM090, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de Sixto, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Sixto, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 24/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 24/07/20 recibió un importe 250€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 24/08/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 25/08/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "CONTANTE".
El acusado presentó. a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de julio de 2.020, supuestamente emitida por la empresa " DIRECCION002", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Sixto había dejado de trabajar para la misma en esa fecha.
27º.- El dia 7 de mayo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c. nº NUM091, enla entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de GARCIAMEJÍAS. cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado. con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Augusto. cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 14/05/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 18/05/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 16/05/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 29/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 28/10/20 recibió un importe 90€ de la mercantil "TWINERO".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de abril de 2.020, supuestamente emitida por la empresa " DIRECCION002", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia. a pesar de que D. Augusto había dejado de trabajar para la misma en esa fecha.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM092 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Augusto empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Alejo (Víctima NUM010). D. Alexander (Víctima NUM011) y D. Severino (Víctima NUM012). El acusado también contrató la línea telefónica n* NUM093 con la compañía "Simyo"a nombre del perjudicado, empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Nicolas (Víctima NUM058) y D. Julio(Víctima NUM094).
28º.- El día 31 de marzo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM095, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de DSALYV NIO_ MENA LU , cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Hipolito, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 03/04/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 03/04/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 08/04/20 recibió un importe 500€ de la mercantil "INTERNATIONAL PERSONAL FINANCE DIGITAL SPAIN" ("CREDITEA").
-El día 09/10/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 29/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 25/08/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "CONTANTE".
-El día 06/04/20 recibió un importe 500€ de la mercantil "CREDITEA".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de marzo de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Unión de Limpiezas, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "INTERNATIONAL PERSONAL FINANCE DIGITAL SPAIN" ("CREDITEA"), para acreditar su solvencia, a pesar de que D, Hipolito nunca había trabajado en la misma.
El perjudicado fue dado de alta en el fichero de morosos "Asnef" como consecuencia del impago de los créditos contratados.
29º.- eL DÍA 23 DE MARZO DE 2020, el acusado procedió a la apertura de la c.c nº NUM096, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Leovigildo, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Leovigildo, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 25/03/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "MONEYMAN"
-El día 27/03/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 30/06/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
-El día 30/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 30/06/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 25/08/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "TWINERO,S.L".
-El día 25/08/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "CONTANTE".
El perjudicado fue dado alta en el registro de morosos "Asnef" como consecuencia de estos hechos.
30º.- El día 7 de mayo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n NUM097, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Maximino, cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Maximino, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 15/05/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 26/05/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 04/06/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 29/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 06/07/20recibió un importe 100€ de la mercantil "PWINERO".
El acusado presentó. a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de abril de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "New Pub 2.002, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Maximino nunca había trabajado para la misma.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM098 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Maximino empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a su nombre y a nombre de D. Cipriano (Victima 19): la línea NUM099, que utilizó en la contratación de los préstamos a nombre de D. Abilio (Víctima NUM014), D. Nicolas (Víctima NUM058), D. Gaspar (Víctima NUM074) y D. Estanislao(Víctima NUM100): la línea NUM101. utilizada en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Leandro (Victima 15).
31º.- El día 2 de septiembre de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM102, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de LOSPICA, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Ignacio, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 08/09/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 08/09/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM103 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Ignacio empleando los datos obtenidos fraudulentamente; la línea telefónica n*% NUM104, utilizada en la contratación de préstamossolicitados a nombre de D. Isaac(Víctima NUM086).
32º,- El dia 22 de abril de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n* NUM105, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de TABOADASABORIDO, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Cesareo, cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 08/05/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "CASHPER".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, un certificado de rentas de pensión por incapacidad permanente absoluta, correspondiente al año 2.019, supuestamente emitido por la Seguridad Social, en la tramitación del crédito con "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Cesareo no era perceptor de dicha prestación.
33º.- El día 16 de marzo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM106, en la entidad "Openbank", y el día 25 de septiembre de 2.020, contrató con la entidad "Abanca" la apertura de la c.ccn NUM107 por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Gerardo, cuyosdatos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Gerardo, cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta de "Abanca" abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 22/10/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 03/11/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "VIVUS"
-El día 29/12/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de septiembre de 2,020, supuestamente emitida por la empresa "Syrsa Automoción, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER"., para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Gerardo nunca había trabajado en la misma, Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica nº NUM108 nombre de D. Gerardo empleando los datos obtenidos fraudulentamente y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Estanislao (Victima NUM100); la linea NUM109, utilizada en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Estanislao (Víctima NUM100) y D. Isidro(Víctima NUM110); la línea NUM111, utilizada en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Estanislao(Víctima NUM100).
34º.- El día 10 de marzo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM112, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Cecilio, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Cecilio, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 12/03/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 13/03/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 13/03/20 recibió un importe 120€ de la mercantil "TAMGA FINANCE, SE"
-El día 17/03/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 13/04/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 03/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El dia 03/11/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "4 FINANCE SPAIN FINANCIAL SERVICES. S.A".
-El día 18/12/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de febrero de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Rives Destillery, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Cecilio nunca había trabajado para la misma. Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM113 con la compañia "Simyo" a nombre de D. Cecilio empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamossolicitados a nombre de D. Cesareo (Víctima NUM114); la línea NUM115, utilizada en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Pascual (Víctimas NUM116), D. Abelardo (Victima NUM117) y D. Hipolito(Victima NUM071),
35º.- El día 13 de mayo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM118, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos. a nombre de D. Adriano, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso".
36º.- El día 2 de junio de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM119, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Alexander, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito. suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Alexander, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin gue tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 26/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 19/08/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 09/10/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "VIVUS".
-El día 29/10/20 recibió un importe 80€ y el día 23/11/20, recibió la cantidad de 100€ de la mercantil "TWINERO.S.L".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de julio de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Qualytel Teleservices, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Alexander nunca había trabajado para la misma.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM120 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Alexander empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de Nicolas (Víctima NUM058) y D. Adrian (Víctima NUM121); y la línea telefónica n* NUM122] con la compañía "Simyo", que utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Leovigildo(Víctima 29).
37º.- El día 20 de febrero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM123, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Demetrio, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratoS de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Demetrio, cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 03/03/20 recibió un importe 250€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 04/03/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El dia 05/03/20 recibió un importe 500€ de la mercantil "CREDITEA ("INTERNATIONAL PERSONAL FINANCE DIGITAL SPAIN".
-El día 26/05/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 07/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT", -El dia 16/09/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "CONTANTE".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, un certificado de rentas de pensión de jubilación por incapacidad permanente absoluta, correspondiente al año 2.019, supuestamente emitido por la Seguridad Social, en la tramitación del crédito con "CASHPER?",para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Demetrio no era perceptor de dicha prestación. Asimismo,el acusado contrató la linea telefónica n" NUM124 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Demetrio empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Cristobal (Víctima 6). o
38º.- El día 20 de abril de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM125, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de Severino cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso", Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D, Severino, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El dia 23/04/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN",
-El día 05/05/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN",
-El día 06/05/20 recibió un importe 250€ de la mercantil "P10 FINANCE, S.L",
-El día 26/06/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT",
-El día 15/09/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "CONTANTE".,
-El día 08/12/20 recibió un importe de 300€ de la mercantil "VIVUS ("4 FINANCE SPAIN FINANCIAL SERVICES,S.L)".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de marzo de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Numeria Gestión, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "P10 FINANCE, S.L", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Severino nunca había trabajado para la misma; así como un recibo de la compañía "Endesa" correspondiente al periodo de febrero a marzo del año 2.020, a nombre del perjudicado conlos datosalterados.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM126 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Severino empleando los datos obtenidos fraudulentamente yla utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Samuel (Víctima 7) y D. Hipolito (Víctima 28).
39º.- El día 23 de noviembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n" NUM127, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D., Anton, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente. el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Anton, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 03/12/19 recibió un importe 210€ de la mercantil "P10 FINANCE, S.L".
-El día 04/12/19 recibió un importe 500€ de la mercantil "CREDITEA".
-El día 05/12/19 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO",
-El día 29/12/19 recibió un importe 200€ de la mercantil "MONEYMAN",
-El día 09/01/20 recibió un importe 70€ de la mercantil "TAMGA FINANCE, S.L".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de octubre de 2.019, supuestamente emitida por la empresa "Galp Energía España, S.A", en la tramitación de los créditos solicitados a "P10 FINANCE, S.L" y "CREDITEA", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Anton nunca habia trabajado para la misma.
El perjudicado fue dado de alta en el fichero de morosos "Experian" como consecuencia de estos hechos.
40º.- El día 06 de marzo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c,c.n? NUM128, en la entidad "Openbank". por medios telemáticos. a nombre de D. Patricio, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Patricio, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 06/03/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 09/03/20 recibió un importe 80€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
-El día 10/03/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "QUÉ BUENO".
-El día 11/03/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CCLOAN".
40º. El día 5 de septiembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM129, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Rodrigo. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación conlas siguientes entidades crediticias a nombre de D. Rodrigo, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 13/09/19 recibió un importe 200€ de la mercantil "CCLOAN".
-El día 18/09/19 recibió un importe 150€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 02/10/19 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
-El día 07/10/19 recibió un importe 50€ de la mercantil "QUÉ BUENO" ("NBQ FUND ONE,S.L").
-El día 19/11/19 recibió un importe 100€ de la mercantil "MONEYMAN".
El acusado presentó. a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de agosto de 2.019, supuestamente emitida por la empresa " DIRECCION003", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Rodrigo nunca había trabajado para la misma.
42º.- El día 26 de noviembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM130, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Romualdo, cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Romualdo. cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 29/11/19 recibió un importe 250€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 07/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
43º.- El día 4 de diciembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM131, en la entidad "Openbank". y el día 29 de noviembre de 2.019, contrató con la entidad "Evo Banco" la apertura de la c.c.c.n* NUM132 por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Agapito, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso", Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Agapito, cuyo capital fue ingresado en las mencionadas cuentas abiertas al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 26/12/19 recibió un importe 250€ de la mercantil "MONEYMAN",
-El día 31/12/19 recibió un importe 200€ de la mercantil "P10 FINANCE,S.L".
-El día 07/01/20 recibió un importe 70€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
-El día 20/12/19 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de noviembre de 2.019, supuestamente emitida por el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, en la tramitación del crédito solicitado a "P10 FINANCE,S.L", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Agapito nunca había trabajado para la referida entidad.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM133 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Agapito empleando los datos obtenidos fraudulentamente.
44º.- El día 3 de diciembre de 2,019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM134, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de Efrain, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Efrain, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El dia 11/17/19 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
-El día 07/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
-El día 11/02/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CASHPER?".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de enero de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Bollos Plaza, S.C", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Efrain nunca había trabajado para la misma.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM135 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Efrain empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D", Genoveva(Victima NUM136): y la línea NUM137. no utilizada en la contratación de préstamos; y la línea telefónica NUM138.
45º.- El día 2 de diciembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM139, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D' Miriam, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D'. Miriam, cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 23/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
46º.- El día 23 de noviembre de 2.019. el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM140, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Eloy, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso".
Asimismo, el acusado contrató las líneas telefónicas n* NUM141 y NUM142 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Eloy empleando los datos obtenidos fraudulentamente.
47º.- El día 17 de diciembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM143, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Fermín, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Fermín, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 24/12/19 recibió un importe 150€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 24/12/20 recibió un importe 240€ de la mercantil "P10 FINANCE,S.L".
-El día 07/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
-El día 19/12/19 recibió un importe 200€ de la mercantil "MONEYMAN",
-El día 19/12/19 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
-El día 23/12/19 recibió un importe 200€ de la mercantil "DINEO".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de noviembre de 2.019, supuestamente emitida por la empresa "Recajerez, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "P10 FINANCE,S.L", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Fermín nunca había trabajado para la misma.
48º.- El día 18 de noviembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n" NUM144. en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de Millán, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente. el acusado. con ánimo de obtener un beneficio ilícito. suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Millán, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto. sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 25/11/19 recibió un importe 180€ de la mercantil "P10 FINANCE,S.L".
-El día 25/11/19 recibió un importe 150€ de la mercantil "CASHPER".
-El dia 22/12/19 recibió un importe 150€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 06/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S,L".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de octubre de 2,019, supuestamente emitida por la empresa " DIRECCION004", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Millán nunca había trabajado para la misma.
49º.- El día 27 de diciembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM145, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Epifanio, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Epifanio, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto. sin que tuvicra intención de abonar cuota alguna:
-El día 03/01/20 recibió un importe 210€ de la mercantil "DINEO".
-El día 06/01/20 recibió un importe 280€ de la mercantil "P10 FINANCE, S,L".
-El día 06/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE, S.L".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una factura "Endesa Energia XXI" a nombre del perjudicado, correspondiente a los meses de septiembre y octubre de 2.019, cuyos datos estaban alterados. en la tramitación del crédito solicitado a la entidad "P10 FINANCE".
50º.- El día 14 de octubre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n? NUM146, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Silvio, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Silvio, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 22/10/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 19/11/19 recibió un importe 150€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 15/01/20 recibió un importe 210€ de la mercantil "P10 FINANCE,S.L".
-El día 16/01/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "PRESTAMER".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de septiembre de 2.019, supuestamente emitida por la empresa " DIRECCION002", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER"y "P10 FINANCE,S.L", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Silvio nunca había trabajado para la misma, Asimismo, el acusado aportó una factura de "Endesa Energía XXI" a nombre del perjudicado, correspondiente a los meses de julio y agosto de 2.019, cuyos datos estaban alterados, en la tramitación del crédito solicitado a "P10 FINANCE, S.L",
51º.- El día 4 de enero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM147, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Agustín, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado. con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Agustín, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 09/01/20 recibió un importe 250€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 09/01/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 13/01/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 20/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
-El día 20/01/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "PRESTAMER".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, un certificado de revalorización de pensión por incapacidad permanente absoluta, correspondiente al año 2.019, supuestamente emitido por la Seguridad Social, en la tramitación del crédito con "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Agustín no era perceptor de dicha prestación.
52º.- El día 16 de enero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM148, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Adolfo, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidadescrediticias a nombre de D. Adolfo, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 21/01/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "PRESTAMER".
-El día 21/01/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 22/01/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "DINEO".
-El día 23/01/20 recibió un importe 350€ de la mercantil "CASHPER".
53º.- El día 27 de diciembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM149, en la entidad "Openbank", y el día 22 de enero de 2.021, contrató con la entidad "Abanca" la apertura de la c.c.c.n" NUM150 por medios telemáticos, ambas a nombre de D'. Genoveva, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficioilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D". Genoveva, cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta de "Openbank" abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 24/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
54".- El día 5 de febrero de 2,020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM151, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Leoncio, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Leoncio, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 08/02/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 11/02/20 recibió un importe 250€ de la mercantil "DINEO".
-El día 12/02/20 recibió un importe 500€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 13/02/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
Asimismo, el acusado contrató la linca telefónica n* NUM152 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Leoncio empleando los datos obtenidos fraudulentamente.
55º.- El día 2 de noviembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM153, en la entidad "Openbank", y el dia 5 de noviembre de 2.020, contrató con la entidad "Abanca" la apertura de la cccn NUM154 por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Estanislao. cuyosdatos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Estanislao, cuyo capital fue ingresado en las mencionadas cuentas abiertas al efecto. sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 24/11/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 24/11/20 recibió un importe 100€ de la mercantil "DINEO".
-El día 11/11/20 recibió un importe 80€ de la mercantil "TWINERO".
-El día 19/11/20 recibió un importe 80€ y 90€ de la mercantil "P10 FINANCE, S.L".
-El día 04/12/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "VIVUS".
El acusado presentó. a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de octubre de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Serijerez, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "P10 FINANCE, S,L", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Estanislao nunca había trabajado para la misma.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM155 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Estanislao empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Gerardo(Victima NUM156); y la línea NUM157 con la misma compañía y la utilizó cn la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Nicolas(Victima NUM058).
56º.- El dia 17 de agosto de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM158, en la entidad "Evo Banco", por medios telemáticos, a nombre de D. Isaac. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilicito. suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Isaac cuyo capital fue ingresado en las mencionadas cuentas abiertas al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 18/08/20 recibió un importe 140€ de la mercantil "P10 FINANCE,S.L".
-El día 24/11/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de julio de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Rages Obras y Construcciones, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "P10 FINANCE, S.L", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Isaac nunca habia trabajado para la misma.
57º.- El día 22 de octubre de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM159, en la entidad "Evo Banco", y el día 9 de diciembre de 2.020, contrató con la entidad "BBVA" la apertura de la c.ccn NUM160 por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Isidro, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado. con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación conlas siguientes entidades crediticias a nombre de D. Isidro, cuyo capital fue ingresado en las mencionadas cuentas abiertas al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 29/12/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 09/12/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 27/10/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CASHPER".
58º.- El día 24 de julio de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM161, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Argimiro, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Argimiro, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 24/07/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN".
-El día 01/10/20 recibió un importe 300€ de la mercantil "MYKREDIT".
59º.- El día 23 de octubre de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM162, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Jacinto, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Jacinto, cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 06/11/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
60º.- El día 20 abril de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM163, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Nicanor, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, cl acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Nicanor cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto. sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 28/10/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 04/11/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIT".
-El día 12/11/20 recibió un importe 90€ de la mercantil "PWINERO".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de septiembre de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Cristal Arcos, S.A", en la tramitación del crédito solicitado a "CASHPER", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Nicanor nunca había trabajado para la misma, Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n" NUM164 la compañía "Simyo" a nombre de D. Nicanor empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Cipriano (Víctima 19) y D. Estanislao (Víctima 55); y la línea NUM165, no utilizada en la contratación de préstamos.
61º.- El día 25 octubre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM166, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos. a nombre de D. Paulino, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Paulino cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 08/11/19 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
62º.- El día 26 noviembre de 2,020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM167, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Alexis, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Asimismo, el acusado contrató la linea telefónica n* NUM168 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Alexis empleando los datos obtenidos fraudulentamente y la utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Cristobal (Víctima NUM169) y D' Miriam(Víctima NUM170); la linea NUM171, que utilizó en la contratación de préstamos solicitados a nombre de D. Agapito (Víctimas NUM172) y D. Agustín (Victima NUM173): y la línea telefónica NUM174, no utilizada en la contratación de créditos.
63º- El día 22 enero de 2.021, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM175, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Alfredo, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso".
Asimismo, el acusado contrató las líneas telefónicas n" NUM176 y NUM177 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Alfredo empleando los datos obtenidos fraudulentamente, no utilizada en la contratación de préstamos.
64º.- El día 2 febrero de 2.021, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM178, en la entidad "Openbank", y el día 25 de enero de 2.021, abrió la c.c.c.n? NUM179 de la entidad "Evo Banco" por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Alonso. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso",.
Asimismo, el acusado contrató las lineas telefónicas n" NUM180, NUM181 NUM182 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Alonso empleando los datos obtenidos fraudulentamente, no utilizada en la contratación de préstamos.
El acusado manipuló el Documento Nacional de Identidad original de D. Abelardo (Victima NUM117) y a sabiendas de su falsedad, lo aportó a la entidad "Evo Banco", para la apertura de la referida cuenta bancaria a nombre de D. Alonso.
65º.- El día 20 enero de 2.021, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM183, en la entidad "Openbank"; el día 15 de enero de 2.021, abrió la c,c.c.n" NUM184 de la entidad "Evo Banco"; y el día 13 de enero de 2.021, abrió la c.c.c.n* NUM185 de la entidad "Abanca", por medios telemáticos, todas a nombre de D. Justiniano,identidad ficticia, para la que empleó un Documento Nacional de Identidad n* NUM186, perteneciente a D'.¡ Aida,que obtuvo fraudulentamente a través de las bases de datos de la entidad "Ocaso".
El acusado manipuló el Documento Nacional de Identidad original de D. Augusto (Víctima 27), tomando los datos del mismo, con la numeración del DNI de D'. Aida y, a sabiendas de su falsedad, lo aportó a la entidad "Openbank", para la apertura de la referida cuenta bancaria a nombre de D. Justiniano,que como hemosindicado, se tratad e una identidad ficticia.
66º.- El día 24 de febrero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM187, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de Patricio , cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Amadeo, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 04/02/21 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
-El día 01/07/20 recibió un importe 200€ de la mercantil "MYKREDIP".
-El día 15/04/20 recibió un importe 150€ de la mercantil "CCLOAN",
-El día 07/03/20recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L",
-El día 09/03/20 recibió un importe 250€ de la mercantil "CREDITEA".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de enero de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Autocab", S.L", en la tramitación de los créditos solicitados a "TAMGA FINANCE, S.L" y "CREDITEA",para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Amadeo nunca había trabajado en la misma.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM188 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Amadeo empleando los datos obtenidos fraudulentamente y lo utilizó en la contratación de los préstamos solicitados a nombre de D. Isidoro (Víctima 25), D. Cecilio (Víctima 34) y D. Demetrio(Víctima 37).
67º.- El día 18 febrero de 2.021, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM189, en la entidad "Openbank", y el día 9 de febrero de 2.021 abrió la c.c.c.nº NUM190 en la entidad "Abanca". por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Jon, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Jon cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta de "Openbank"abierta al efecto. sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 19/02/21 recibió un importe 150€ de la mercantil "PRESTAMER".
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM191 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Jon empleando los datos obtenidos fraudulentamente, no utilizada en la contratación de préstamos.
68º.- El día 14 enero de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM192, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Amador. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Amador cuyocapital fue ingresado en la mencionada cuenta de "Openbank" abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 17/01/20 recibió un importe 50€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de noviembre de 2.019, supuestamente emitida por la empresa "Jotaeme Reformas, S.L", en la tramitación de los créditos solicitados a "TAMGA FINANCE, S.L" y "CREDITEA", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Amadeo nunca habia trabajado en la misma.
Asimismo, el acusado contrató la linea telefónica n* NUM193 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Felipe empleando los datos obtenidos fraudulentamente, no utilizada en la contratación de préstamos.
69º.- El día 18 de enero de 2.021, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM194, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Eduardo. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso".
Asimismo,el acusado contrató las líneas telefónicas n" NUM195, NUM196 y NUM197 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Eduardo empleando los datos obtenidos fraudulentamente, no utilizada en la contratación de préstamos.
70º.- El dia 5 de septiembre de 2.019, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM198, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos, a nombre de D. Baltasar, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso".
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica nº NUM199 con la compañía "Simyo" a nombre de D. Baltasar empleando los datos obtenidos fraudulentamente. no utilizada en la contratación de préstamos.
71º.- El día 13 marzo de 2.020, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM200, en la entidad "Openbank", y el día 11 de febrero de 2,021 abrió la c.c.cnº NUM201 en la entidad "Evo Banco", por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Ambrosio. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Ambrosio cuyocapital fue ingresado en la mencionada cuenta de "Evo Banco"abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 12/02/21 recibió un importe 150€ de la mercantil "PRESTAMER".
El acusado manipuló el Documento Nacional de Identidad original de D. Nicolas(Víctima NUM058), tomando los datos del mismo y cambiándole el nombre por el de D. Ambrosio. a sabiendas de su falsedad, lo aportó a las entidades "Openbank" y "Evo Banco", para la apertura de las referidas cuentas bancarias a nombre de éste.
72º.- El dia 2 marzo de 2.021, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM202, en la entidad "Openbank", y el día 18 de enero de 2.021 abrió la c.c.c.n? NUM203 en la entidad "Banco Pichincha", por medios telemáticos, ambas a nombre de Anibal. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso".
73º.- En fecha no determinada, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM204, en la entidad "Openbank", y el día 28 de enero de 2.021 abrió la c.c.c.n" NUM205 en la entidad "Evo Banco", por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Higinio, cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Higinio cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta de "Evo Banco" abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 29/01/21 recibió un importe 200€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 01/02/21 recibió un importe 220€ de la mercantil "P10 FINANCE,S.L".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de diciembre de 2.020, supuestamente emitida por la empresa "Delamar a su restaurante, S.L", en la tramitación del crédito solicitado a "P10 FINANCE, S.L", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Higinio nunca había trabajado en la misma.
El acusado manipuló el Documento Nacional de Identidad original de D. Leovigildo(Víctima 29). tomando los datos del mismo y cambiándole el nombre por el de D. Higinio y, a sabiendas de su falsedad, lo aportó a las entidades "Openbank" y "Evo Banco". para la apertura de las referidas cuentas bancarias a nombre de éste.
74º.- El día 26 de enero de 2021, el acusado procedió a la apertura de la c.c nº NUM206, en la entidad "Openbank", y el día 22 de enero de 2.021 abrió la c.c.c.n* NUM207 en la entidad "Evo Banco", por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Anselmo, cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió un contrato de préstamo de financiación con la siguiente entidad crediticia a nombre de D. Anselmo cuyo capital fue ingresado en la mencionada cuenta de "Evo Banco" abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 22/01/21 recibió un importe 300€ de la mercantil "MONEYMAN".
El acusado manipuló el Documento Nacional de Identidad original de D. Severino (Víctima 38), tomando los datos del mismo y cambiándole el nombre por el de D. Anselmo,a sabiendas de su falsedad, lo aportó a las entidades "Openbank" y "Evo Banco", para la apertura de las referidas cuentas bancarias a nombre de éste.
75%º- El día 23 febrero de 2.021, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM208, en la entidad "Openbank", y el día 24 de febrero de 2.021 abrió la c.c.c.n" NUM209 en la entidad "Abanca", por medios telemáticos, ambas a nombre de D. Apolonio, cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso",.
76º.- El día 5 de marzo de 2.021, el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.n" NUM210, en la entidad "Openbank", por medios telemáticos. a nombre de Aquilino, cuyos datos habia obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado, con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Aquilino, cuyo capital era ingresado en la mencionada cuenta abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 10/03/21 recibió un importe 150€ de la mercantil "DIENO".
-El día 12/03/21 recibió un importe 50€ de la mercantil "PRESTAMER".
77º.- El día 9 de octubre de 2.019 el acusado procedió a la apertura de la c.c.c.nº NUM211 en la entidad "Evo Banco", y el día 9 de septiembre de 2.019 abrió la c.c.c.n?" NUM212 en la entidad "Abanca", por medios telemáticos. ambas a nombre de D. Aureliano. cuyos datos había obtenido fraudulentamente a través del acceso a las bases de datos de la aseguradora "Ocaso". Seguidamente, el acusado. con ánimo de obtener un beneficio ilícito, suscribió contratos de préstamo de financiación con las siguientes entidades crediticias a nombre de D. Aureliano cuyocapital fue ingresado en la mencionada cuenta de "Evo Banco"abierta al efecto, sin que tuviera intención de abonar cuota alguna:
-El día 15/10/19 recibió un importe 50€ de la mercantil "CASHPER".
-El día 10/10/19 recibió un importe 210€ de la mercantil "P10 FINANCE,S.L".
-El día 09/10/19 recibió un importe 70€ de la mercantil "TAMGA FINANCE,S.L".
El acusado presentó, a sabiendas de su falsedad, una nómina correspondiente al mes de agosto de 2.019, supuestamente emitida por la empresa " DIRECCION003", en la tramitación del crédito solicitado a "P10 FINANCE,S.L", para acreditar su solvencia, a pesar de que D. Aureliano nunca había trabajado en la misma.
Asimismo, el acusado contrató la línea telefónica n* NUM213 con la compañía "Simyo" a nombre de D, Aureliano empleando los datos obtenidos fraudulentamente, no utilizada en la contratación de préstamos.
El acusado contrató préstamos por un importe total de 42.020€, no devueltos a las entidades prestatarias.
El perjudicado D. Cristobal (Victima 6) renuncia expresamente a las cantidades que pudieran corresponderle. Por su parte, el perjudicado D. Adrian (Victima 13) no consta que haya renunciado expresamente a su derecho a ser resarcido. Las restantes 75 personas fisicas perjudicadas en la presente causa reclaman expresamente.
Las entidades financieras "VIVUS" (4 FINANCE SPAIN FINANCIAL SERVICES, SAU"), "QUÉBUENO" ("NBQ TECHNOLOGY, SAU"), "DINEO ("DINEO CRÉDITO, S.L"), "TWINERO" y "P10 FINANCE, SL" reclaman expresamente las cantidades que pudieran corresponderles.
No consta que las mercantiles "PRESTAMER,SLU": "MONEYMAN" ("ID FINANCE SPIAN, SLU"), "MYKREDIT" (GLOBAL KAPITAL GROUP SPAIN, SL"); "CCLOAN"("EQUIFIN CAPITAL, SLU"): "CONTANTE" ("CREAMFINANCE SPAIN, S.L" "CREDITEA" ("INTERNATIONAL PERSONAL FINANCE DIGITAL SPAIN"; "PRÉSTAMO RÁPIDO". ("TAMGA FINANCE": "CASHPER" ("NOVUM BANK LIMITED") y "BEST CRÉDITO "BEST FINANCE IBERICA, SLU") hayan renunciado expresamente al resarcimiento que pudiera corresponderles.
La compañía "OCASO, SOCIEDAD ANÓNIMA, SEGUROS Y REASEGUROS" interpuso denuncia por estos hechos el día 12 de abril de 2.021. Ocaso S.A. ha otorgado acusado el perdón al acusado.
El proceso ha sufrido retraso en su tramitación por causas ajenas a la voluntad del acusado, presentando las siguientes paralizaciones:
*de 5 de enero de 2023 a 6 de marzo de 2023.
* de 29 de junio de 2023 a 19 de septiembre de 2023.
* de 19 de septiembre de 2023 a 16 de enero de 29024.
* de 9 de julio de 2024 a 26 de septiembre de 2024, fecha en que se remitió a este tribunal , habiéndose efectuado el priemr señalamiento en fecha 9 de enero de 2025.
El acusado ha ingresado en la cuenta de consignaciones de este tribunal la suma de 21.999,78 euros.
Fundamentos
El Tribunal acuerda la concesión del beneficio por plazo de tres años sometido a la condición de no delinquir, la realización de cinco meses de trabajos en beenficio de la comunidad y el abono de la responsabildiad civil que asciende a la suma de 24.620,22 euros, a razón de 750 euros al mes.
Fallo
M O S
Ratificando el fallo dictado en juicio,
-D. Pascual (Víctima 2) en la cantidad de 800€ por los perjuicios derivados de su inclusión en el fichero de morosos.
-D. Alejo (Victima 20) en la cantidad de 800€ por los perjuicios derivados de su inclusión en el fichero de morosos.
-D. Jenaro (Víctima 21) en la cantidad de 800€ por los perjuicios derivados de su inclusión en el fichero de morosos.
-D. Hipolito(Victima 28) en la cantidad de 800€ por los perjuicios derivados de su inclusión en el fichero de morosos.
-D. Leovigildo(Víctima 29) en la cantidad de 800€ por los perjuicios derivados de su inclusión en el fichero de morosos.
-D. Anton (Víctima 39) en la cantidad de 800€ por los perjuicios derivados de su inclusión en el fichero de morosos.
-D. Nicolas, en la cantidad de 800 euros por el daño moral sufrido.
-la mercantil "PRESTAMER, SLU", la cantidad de 1.550€ por el dinero defraudado. -la financiera "MONEYMAN" ("ID FINANCE SPIAN, SLU") la cantidad de 6.800€ porel dinero defraudado.
-la financiera "MYKREDIT" ("GLOBAL KAPITAL GROUP SPAIN, SL") la cantidad de 7.800€ por el dinero defraudado.
«la mercantil "CCLOAN"("EQUIFIN CAPITAL, SLU") la cantidad de 2.920€ por el dinero defraudado.
-la mercantil "VIVUS"("4 FINANCE SPAIN FINANCIAL SERVICES, SAU")la cantidad de 2.400€ por el dinero defraudado.
-la mercantil "DINEO" ("DINEO CRÉDITO, S.L") la cantidad de 3.440€ por el dinero defraudado.
-la financiera "TWINERO,S.L"la cantidad de 2.390€ porel dinero defraudado.
-la financiera "P10 FINANCE,SL"la cantidad de 2.990€ por el dinero defraudado.
-la mercantil "CONTANTE" ("CREAMFINANCE SPAIN, S.L") la cantidad de 2.600€ por el dinero defraudado.
-la mercantil "CREDITEA" ("INTERNATIONAL PERSONAL FINANCE DIGITAL SPAIN")la cantidad de 2.250€ por el dinero defraudado.
-la financiera "QUÉBUENO" ("NBQ TECHNOLOGY, SAU") la cantidad de 250€ por el dinero defraudado.
-la mercantil "PRÉSTAMO RÁPIDO", ("TAMGA FINANCE,S.L") la cantidad de 1.380€ porel dinero defraudado.
-la financiera "CASHPER" ("NOVUM BANK LIMITED") la cantidad de 5.000€ por el dinero defraudado.
-la mercantil "BEST CRÉDITO "BEST FINANCEIBÉRICA, SLU") la cantidad de 250€ por el dinero defraudado.
La totalidad de la responsabilidad civil asciende a 46.820€. Habiendo ingresado el condenado la cantidad de 22.999,78 euros, la cantidad pendiente de abono es de 24.620,22 euros. Dicha cantidad que se incrementará con el interés legal con arreglo a lo dispeusto en el art. 576 de la LEC y con condena al pago de las costas procesales.
Acordamos conceder al condenado Alvaro el beneficio de suspensión de la pena de prisión por plazo de tres años y sometido al cumplimiento de las siguientes condiciones:
-No cometer delito durante el plazo de suspensión.
-El abono de la responsabildiad civil a razón de 750 euros al mes que asciende a la suma de 24.620,22 euros.
- La realización de cinco meses de trabajos en beneficio de la comunidad.
Esta Sentencia es definitiva, ha sido notificada a las partes en el acto y tiene la condición de firme y no cabe recurso alguno contra la misma.
Así, por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará certificación al Rollo de Sala y se anotará en los Registros correspondientes lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
