Sentencia Penal Nº 1000/2013, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec...7 de Febrero de 2014
Sentencia Penal Nº 1000/2...ro de 2014

Última revisión
14/03/2014

Sentencia Penal Nº 1000/2013, Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, Sección 1, Rec 643/2013 de 07 de Febrero de 2014

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Orden: Penal

Fecha: 07 de Febrero de 2014

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: JORGE BARREIRO, ALBERTO GUMERSINDO

Nº de sentencia: 1000/2013

Nº de recurso: 643/2013

Núm. Cendoj: 28079120012014100119

Núm. Ecli: ES:TS:2014:657

Núm. Roj: STS 657/2014

Resumen
- Se desestima el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra el auto dictado en ejecución de sentencia por la Sección Tercera de la Audiencia Nacional, en el que estableció que las redenciones ordinarias y extraordinarias obtenidas por el penado son computables dentro del máximo de cumplimiento de treinta años fijado en el auto de acumulación de condenas. - La sentencia de la Gran Sala del TEDH dictada el 21 de octubre de 2013 no deja sin efecto la doctrina jurisprudencial del TC establecida en la sentencia 39/2012 y en otras posteriores sobre la competencia del Tribunal sentenciador para aprobar la liquidación de condena, pero sí deja sin efecto el criterio que venía aplicando el TC para apreciar la vulneración del principio de legalidad penal al tratar de la conocida coloquialmente como 'doctrina Parot' (STS 197/2006, de 28 de febrero). - En el caso concreto el TC había examinado en su sentencia 42/2012, de 29 de marzo, la demanda del penado en la presente causa en la que cuestionaba la aplicación de la STS 197/2006. El TC estimó que tal aplicación no vulneraba el principio de legalidad punitiva porque la 'doctrina Parot' no afectaba a la esencia de la pena impuesta sino a su modalidad de ejecución. Tal criterio del TC ha quedado sin efecto por la sentencia de la Gran Sala del TEDH, según la cual sí modifica la nueva jurisprudencia de la Sala Segunda del TS el alcance y la esencia de la pena impuesta y no solo a su modalidad de ejecución. Y como además el giro jurisprudencial de esta Sala no resultaba previsible para el justiciable, ha de entenderse que la sentencia del TEDH ha dejado sin efecto la doctrina aplicada por el TC en su sentencia 42/2012, en la que desestimó el recurso de amparo interpuesto en su día por el penado en la presente causa por entender que el TS no había vulnerado el principio de legalidad penal ni el derecho a la libertad, vulneración que sí se ha dado, a tenor de lo que argumenta y decide el TEDH. - Para revisar las sentencias y demás resoluciones judiciales y ajustarlas a la doctrina establecida por el TEDH procede aplicar por analogía el procedimiento establecido en las disposiciones transitorias contenidas en los textos de las distintas reformas legislativas penales.

Voces

Doctrina Parot

Centro penitenciario

Ejecutoria

Vigilancia penitenciaria

Recurso de súplica

Liquidación de condena

Extinción de la condena

Principio de legalidad penal

Cumplimiento de la condena

Derecho a la tutela judicial efectiva

Puesta en libertad

Retroactividad

Administración penitenciaria

Acumulación de condenas

Beneficios penitenciarios

Tipo penal

Libertad condicional

Sentencia de condena

Aplicación de la pena

Condonación

Derecho a la legalidad

Ejecución de la sentencia

Hecho delictivo

Duración de la pena

Ejecución de sentencia

Principio de legalidad

Recurso de amparo