Última revisión
16/10/2015
Sentencia Penal Nº 114/2015, Juzgado de Menores - Barcelona, Sección 1, Rec 287/2014 de 12 de Mayo de 2015
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Orden: Penal
Fecha: 12 de Mayo de 2015
Tribunal: Juzgado de Menores Barcelona
Ponente: GUITART PEÑAFIEL, MARIA SAGRARIO
Nº de sentencia: 114/2015
Núm. Cendoj: 08019530012015100027
Núm. Ecli: ES:JMEB:2015:128
Núm. Roj: SJME B 128/2015
Encabezamiento
Menor: Daniela
Barcelona, doce de mayo de dos mil quince.
VISTOS por la Ilma. DOÑA MARIA SAGRARIO GUITART PEÑAFIEL, Magistrada Juez del Juzgado Menores 1 Barcelona, el expediente nº 287/2014, seguido ante este Juzgado, en el que interviene la menor
Antecedentes
En materia de responsabilidad civil el Ministerio Fiscal interesó la condena conjunta y solidaria de la menor Daniela y de sus padres Leandro y Florencia , a indemnizar a Gabriela en la cantidad de 120 euros por las lesiones causadas.
Asimismo, los responsables civiles mostraron su conformidad con el importe de la indemnización solicitada.
Hechos
De conformidad con las alegaciones del Ministerio Fiscal la menor ha reconocido los siguientes hechos:
Sobre las 00:30 horas del día 24 de julio de 2014, la menor Daniela , de 16 años de edad al tiempo de los hechos, nacido el NUM001 -1997, con DNI NUM004 , se acercó a Gabriela , de 20 años de edad, que se encontraba con su novio, el Sr. Segundo y unos amigos en la plaza Vila s/n de la localidad de Barberà del Vallès y con la intención de menoscabar su integridad física le propinó dos puñetazos en la cara mientras le gritaba 'HIJA DE PUTA, ZORRA TE HAS EQUIVOCADO, ALÉJATE DE MI PAREJA O LA PRÓXIMA VEZ VAS A RECIBIR CON UN PUÑO AMERICANO', teniendo que ser separada de Gabriela por su novio Segundo , invitándola a que la denunciara diciéndole que su nombre era Daniela y que no tenía miedo porque las penas para los menores son leves.
Como consecuencia de estos hechos Doña. Gabriela sufrió contusión facial con eritema y edema malar, que han precisado para su curación de una primera asistencia facultativa y 4 días de sanidad de carácter no impeditivo sin secuelas.
Fundamentos
2. El Juez seguidamente preguntará al menor si se declara autor de los hechos y si está de acuerdo con las medidas solicitadas y con la responsabilidad civil. Si mostrase su conformidad con dichos extremos, oídos el letrado del menor y la persona o personas contra quienes se dirija la acción civil, el Juez podrá dictar resolución de conformidad. Si el letrado no estuviese de acuerdo con la conformidad prestada por el propio menor el Juez resolverá sobre la continuación o no de la audiencia, razonando esta decisión en la sentencia.
3. Si el menor estuviere conforme con los hechos pero no con la medida solicitada, se sustanciará el trámite de la audiencia sólo en lo relativo a este último extremo, practicándose la prueba propuesta a fin de determinar la aplicación de dicha medida o su sustitución por otra más adecuada al interés del menor y que haya sido propuesta por alguna de las partes.
4. Cuando el menor o la persona o personas contra quienes se dirija la acción civil no estuvieren conformes con la responsabilidad civil solicitada, se sustanciará el trámite de la audiencia sólo en lo relativo a este último extremo, practicándose la prueba propuesta a fin de determinar el alcance de aquélla.'.
VISTOS los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo
Que considerando a la menor
Daniela , autora de una falta de lesiones, debo imponerle la medida de
Asimismo, debo condenar a la menor Daniela y a sus padres, Don. Leandro Doña. Florencia , como responsables civiles, al pago solidario a la perjudicada Doña. Gabriela de la cantidad de CIENTO VEINTE EUROS (120 euros).
Notifíquese la presente Sentencia al Ministerio Fiscal, a la menor, a su legal representante y a la Letrada.
Ofíciese a la Dirección General de Justicia Juvenil, adjuntándole copia de esta resolución.
La presente Sentencia
Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
