Sentencia Penal Nº 19/202...io de 2021

Última revisión
19/08/2021

Sentencia Penal Nº 19/2021, Audiencia Nacional, Servicios Centrales, Sección 3, Rec 15/2019 de 24 de Junio de 2021

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Orden: Penal

Fecha: 24 de Junio de 2021

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: FRAILE COLOMA, CARLOS FRANCISCO

Nº de sentencia: 19/2021

Núm. Cendoj: 28079220032021100016

Núm. Ecli: ES:AN:2021:3138

Núm. Roj: SAN 3138:2021

Resumen:

Encabezamiento

AUD.NACIONAL SALA PENAL SECCION 3

MADRID

PA: 15/2019

DP: 33/2015 PS: ROADE

JUZGADO CENTRAL INSTRUCCIÓN n.º 5

SENTENCIA: 00019/2021

MAGISTRADOS/AS:

FÉLIX ALFONSO GUEVARA MARCOS(Presidente)

CARLOS FRAILE COLOMA(Ponente)

MARÍA TERESA GARCÍA QUESADA

En Madrid, a 24 de junio de 2021.

Visto en juicio oral y público el procedimiento abreviado n.º 15/2019, dimanante de las diligencias previas n.º 33/2015, pieza separada Roade, del Juzgado Central de Instrucción n.º 5, seguido por delitos de organización criminal, continuado de estafa y de blanqueo de capitales, contra los siguientes acusados:

D. Miguel, D. N. I. NUM000, nacido el NUM001 de 1970 en Sádaba (Zaragoza), hijo de Obdulio y de Carla, con antecedentes penales, de solvencia no acreditada, en situación de libertad por esta causa, habiendo sido privado de ella desde el 29 de diciembre de 2017 hasta el 24 de octubre de 2019, representado por la Procuradora de los Tribunales D.ª Rosa María Martínez Virgili y asistido por el Letrado D. José Ignacio Cabrejas Hernández.

D. Ramón, D. N. I. NUM002, nacido el NUM003 de 1965 en A Coruña, hijo de Rosendo y de Dulce, con domicilio en Oleiros (A Coruña), RUA000, NUM004, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, en situación de libertad por esta causa, no habiendo sido privado de ella durante la tramitación, representado por la Procuradora de los Tribunales D.ª Elena Natalia González-Páramo Martínez-Murillo y asistido por el Letrado D. Julio José Núñez López.

D. Víctor, N. I. E. NUM005, nacido el NUM006 de 1968 en Kherson (Ucrania), hijo de Jose Ignacio y de Fidela, con domicilio en Sádaba (Zaragoza), PASEO000, NUM007, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, en situación de libertad por esta causa, habiendo sido privado de ella desde el 20 de octubre de 2016 hasta el 25 de junio de 2018, representado por la Procuradora de los Tribunales D.ª Rosa María Martínez Virgili y asistido por el Letrado D. José Ignacio Cabrejas Hernández.

D. Carlos Miguel, D. N. I. NUM008, nacido el NUM009 de 1967 en Sádaba (Zaragoza), hijo de Luis Pablo y de Lina, con domicilio en Sádaba (Zaragoza), CALLE000, NUM010, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, en situación de libertad por esta causa, habiendo sido privado de ella los días 20 a 25 de octubre de 2016, representado por la Procuradora de los Tribunales D.ª María del Ángel Sanz Amaro y asistido por el Letrado D. José Ramón García García.

D. Pablo Jesús, D. N. I. NUM011, nacido el NUM012 de 1973 en Sádaba (Zaragoza), hijo de Luis Pablo y de Raimunda, con domicilio en Sádaba (Zaragoza), CALLE001, NUM013, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, en situación de libertad por esta causa, habiendo sido privado de ella los días 20 a 25 de octubre de 2016, representado por la Procuradora de los Tribunales D.ª María del Ángel Sanz Amaro y asistido por el Letrado D. José Ramón García García.

D.ª Sandra, D. N. I. NUM014, nacida el NUM015 de 1994 en A Coruña, hija de Casiano y de Teresa, con domicilio en A Coruña, CALLE002, NUM016, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, en situación de libertad por esta causa, no habiendo sido privada de ella durante la tramitación, representada por la Procuradora de los Tribunales D.ª Elena Natalia González-Páramo Martínez-Murillo y asistida por el Letrado D. Julio José Núñez López.

D.ª Aurelia, D. N. I. NUM017, nacida el NUM018 de 1961 en A Coruña, hija de Rosendo y de Dulce, con domicilio en A Coruña, CALLE002, NUM016, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, en situación de libertad por esta causa, no habiendo sido privada de ella durante la tramitación, representada por la Procuradora de los Tribunales D.ª Elena Natalia González-Páramo Martínez-Murillo y asistida por el Letrado D. Julio José Núñez López.

D. Genaro, N. I. E. NUM019, nacido el NUM020 de 1974 en Groningen (Países Bajos), hijo de Hermenegildo y de Carina, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, en situación de libertad por esta causa, habiendo sido privado de ella desde el 12 de noviembre de 2018 hasta el 30 de abril de 2019, representado por el Procurador de los Tribunales D. Fernando Rodríguez-Jurado Saro y asistido por el Letrado D. Luis Chabaneix.

Es parte el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. D.ª Teresa Sandoval.

Antecedentes

1.La presente pieza separada se incoó, en el seno de las diligencias previas 33/2015, mediante auto de fecha 20 de diciembre de 2017 del Juzgado Central de Instrucción n.º 5 de Madrid. Por auto del mismo órgano, de fecha 16 de octubre de 2018, se acordó la continuación de las diligencias previas por los trámites del procedimiento. Presentado escrito de acusación por el Ministerio Fiscal, el Juzgado Central de Instrucción acordó la apertura del juicio oral, en auto de 19 de septiembre de 2019, contra los acusados Miguel, Ramón, Víctor, Carlos Miguel, Pablo Jesús, Sandra, Aurelia y Genaro. Remitidas las actuaciones para enjuiciamiento a esta Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, se señaló la vista del juicio oral, llevándose a cabo su celebración el día 22 de junio de 2021.

2.Con anterioridad a la celebración del juicio, el Ministerio Fiscal y las defensas de los acusados presentaron escrito conjunto de conclusiones, calificando los hechos de autos como constitutivos de un delito de organización criminal destinada a la comisión de delitos graves, en la modalidad de miembros activos, de los arts. 570 bis1 y 570 quater apartados 1 y 2, del Código Penal, un delito continuado de estafa de los arts. 248.2.c) y 250.2, segundo inciso, en relación con el artículo 74.1 y 2 del mismo cuerpo legal, y un delito de blanqueo de capitales del art. 301.1 del referido texto, considerando responsables en concepto de autores a los acusados, con la concurrencia en todos ellos de las circunstancias atenuantes de reparación del daño y analógica de confesión, previstas, respectivamente, en los apartados 5 y 7, en relación con el 4, del art. 21 del Código Penal, y solicitando la imposición a cada uno de los acusados de las penas de siete meses de prisión, por el delito de organización criminal, un año y dos meses de prisión y multa de cuatro meses, a razón de tres euros de cuota diaria, por el delito de estafa, y tres meses de prisión y multa de noventa y tres mil setecientos cincuenta euros, con diez días de arresto sustitutorio en caso de impago, por el delito de blanqueo de capitales, así como el pago de las costas procesales, el comiso de los efectos y el dinero intervenidos, y de los saldos de las cuentas bancarias bloqueadas en el procedimiento, y la condena a indemnizar, a través de las entidades CECA, REDSYS, SERVIRED y COMERCIAL GLOBAL PAYMENT, a las entidades bancarias y crediticias que hayan resultado perjudicadas, en las cantidades que se determinen en fase de ejecución, con el incremento del interés establecido en el art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con responsabilidad conjunta y solidaria del pago de todas las indemnizaciones de los acusados Miguel, Ramón, Víctor, y Genaro, limitada de las acusadas Sandra y Aurelia a los perjuicios producidos durante su relación laboral con SIMPLE2PAY S. L., y, en los casos de los acusados Carlos Miguel y Pablo Jesús, a las cantidades señaladas, respectivamente, en los apartados 2.5 y 2.6 del escrito de acusación del Ministerio Fiscal.

3.En el acto del juicio oral el Ministerio Fiscal, los acusados y sus defensas ratificaron el escrito conjunto de conformidad, aceptando los acusados su participación en los hechos, así como la calificación jurídica, la condena a las penas solicitadas y al pago de las costas procesales y de la responsabilidad civil, no interesando ninguna de las partes la práctica de más prueba y solicitando todas ellas una sentencia de conformidad con lo pedido en dicho escrito.

Hechos

Por conformidad de las partes, se declaran los siguientes:

1. Introducción

Mediante investigaciones policiales, se pudo constatar la existencia de una organización de carácter internacional formada, entre otros, por los acusados Miguel, Ramón, Víctor, Carlos Miguel, Pablo Jesús, Sandra, Aurelia y Genaro, asentada principalmente en la comunidad de Madrid y con ramificaciones en diversas ciudades de España como Barcelona, Málaga, Alicante, A Coruña, Palma de Mallorca y Las Palmas de Gran Canaria.

El objeto de esta organización consistía en obtener y utilizar de forma fraudulenta numeraciones de tarjetas bancarias extranjeras en España, mediante lo que se ha venido a denominar 'carding' (tráfico ilícito y/o uso de los datos de tarjetas de crédito obtenidos de forma ilícita), para después realizar operaciones utilizando terminales de punto de venta (TPV) de empresas sin actividad comercial, simulando operaciones legales de venta de efectos o prestación de servicios, enmascarando de esta manera la actividad ilícita realizada mediante establecimientos comerciales conniventes.

Estas actividades se llevaron a cabo, de una manera continuada, durante los años 2014 y 2015, con una estructura organizada, con división y reparto de tareas entre sus componentes.

La operativa utilizada se resume en la obtención de numeraciones de tarjetas de forma fraudulenta; tramitación de la obtención de TPV y de la inscripción de empresas sin actividad comercial; adquisición y contratación de TPV, dándose de alta los acusados como autónomos, y contacto con establecimientos conniventes para el uso de esos TPV.

Una vez recaudado el dinero mediante las tarjetas, se procedía a realizar transferencias de dicho dinero entre los distintos componentes; a su retirada en efectivo y a su reparto en porcentajes previamente establecidos.

Por lo tanto, el dinero que obtenía la organización a través del uso fraudulento de tarjetas se hacía llegar a los líderes, bien mediarle transferencias, bien mediante entregas en efectivo. Cada uno de los acusados hacía uso para gastos corrientes del dinero que le era repartido.

Los acusados actuaban en connivencia con otras personas que se encuentran imputadas en la causa principal.

La organización criminal actuaba a nivel internacional y estaba formada por al menos veinte miembros asentados tanto en el territorio nacional, como en Francia, Estados Unidos, Costa Rica, República Dominicana y Panamá. En lo que afecta a la presente pieza, parte de los miembros de la organización estaban asentados en Costa Rica y contra ellos se ha interpuesto una denuncia oficial ante la jurisdicción de dicho país, de acuerdo con lo previsto en los arts. 18.4 y 21 de la Convención Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional de 15 de noviembre de 2000.

En el caso de la presente pieza separada, el modus operandiconsistía en la creación de mercantiles bajo la denominación de SIMPLE2PAY, cuyo objeto social aparente era la gestión de pagos y cobros por mediación de terceros, si bien verdaderamente todas ellas carecían de actividad.

Una vez creadas las mercantiles, los miembros de la organización procedían a la contratación de TPV vinculados a cuentas bancarias abiertas a nombre de aquellas.

Abiertas las cuentas bancarias y contratados los TPV, otros miembros de la organización, que previamente habían obtenido numeraciones de tarjetas de crédito/débito por distintos medios, las remitían a los que tenían acceso a los TPV para que estos efectuasen cargos fraudulentos contra dichas tarjetas.

Posteriormente, el importe obtenido fraudulentamente a través de los TPV era transferido a otras empresas tanto nacionales como extranjeras.

El administrador de SIMPLE2PAY S. L., con domicilio en la calle Atocha, Afta, 52-E, de La Coruña, era el acusado Ramón, con DNI NUM002, siendo apoderada, la acusada Sandra, con DNI NUM014, si bien, en fecha 26 de febrero de 2015, fue nombrado administrador Serafin, con DNI NUM021, quien no consta que tuviera conocimiento o participación en las acciones fraudulentas.

Como luego se verá, esta organización disponía de las siguientes mercantiles con la misma denominación de 'SIMPLE2PAY', registradas tanto en territorio nacional como en el extranjero, y con la misma actividad delictiva que SIMPLE2PAY S. L. En territorio español operaban: SIMPLE2PAY FRANCE S. L. y SIMPLE2 PAY S. L. En el extranjero actuaban: SIMPLE2PAY HOLDING S. A. (Costa Rica), SIMPLE2PAY FRANCE, SIMPLE2PAY REPÚBLICA DOMINICANA, SIMPLE2PAY PUERTO RICO y SIMPLE2PAY USA LLC.

El total aproximado del dinero obtenido ilícitamente mediante el uso de todos los datafonos -tanto en esta causa como en la principal- es de 4.406.395,78 €.

2. Miembrosde la organización acusados en la presente pieza

Los miembros de la organización acusados en la presente pieza se articulaban en los siguientes niveles:

1.- Miguel (quien utilizaba el nombre de Jose María), y Genaro desde Costa Rica, lideraban la organización y a la vez eran los encargados de obtener las numeraciones de las tarjetas.

2.- En un nivel inferior de la organización estaban Víctor (cuñado de Miguel) y Carlos Miguel. Este último no aparecía de manera directa como socio, administrador o apoderado en ninguna de las sociedades investigadas, pero participaba en la sombra en los hechos investigados.

3.- En España, por otra parte, Ramón y Pablo Jesús, eran los encargados de crear sociedades, abrir cuentas bancarias a nombre de estas sociedades y contratar TPV asociados a dichas cuentas, con el único fin de efectuar los cargos a las numeraciones recibidas desde Costa Rica. Otras veces, en lugar de contratar servicios de TPV a través de las mercantiles creadas por la organización, contrataban los servicios de mercantiles lícitas extranjeras que actuaban de intermediarias, como pasarelas de pago para que el dinero obtenido de manera ilícita terminase en las cuentas de las mercantiles investigadas.

4.- Por último, en la parte más baja de la organización estaban las acusadas Sandra y Aurelia, sobrina y hermana respectivamente, de Ramón, que formaban parte de la plantilla de SIMPLE2PAY S. L.:

- Sandra efectuaba labores administrativas, de contabilidad y facturas de la mercantil, así como el cobro a través de TPV. Igualmente, era la encargada de remitir el dinero obtenido por las TPV de SIMPLE2PAY S. L., a las cuentas estipuladas por la organización; y

- Aurelia realizaba labores de procesamiento de tarjetas, esto es, introducía manualmente las numeraciones de las tarjetas que les facilitaba la organización en los TPV y controlaba si las operaciones eran autorizadas.

Todos ellos actuaban conjuntamente y con la unidad de propósito de obtener un enriquecimiento patrimonial ilícito.

2.1 Miguel

Miguel ( Jose María), DNI NUM000, mayor de edad y con antecedentes penales no computables en la presente causa a efectos de reincidencia, a pesar de ser español, residía entre Costa Rica y Panamá. Se encontraba en la parte alta de la organización, disponiendo de un control directo de los miembros asentados en España. Poseía empresas junto a su cuñado Víctor y a Genaro, entre otros. Miguel era quien daba las órdenes de los pasos tenían que seguir los investigados que se encontraban en España.

2.2 Genaro

Genaro, NIE NUM019, nacido en Groningen (Países Bajos), mayor de edad y sin antecedentes penales, de nacionalidad holandesa, estaba vinculado a la empresa SIMPLE2PAY USA LLC, de la cual era beneficiario/propietario al 40 % y también figuraba corro autorizado en las cuentas de Simple2pay Francia.

Junto con los investigados Pablo Jesús y Víctor se trasladó a Francia para hacerse cargo de la empresa SIMPLE2PAY FRANCIA. Genaro ocupaba 38 cargos de empresas en Panamá, entre las que se encontraba PROYECTOS LOS MONTEROS S. A., junto a Miguel.

También formaba parte de las empresas que la organización criminal disponía en Francia, teniendo poderes sobre las cuentas bancarias de SIMPLE2PAY FRANCE, en las que consta un fraude total de 1.500.000 de euros siendo el intentado en operaciones con tarjeta de 4.000.000 € aproximadamente.

Era también la persona que autorizaba las transferencias desde las cuentas utilizadas para la comisión de las estafas en Francia a las cuentas españolas que constaban a nombre de la empresa, perteneciente a la organización, NUEVO INGENIO INFORMÁTICO S. L. Igualmente, era uno de los responsables de la empresa estadounidense SIMPLE2PAY USA LLC a la que se hicieron transferencias desde las cuentas bancarias de la empresa española SIMPLE2PAY S. L. por un importe total de 3.026,87 €.

Del mismo modo, en enero de 2015 se autorizó en las cuentas de la empresa francesa SIMPLE2PAY FRANCE a Genaro. Desde estas cuentas se efectuaron las siguientes transferencias:

- Desde la cuenta NUM022 perteneciente al Banco BCP de Francia, se transfirieron:

· 6.116 euros a favor de la mercantil C SOLUTION SRL

· 9.356 euros a favor de la mercantil SIMPLE2PAY S. L.

· 3.800 euros a favor de Ramón

· 1.296 euros a favor de Brigida

· 653.839 euros a favor de la cuenta de IBERBANCO NUM023

502.899 euros fueron bloqueados por el banco y devueltos a sus titulares.

- Desde la cuenta NUM024 perteneciente a la entidad CIC IBERBANCO, se efectuaron las siguientes transferencias:

· 3.000 euros a favor de Jacinta

· 3 transferencias por un total de 19.000 euros a favor de Temminck

· 2.545 euros a favor de Ramón

· 4 transferencias por un total de 331.414 euros a favor de SAFEPOINT USA S. L.

· 2 transferencias por un total de 96.325 euros a favor de AREDOLONS

· 36.000 euros a favor de la mercantil C SOLUTIONS SRL

· 28.725 euros a favor de la mercantil ENHANCED GROUP LLC

· 17.344 euros a favor de la entidad ROYAL OF AMERICA HOLDING

· 22.677 euros a favor de CC SERVICES

· 22.831 euros a favor de CCS SOLUTIONS

· 13.801 euros a favor de NEST EGG TECHNOLOGIES

· 21.894 euros a favor de SOLUTION INC SATISFACTION

· 10.213 euros a favor de Roque

En fecha 16.04.2015, el saldo de esta cuenta era 0.

2.3 Ramón

Ramón, DNI NUM002, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue administrador único de SIMPLE2PAY y tenía un 10 % de la mercantil SIMPLE2PAY HOLDING SA FRANCE.

Era titular de los siguientes números de comercio:

- 81453136 'SIMPLE2PAY S. L. U.'.

- 088541859 'SIMPLE2PAY S. L. U.'.

- 163032378 'SIMPLE2PAY S. L.'.

- 327680252 'SIMPLE2PAY'.

- 332580588 'SIMPLE2PAY'.

- 332704204 'SIMPLE2PAY'

- 333015162 'SIMPLE2PAY'.

Fue beneficiario de las transferencias denunciadas posteriormente por la entidad Citibank España.

Las operaciones fraudulentas realizadas con tarjetas se encuentran especificadas en los folios 182 y ss. del tomo 12, suponiendo un total de 32.554,69 euros en cuanto a las operaciones consumadas y 915.224,95 euros en cuanto a las operaciones denegadas.

En relación con las cuentas titularidad de Ramón, debe destacarse lo siguiente (tomo 29, folios 274 y ss.):

A) Cuenta NUM025 BANCO SABADELL. El titular es SIMPLE2PAY S. L. U. y el cotitular/autorizado Ramón.

Esta cuenta recibió ingresos en concepto de liquidación facturación datafono pertenecientes a un TPV que tenía dado de alta con número de comercio 81453133 a nombre de 'SIMPLE2PAY S. L. U.', por un importe total de 166.363,04 € y liquidación facturación datafono pertenecientes a un TPV que tenía dado de alta con número de comercio 327680252 a nombre de 'SIMPLE2PAY S. L. U.' por un importe total de 161.463,39 €. El total ingresado es igual a 327 826,43 €.

Remesa de tarjetas NUM026 por un importe total de 52.696,91 €.

Los números de tarjetas utilizados en los TPV, junto con sus correspondientes importes, se encuentran especificados en el anexo 2 del informe nº NUM027, en el apartado Roade 1, tomo 29.

B) Cuenta NUM028 BANCO CAIXA GERAL. El titular es SIMPLE2PAY S. L. U. y el cotitular/autorizado Ramón.

Recibió ingresos en concepto de liquidación facturación datafono pertenecientes a un TPV que tenía dado de alta a nombre de 'SIMPLE2PAY S. L. U.', por un importe total de 15.512 €. De esta cuenta salieron, mediante operaciones en el extranjero, 26.577,72 €, que fueron recibidos por CYBER TECHNOLOGICAL DESIGN LIMITADA.

C) Cuenta NUM029 BANCO ABANCA El titular es SIMPLE2PAY S. L. U. y el cotitular/autorizado Ramón.

Recibió ingresos, en concepto de liquidación facturación datafono pertenecientes a un TPV dado de alta con número de comercio 081453136 a nombre de 'SIMPLE2PAY S. L. U.', por un importe total de 6.997,17 €. Las operaciones realizadas fraudulentamente se encuentran relacionadas en el anexo 2 del informe nº NUM030, en el apartado Roade 5, tomo 29.

D) Cuenta NUM031 CAJAMAR El titular es SIMPLE2PAY S. L. U. y el cotitular/autorizado Ramón.

Recibió ingresos, en concepto de liquidación facturación datafono pertenecientes a un TPV dado de alta con número de comercio 081453136 a nombre de 'SIMPLE2PAY S. L. U.', por un importe total de 340.361,12 €. Las operaciones realizadas fraudulentamente se encuentran relacionadas en el anexo 2 del informe nº NUM030, en el apartado Roade 6, tomo 29.

E) Cuenta NUM032 BBVA El titular es SIMPLE2PAY S. L. U. y el cotitular/autorizado Ramón.

Esta cuenta recibió ingresos, en concepto de liquidación facturación datafono pertenecientes a un TPV con números de comercio 332580588 y 332704204 a nombre de 'SIMPLE2PAY S. L. U.', por un importe total de 218.682,15 €. Las operaciones realizadas fraudulentamente se encuentran relacionadas en el anexo 2 del informe nº NUM030, en el apartado Roade 7, tomo 29.

F) Cuenta NUM033 CAJA ESPAÑA. El titular es SIMPLE2PAY S. L. U. y el cotitular/autorizado Ramón.

Recibió ingresos, en concepto de liquidación y facturación datafono pertenecientes a un TPV con número de comercio 088541859 a nombre de 'SIMPLE2PAY S. L. U.', por un importe total de 118.508,01 €. Las operaciones realizadas fraudulentamente se encuentran relacionadas en el anexo 2 del informe nº NUM030, en el apartado Roade 8, tomo 29.

G) Cuenta NUM034 LA CAIXA El titular es SIMPLE2PAY S. L. U. y el cotitular/autorizado Ramón.

Recibió ingresos, en concepto de liquidación facturación datafono pertenecientes a un TPV con número de comercio 333015162 a nombre de 'SIMPLE2PAY S. L. U.', por un importe total de 359.223,33 €. Las operaciones realizadas fraudulentamente se encuentran relacionadas en el anexo 2 del informe nº NUM030, en el apartado Roade 12, tomo 29).

2.4 Víctor

Víctor, NIE NUM035, nacido en Kherson (Ucrania), en situación regular en nuestro país, mayor de edad y sin antecedentes penales, era la persona designada por Miguel para el control de las empresas nacionales y parte de las sociedades extranjeras investigadas, toda vez que tenía participación, de una manera o de otra, en dichas mercantiles. En este sentido, Víctor actuaba como socio único y administrador de SAFEPOINT USA S. L., como apoderado de NUEVO INGENIO INFORMÁTICO S. L. y PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L. Del mismo modo poseía el 40 % de la mercantil americana SIMPLE2PAY USA LLC y constaba como administrador de la mercantil de Reino Unido MOTOPROCESSING UK LTD. En fecha 26.02.2015 constituyó dos mercantiles más (MOTOPROCESSING S. L. y SIMPLE2PAY FRANCE S. L.) dedicadas a otras actividades auxiliares a los servicios financieros, domiciliadas en la misma dirección de la Calle Coso Ed. Cinegia, 35 2º piso de Zaragoza.

También fue administrador, registrante y técnico de la página web www.cybertecnodesign.com, perteneciente a la mercantil CYBER TECHNOLOGICAL DESIGN LIMITADA.

Estaba relacionado con las mercantiles CYBER TECHN COMMUNICATION y CYBER TECHNOLOGICAL DESIGN LIMITADA, ambas beneficiarías de transferencias emitidas por MOTOPROCESSING S. L., PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., SIMPLE2PAY S. L. y SAFEPOINT USA S. L., por un importe que rondaba los 712.396,46 €.

Tras la detención de Ramón en Francia, Víctor se desplazó a Francia junto con Temminck y con Pablo Jesús al hacerse cargo de las cuentas bancarias que Ramón tenía en Francia a cargo de SIMPLE2PAY FRANCE.

La información hallada en los domicilios de Víctor (vid oficio 25.479/18, 26.06, Tomo 1 PS ROADE, folios 377 y ss.), demuestran el conocimiento y la participación de detenido Víctor en los hechos investigados.

En ellos se encontraron documentos que le vinculan con otros miembros de la organización asentados tanto en España como en Costa Rica. Igualmente, se observaron documentos de cuentas bancarias que, de una u otra manera, se relacionan con la investigación por ser beneficiarias y/o emisoras de transferencias fraudulentas. Del mismo modo, existen documentos de mercantiles nacionales y extranjeras implicadas en dichas transferencias como titulares de las citadas cuentas.

Como ejemplo de ello, pueden mencionarse los dos justificantes de cargo sobre la cuenta bancaria NUM036 de la entidad IBERCAJA, cuyo titular era le mercantil MOTCPROCESSING y apoderado Víctor. Durante el periodo comprendido entre el 4 de febrero y el 26 de abril de 2016, se recibió en esta cuenta un total de 35.100 euros, procedente principalmente de la cuenta número NUM037, de MOTOPROCESSING S. L., en ING DIRECT. Tras efectuar varias retiradas en efectivo por importe de 10.000 euros, el resto fue nuevamente transferido a la cuenta de origen (ING Direct, de MOTOPROCESSING).

La cuenta de ING DIRECT NUM037 fue aportada en el contrato de servicios profesionales de cobro y pagos mediante plataforma, suscrito entre la mercantil investigada TAX ADVISORY S. R. L., con domicilio social en Bolonia (Italia) y la mercantil MOTOPROCESSING S. L. El total de los abonos que figuran en esta cuenta, proveniente principalmente de cuentas de MOTOPROCESSING S.L y TAX ADVISORY S. R. L., es de 1.101.172,76 €.

Destaca también la solicitud de envío de transferencia internacional por importe de 7.473,40 USD, ordenada por SAFEPOINT USA S. L. desde la cuenta NUM038, perteneciente a LA CAIXA, a favor de la mercantil KCLO SERVICES LTD, con sede en Belice. El total de los abonos en esta cuenta, procedente de otras mercantiles investigadas como NUEVO INGENIO INFORMÁTICO, SAFEPOINT USA o PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., es de 53.211,97 €. En cuanto a los cargos, destacan 18.400 euros en reintegros, bien en efectivo, bien a través de talones, y transferencias por 14.870,72 € a la cuenta pakistaní NUM039, de la mercantil CYBERTECH COMUNICATION, y 6.782,29 € a la empresa KOLO SERVICES LTD.

Constan también sendos escritos emitidos por las entidades SABADELL y CAJA RURAL CENTRAL relativos a las cuentas NUM040 y NUM041.

En el primero de los escritos, la entidad BANCO SABADELL certifica que en fecha la cuenta NUM040, disponía de un saldo de 110.141,99 euros. Esta cuenta pertenece a la entidad SAFEPOINT USA S. L., encontrándose como apoderado de esta el investigado Víctor. Durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2014 y el 2 de octubre de 2015, fue beneficiaría de transferencias por importe de 378.632,75 €, procedente principalmente de la mercantil francesa SIMPLE2PAY FRANCE (denunciada por CITIBANK Francia) y de su filial española SIMPLE2PAY S. L. U. (denunciada por CITIBANK España). La salida de fondos de esta cuenta fue principalmente a entidades extranjeras como CCS SOLUTIONS, ENHANCED GROUP LLC, ROYAL HOLDINGS OF AMERICA LLC, entre otras.

En el segundo de los escritos, la entidad bancaria CAJA RURAL CENTRAL certifica que la cuenta NUM041, a fecha de 9 de febrero de 2015 disponía de un saldo de 98.028,42 euros. Al igual que en el caso anterior, esta cuenta ya aparece en la investigación como beneficiaria de transferencias por importe de 171.936,26 € durante el periodo comprendido entre los días 27 de noviembre de 2014 y el 15 de junio de 2015. Igualmente, las transferencias proceden principalmente de SIMPLE2PAY FRANCE (80.327,10 €) y SIMPLE2PAY S. L. U. (66.981,05 €).

Es destacable la documentación hallada en el domicilio de Víctor que lo relaciona con otros miembros y empresas de la organización. Poseía documentación que le implicaba con mercantiles investigadas, como es el caso de la documentación bancaria de transferencias a mercantiles como SAFEPOINT USA S. L. y M3TOPROCESSING S. L. de las que Víctor en administrador. Igualmente se observaron tarjetas de visitas de la mercantil SIMPLE2PAY, en las que aparecía Víctor como director gerente.

La información documental aparecida en el domicilio de Víctor que le relacionan con otras personas implicadas en la trama, se vio reforzada con la información extraída in situen los teléfonos intervenidos en el momento de a entrada y registro, donde se apreciaba que entre sus contactos se encontraban Leocadia, Ramón, Luisa, Jose Carlos, Jose Ramón y Genaro.

También son reseñables los documentos de mercantiles implicadas en los hechos investigados, por ser beneficiarias o emisoras de transferencias sospechosas de ser ilícitas. Como ejemplo de ello se puede citar la hoja manuscrita donde figuran los datos bancarios y el importe en euros para efectuar una transferencia a favor la mercantil CYBERTECH COMUNICATION. Esta empresa, con domicilio social en Karachi, Karachi 75400 (Pakistán) y como objeto social, la prestación de servicio de call center, recibió transferencias de MICROPROCESSING S. L., PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., SIMPLE2PAY S. L. y SAFEPOINTUSA S. L. Con relación a dicha mercantil, es necesario mencionar que, en el domicilio de Carlos Miguel, fueron halladas copias de contratos para la prestación de servicio de call centerpor parte de la mercantil CYBER TECH COMMUNICATIONS, representada por Mr. Juan Enrique, hacia las mercantiles PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., SAFEPOINT USA S. L. y NUEVO INGENIO INFORMATICO S. L., siendo el representante legal de estas tres mercantiles Víctor.

2.5 Carlos Miguel

Carlos Miguel, DNI NUM008, nacido en Sádaba (Zaragoza), el día NUM009 de 1969, mayor de edad y sin antecedentes penales, con domicilio en la CALLE000, NUM042, Sádaba (Zaragoza), fue detenido en fecha 13 de octubre de 2016, por el Grupo 10 de Fraudes en Internet, por su participación en la estafa sufrida por la entidad CITIBANK, por pertenencia a organización criminal y blanqueo de capitales.

Su número de teléfono NUM043 y su correo electrónico fueron aportados a la entidad ING DIRECT como contacto en el momento de la apertura de las cuentas que MOTOPROCESSING S. L. tenía en dicha entidad. Y también fueron aportados a terceras personas como pertenecientes a uno de los propietarios y responsables de SIMPLE2PAY en España y Francia.

Su hijo menor Claudio fue beneficiario de transferencias procedentes de cuentas bancarias de NUEVO INGENIO INFORMATIVO S. L. (8.589,60 €), PORTAL COMERCIO VIRTUAL (6.900 €) y A REDOLONS S. L. De esta manera, sin que su hijo supiera el alcance de dichas transferencias, fue utilizado por el acusado para beneficiarse de dichas transacciones.

2.6 Pablo Jesús

Pablo Jesús, DNI NUM011 nacido en Sádaba (Zaragoza), el día NUM012 de 1973, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue fundador y administrador de A REDOLONS S. L., que resultó beneficiaria de transferencias fraudulentas denunciadas por 96.325 € procedentes de SIMPLE2PAY FRANCIA S. L. y MOTOPROCESSING S. L. Fue también fundador de MOTOPROCESSING S. L. y SIMPLE2PAY FRANCIA S. L.

Creó sociedades y contrató TPV, tanto físicos como virtuales, asociados a dichas empresas, para posteriormente validar las numeraciones de las tarjetas recibidas desde Costa Rica.

En la diligencia de entrada y registro practicada el 18 de octubre de 2016 en su domicilio (vid. oficio 25.479/18, de 26.06, Tomo 1 PS ROADE, folios 377 y ss.), se hallaron multitud de documentos mercantiles de mercantiles administradas por Pablo Jesús, documentos pertenecientes a otras mercantiles implicadas e incluso documentos personales de los administradores de dichas mercantiles, así como números secretos de tarjetas y claves de accesos a cuentas, que demuestran que Pablo Jesús tenía acceso y control de ellas.

Un ejemplo de ello son los extractos de la cuenta bancaria NUM044 de la entidad CAJASTUR (LIBERBANK), cuyo titular es PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., donde se aprecian abonos por operaciones con tarjetas junto con claves de acceso a la banca online y el PIN de una tarjeta a nombre de Luisa con NIF NUM045, administradora de PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L. La citada cuenta recibió, a través de TPV contratadas con Liberbank, una cantidad de 29.137,44 euros por el procesamiento de tarjetas, pudiéndose confirmar con el departamento de embargos y oficios de citada entidad, que parte del importe recibido provenía del uso fraudulento de tarjetas utilizas en los TPV nº NUM046 y nº NUM047 asociados a la cuenta NUM048.

Otro ejemplo es la cuenta número NUM049 de Caja Rural. Dicha cuenta, perteneciente a la mercantil PORTAL COMERCIO VIRTUAL, fue beneficiarla de transferencias por importe de 54.176 € proveniente principalmente de otras cuentas de PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L. Los cargos que se efectuaron en la cuenta bancaria correspondían principalmente con gastos en tarjeta de crédito, siendo la mayoría de las compras en distintas localidades y establecimientos de países de Latinoamérica.

Otros documentos reseñables hallados en el domicilio de CALLE001, NUM013, son los 'documentos de modificación de interviniente de cuenta' y 'documento de alta de datos personales', donde se nombra, como nuevo interviniente de la cuenta de LIBERBANK NUM048, perteneciente a PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., a Víctor, el cual aportó el domicilio sito en la CALLE003, NUM050, de Torrevieja (Alicante). Desde el citado domicilio, se efectuaron conexiones al TPV virtual contratado por SIMPLE2PAY FRANCE para llevar a cabo las transacciones investigadas por las autoridades francesas con motivo de la denuncia formulada por CITIBANK Francia en este país.

También es destacable el escrito hallado, que fue emitido en fecha 21 de abril de 2015 por Simple2Pay S. R. L., donde se informa que Ramón, con DNI NUM002, representante legal de SIMPLE2PAY FRANCE SRL, con sede en París (Francia), cede a la mercantil EIFFEIL TRADING INTERNATIONAL S. R. L., con sede en París y cuyo representante legal es Pablo Jesús con DNI NUM011, dos cheques por importe de 94.900 euros y 95.679 euros respectivamente, del Banco BCP de París, por los servicios prestados de consultoría financiera. De acuerdo con lo manifestado por las autoridades francesas, una de las cuentas bancarias de la entidad SIMPLE2PAY FRANCE S. R. L. y beneficiaria de transferencias fraudulentas era la número NUM022 perteneciente a la entidad francesa BCP. De la consulta de los movimientos de la citada cuenta, que fueron aportados por las autoridades francesas, se pudo comprobar que, en fecha 9 de febrero de 2017, fueron ingresados los dos cheques bancarios por importes de 94.900 € y 95.679 €, mencionados anteriormente.

Igualmente fueron intervenidos en el domicilio de Pablo Jesús documentos que le relacionan con otros miembros de la organización asentados en Costa Rica, además de Luisa, como es el hecho de disponer en su poder de dos justificantes de envío de dinero de Western Union, remitidos desde Costa Rica, el primero enviado por Segismundo y el segundo por su hermano Rogelio. Del mismo modo se halló un recibo de la empresa de mensajería DEL EXPRESS de fecha 3 de junio de 2015, que corresponde con la entrega de documentos emitidos por la mercantil SIMPLE2PAY HOLDING SA, con sede en Costa Rica, figurando como remitente Carlos Antonio (investigado en Costa Rica y administrador de NUEVO INGENIO INFORMATICO S. L. y representante legal de la empresa CYBER TECHNOLOGICAL DESIGN LTD) y destinatario Rogelio.

2.7 Sandra

Sandra, DNI NUM014, mayor de edad y sin penales, tenía relación laboral con SIMPLE2PAY S. L., efectuando labores administrativas de contabilidad y facturas de la mercantil. Igualmente se encargaba del cobro a través de TPV. Era la encargada de remitir el dinero obtenido por los TPV de SIMPLE2PAY S. L. a las cuentas estipuladas por la organización. Detenida en fecha 18 de octubre de 2016, por el Grupo de Delincuencia Económica y Tecnológica, de la Brigada Provincial de Policía Judicial de La Coruña, por su participación en la estafa sufrida por la entidad Citibank, por pertenencia a organización criminal y blanqueo de capitales.

2.8 Aurelia

Aurelia, DNI NUM017, mayor de edad y sin antecedentes penales, tenía relación laboral con SIMPLE2PAY S. L., realizando labores de procesamiento de tarjetas, esto es, introducir manualmente las numeraciones de las tarjetas que les facilitaba la organización en los TPV, así como controlar si las operaciones eran autorizadas. Detenida en fecha 18 de octubre de 2016, por el Grupo de Delincuencia Económica y Tecnológica, de la Brigada Provincial de Policía Judicial de La Coruña, por su participación en la estafa sufrida por la entidad Citibank, por pertenencia a organización criminal y blanqueo de capitales.

3. Entramado de empresas: blanqueo de capitales.

Como se ha mencionado, los acusados crearon una red de mercantiles bajo la denominación de SIMPLE2PAY, cuyo objeto social aparente era la gestión de pagos y cobros por mediación de terceros, si bien todas ellas carecían de actividad.

EI administrador de SIMPLE2PAY S. L., con domicilio en la CALLE002, NUM051, de La Coruña, era Ramón, con DNI NUM002 apoderada Sandra, con DNI NUM014.

3.1 Transferencias A Empresas De La Organización

Como se señaló anteriormente, la organización disponía de las siguientes mercantiles con la misma denominación de 'SIMPLE2PAY', registradas tanto en territorio nacional como en el extranjero, y con la misma actividad delictiva que SIMPLE2PAY S. L.:

a) En territorio español:

- 'SIMPLE2PAY FRANCE S. L.'. Administrador Víctor, con sede en la Calle Coso, 35, de Zaragoza y objeto social 'consultoría de servicios financieros, plataforma de pagos y cobros por cuenta de terceros'.

- SIMPLE2 PAY S. L., CIF 670008560, con domicilio en la C/ Atocha Alta, 52 E de La Coruña. El importe total de los fondos recibidos por SIMPLE2PAY S. L. en sus cuentas ascendió a 1.596.862,73 €. Se efectuaron transferencias por importe de 1.303.614,55 €.

b) En el extranjero:

- SIMPLE2PAY HOLDING SA: entidad con sede en Costa Rica, concretamente en CC La Paco 20 mts. oeste, edificio Prisma, piso 2, oficina 201, San Rafael de Escazú. San José (Costa Rica). CIF 3-101-112031. Ramón disponía del 10 % de las acciones de dicha empresa.

- 'SIMPLE2PAY FRANCE'. Administrador Ramón registrada en París, en fecha 14.06.2014 con número NUM052.

- 'SIMPLE2PAY REPUBLICA DOMINICANA', cuyo titular era aparentemente Marcial, no imputado en el presente procedimiento.

- 'SIMPLE2PAY PUERTO RICO', cuyo titular era aparentemente Maximino, no imputado en el presente procedimiento.

- 'SIMPLE2PAY USA LLC': domiciliada en 16192 de Coastal Highway de Delaware (Estados Unidos), con un objeto social indeterminado. Como socios constaban: 40 % Víctor; 40 %, Genaro; 10 %, Leocadia; y 10 %, Mateo, estos dos últimos no imputados en el presente procedimiento.

SIMPLE2PAY S. L. recibió 1.569.862,73 € en concepto de ingresos por TPV y otros ingresos de menor importancia. Igualmente transfirió desde sus cuentas un total de 1.303.614,55 €, de los cuales 304.909,66 € fueron transferidos a cuentas de otras empresas españolas investigadas dentro de la organización criminal (la relación de dichas transferencias se encuentra en el Tomo 1 PS ROADE, folio 54).

En cuanto a las empresas nacionales españolas beneficiarias de las transferencias SIMPLE2PAY S. L. U. fueron las siguientes:

- 'PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L.': Administradora Luisa -sin que conste que esta tuviera participación en los hechos-, apoderado Víctor, domicilio en la CALLE004, NUM053, Torrevieja (Alicante), con objeto social 'Avicultura, producción agrícola combinada con producción ganadera, caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas, silvicultura y actividades forestales...'.

El importe total de los fondos recibidos por PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L. en sus cuentas asciende a 1.794.627,363 € (la relación de dichas transferencias se encuentra especificada en el Tomo 1 PS ROADE, folio 56).

Recibió de otras empresas españolas investigadas dentro de la organización criminal 48.497,23 €. Y recibió abonos por ingresos de TPV por un total de 49.827,907 €.

Se efectuaron transferencias por importe de 1.569.997,26 €, incluidos 144.573 € pertenecientes a las otras empresas españolas investigas. La mayor parte de las transferencias fueron enviadas a personas y empresas radicadas en terceros países, entre ellos Pakistán y USA.

- 'SAFEPOINT USA S. L.': Administrador Víctor, domicilio en la CALLE004, NUM053, Torrevieja (Alicante), con objeto social 'Avicultura, producción agrícola combinada con producción ganadera, caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas, silvicultura y actividades forestales...'.

SAFEPOINT USA S. L. recibió transferencias por un importe de 632.885,54 euros incluidos 261 926,02 € pertenecientes a las otras empresas españolas investigadas, así como 331.414,97 € procedentes de SIMPLE2PAY FRANCE (la relación de dichas transferencias se encuentra en el Tomo 1 PS ROADE, folio 58).

Transfirió a terceras personas y empresas 456.367,64€ y, en una cuenta bancaria con divisa en USD, a 57.608,91 USD.

- A REDOLONS S. L.: Administrador Pablo Jesús, domicilio en la CALLE005, NUM010, 50670 Sádaba (Zaragoza), con objeto social 'Bar-cafetería'.

Resultó beneficiaria de 14.800 € procedentes de TPV contratados por dicha mercantil (vid Tomo 1 PS ROADE, folio 60).

Fue beneficiaria de dos transferencias procedentes de SIMPLE2PAY FRANCE por. importe de 96.325 €.

- MOTOPROCESSING S. L. Fue fundada por Pablo Jesús y fue administrada por Víctor. Filial de esta mercantil es MOTO PROCESSING SA, con sede en Costa Rica.

Hasta el 20 de septiembre de 2016 recibió transferencias por importe de 1.861.674,57 €, de los cuales 69.086,40 € procedían de cuentas o personas vinculadas a la organización criminal, 55.453,46 € figuran como ingresos por procesado de MASTERCARD y el resto, 1.737.134,71 €, procedían de empresas ubicadas en el extranjero (vid Tomo 1 PS ROADE, folio 60).

Realizó transferencias por importe de 1.122.454,48 €.

- NUEVO INGENIO INFORMÁTICO S. L.: Administrador Carlos Antonio, imputado en la presente pieza.

Figuraba como apoderado Víctor, con objeto social 'Avicultura, producción agrícola combinada con producción ganadera, caza, captura de animales y servicios relacionados con las mismas, silvicultura y actividades forestales...'.

El Administrador Carlos Antonio -no imputado en la presente pieza- realizó transferencias desde las cuentas de la empresa a una cuenta particular a su nombre por 72.925 €, que posteriormente utilizaba para gastos con tarjeta bancaria en Costa Rica.

NUEVO INGENIO INFORMÁTICO recibió transferencias procedentes de SIMPLE2PAY S. L. por importe total de 64.454,20 euros, también recibió transferencias por importe total de 130.364,26 euros procedentes de la mercantil PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L. El total asciende a 350.669,53 €. Los cargos ascienden a 218.498,29 €, de los que 94.785,36 € son transferidos a cuentas, bancarias de otras empresas españolas de la organización (vid Tomo 1 PS ROADE, folio 63).

3.2 Transferencias a terceros países

Las sociedades mercantiles utilizadas por la organización criminal, a fin de proceder al blanqueo de las cantidades dineradas obtenidas, efectuaban transferencias a personas físicas y jurídicas que radican en terceros países (informe con Reg. Salida n° 8848/17, de 3-3-17, folios 2 y ss. Tomo 26).

3.2.1 Pakistán

Las mercantiles que a continuación se indican han sido beneficiarias de transferencias ordenadas por las sociedades offshoreespañolas:

- AL SHAM SOLUTIONS LTD y AL SHAMS CHERRIES AND CO. Entidad ubicada en Pakistán, con posible domicilio en Office 20, 1st floor, block A, North Nazimbad, Karachi (Pakistán) y que utiliza las dos denominaciones. La citada mercantil recibió transferencias a su favor ordenadas por las empresas españolas MOTOPROCESSING S.L y PORTAL COMERCB VIRTUAL S.L por un importe total de 30.565,66 euros.

- BIZZ WORLD COMMUNICATIONS. Entidad con posible domicilio en social en Guishan-e-iqbal block 5, Nipa Chowrangi, Karachi, 75300, Pakistán y posible representante legal Fidel con cédula NUM054 y pasaporte NUM055. En su cuenta bancaria NUM056, recibió transferencias de PORTAL COMERCIO VIRTUAL S.L, por importe total de 17.332,41 euros.

- BSS SYSTEMS. Entidad con posible domicilio en Pakistán. En su cuenta bancaria NUM057, recibió transferencias de PORTAL COMERCIO VIRTUAL S.L y MOTOPROCESSING S.L., por importe total de 12.871,30 euros.

- CYBER TECH COMMUNICATION. Entidad con posible domicilio social en Office 103-104 and 105, 1st floor Kawish Crown, Block 7/8, D.A.C.H.S, Shahrah-e-Faisal, Karachi, Karachi 75400, Pakistán. Es titular de la cuenta bancaria NUM039, donde recibió transferencias por importe total de 52.0374,71 euros, procedentes de las mercantiles españolas SIMPLE2PAY S. L., PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L. y MOTOPROCESSING S. L.

- ONE TEN COMMUNICATION. Mercantil ubicada en Suite 502/503 5th Flour Mashriq Centre opps National Stadium, Karachi, Pakistán, de la que sería su representante legal Marino con cédula NUM058 y pasaporte NUM059. Es titular de la cuenta bancaria NUM060, donde recibió transferencias por importe total de 59.250,112 euros, procedentes de la mercantil española PORTAL COMERCD VIRTUAL S. L.

- TECHSYS TECHNOLOGY. Mercantil con posible sede social en Defense Phase 3,75500, Karachi, Pakistán, la cual según fuentes abiertas es una empresa que tenía como razón social la prestación de servicios de call center.Recibió de MOTOPROCESSING S.L., en una cuenta de la que se desconoce el número por no haber sido apodada por la entidad ordenante (ING Direct), siete transferencias por importe de 85.134,96 euros.

- WE COMMUNICATION. Mercantil titular de la cuenta bancaria NUM061, en Pakistán. Recibió ocho transferencias por un importe total de 24.524,6 euros, procedente de dos cuentas bancarias de la compañía investigada PORTAL COMERCIO VIRTUAL.

3.2.2 Estados Unidos

Las mercantiles y personas que a continuación se indican han sido beneficiadas de transferencias ordenadas por las sociedades offshoreespañolas:

- AMÉRICA RESORT SERVICES LLC, empresa beneficiaria de las cuentas bancarias NUM062 y NUM063, tenía como razón social la venta de paquetes vacacionales, con posible domicilio en 7200 Lake Elleonor Drive Suite n. 200 Orlando, Florida (USA), figurando como managerde la misma Elisenda. Recibió transferencias desde las empresas españolas investigadas SIMPLE2PAY S.L y SAFEPOINT USA S.L, por un importe total de 48.179,95 €.

- CC SERVICES, beneficiaría de la cuenta bancaria NUM064, con posible domicilio social en 9130 SW,73 Road Street, Miami, Florida. USA. CC SERVICES recibió transferencias desde las empresas españolas SIMPLE2PAY S. L., SAFEPOINT USA S. L. y PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., por un total de 56.524,65 €.

- CCS SOLUTIONS, empresa, beneficiaria de la cuenta bancaria ROYCCAT 4035309, con posible domicilio social en 2603 SW,188 Avenue Miramar, Florida. USA. CCS SOLUTIONS recibió transferencias por un importe total de 31.570,31 € desde las empresas españolas SIMPLE2PAY S.L, y SAFEPOINT USA S. L.

- ENHANCED GROUP LLC, empresa, titular de las cuentas bancarias NUM065, NUM066 y NUM067, con posible domicilio social en 9526 Argyle Forest Bulevard, Jacksonville, Florida, USA, que consta en distintos correos. Recibió transferencias por un importe total de 111.543,63 € procedentes de las empresas españolas SIMPLE2PAY S. L., SAFEPOINT USA S. L. y PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L.

- Natividad, persona con posible domicilio en 9526 Argyle Forest Blvc, Jacksonville, Florida. USA, que corresponde con la titular de la empresa ENHANCED GROUP LLC, mencionada anteriormente, y consta como beneficiaria de las transferencias realizadas a la cuenta bancaria NUM065. Natividad recibió abonos desde la empresa española PORTAL COMERCIO VIRTUAL por un importe total de 22.091,79 €.

- NEST EGG TECHNOLOGIES, empresa beneficiaria de la cuenta bancaria NUM068, con posible domicilio social en 574 Calibre Crest Parkway, 105, Altamonte Springs, Florida, EEUU. Esta empresa recibió abonos por un importe total de 62.865,48€ desde las cuentas de la empresa española SAFEPOINT USA S. L.

- Diego, persona beneficiaria de la cuenta bancaria NUM069, con posible domicilio en San Francisco CA94104 y teléfono NUM070, del cual figuran numerosas facturas por servicios técnicos en Telecomunicación. Diego recibió abonos por un importe total de 86.141,42 €, todos ellos en transferencias desde las cuentas de la empresa PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L.

- ROYAL HOLDING OF AMÉRICA LLC, empresa beneficiaría de la cuenta bancaria NUM071, con posible domicilio social en 5104 N Orange Blosson Trail Orlando, Florida, 32810, EEUU. Recibió abonos por un importe total de 146.546,87€, todos ellos procedentes de la empresa española SAFEPOINT USA S. L.

- SAIF INVESTMENT HOLLDING LLC, empresa beneficiaria de la cuenta bancaria NUM072, con posible domicilio social en 3604 Flagstone Dr. Carrollton, Texas 75007 EEUU. Su representante legal era Ovidio con cédula NUM073, según la información obtenida de los correos de Macarena. SAIF INVESTMENT HOLDING recibió abonos por un importe total de 76.422,33 € procedentes de las empresas SIMPLE2PAY S. L., SAFEPOINT USA S. L. y PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L.

- SOLUTION SATISFACTION INC, empresa registrada con número NUM074 en 672 North Semoran Boulevard #102, Orlando, Florida, EEUU figurando como agente Marwan AL-FARWAN con posible domicilio en 10228 Rivers Trail DF, Orlando, Florida, EEUU, fue beneficiaría de las cuentas bancarias NUM075 y NUM076, igualmente se ha corroborado en los correos de Jose María ( Jose Ramón), que el titular es el indicado Salome. SOLUTION SATISFACTION INC, recibió abonos por un importe total de 39.089,52 € procedentes de las cuentas bancarias de la empresa SIMPLE2PAY S. L..

- SOLVER SERVICES LLC, empresa registrada con número 55229523 en 20334 Burnley Sq, Potomac Falls, Virgina 20165, EEUU, figurando como agente Roque. Es beneficiaria de la cuenta bancaria NUM077. SOLVIER SERVICES recibió abonos por un importe total de 30.674,42 € procedentes de distintas cuentas bancarias de SAFEPOINT USA S. L.

3.2.3 Hong Kong

Las mercantiles que a continuación se indican han sido ordenantes de transferencias de las que han sido beneficiarías por las sociedades offshoreespañolas:

GLOBEBILL COMPANY, Empresa con domicilio social en Hong Kong, en Room 530, Building 9, N25 Science Park West Avenue, Shatin, New Territories, 00852 y titular de las cuentas bancarias NUM078 y NUM079 y BILLASIA LIMITED, mercantil con número de registro C66555, sede social en Roon 903,9/F Dannies House 20, Luard Road, Wan Chai, Hong Kong y representante Mayna Korneliuk, con pasaporte número NUM080. Desde las cuentas de GLOBEBILL COMPANY se efectuaron transferencias por un importe total de, 777.079,11 euros, todas ellas a favor de una de las cuentas pertenecientes a la mercantil MOTOPROCESSING S.L, concretamente la de número NUM081, de la entidad ING Direct.

GLOBEBILL COMPANY es una empresa subsidiaria de otra mercantil denominada BILLASIA LIMITED, cuya actividad principal es la prestación de servicio de call centera empresas de todo el mundo. Esta última mercantil (BILLASIA LIMITED) es la que mantenía la relación contractual con MOTOPROCESSING S. L. y de la que verdaderamente sale el total del importe transferido. Si bien y debido a las exigencias de la legislación China (donde requiere de una mercantil autorizada por el gobierno para canalizar transferencias y pagos en divisas), BILLASIA LIMITED utilizaba a la empresa GLOBEBILL COMPANY (compañía autorizada por el gobierno chino) para efectuar las cinco transferencias a favor de MOTOPROCESSING S. L..

3.2.4 Alemania

Las mercantiles que a continuación se nombran, han sic ordenantes de transferencias relacionadas con sociedades offshoreespañolas:

- ANSBACHER (BAH) LIMITED, empresa beneficiaria de la cuenta NUM082, con domicilio Social 308 East Bay Street, 4th Floor, Pe Box N7768, Nassau, Bahamas y titular de una cuenta bancaria en Alemania en la que se recibió transferencias desde las cuentas bancarias de la empresa SIMPLE2PAY S. L. ANSBACHER LIMITED recibió desde las cuentas de SIMPLE2PAY S. L. transferencias por un importe total 157.600,62 € en la cuenta alemana NUM082.

- PPRO FINANCIAL LTD, empresa beneficiaria de la cuenta bancaria NUM083, con sede social en Reino Unido, y cuenta bancaria donde recibió las trasferencias en Alemania. Se dedica a proporcionar servicios de pagos electrónicos on-line. Mantenía transferencias tanto beneficiarias como ordenantes con la empresa PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., siendo PPRO FINANCIAL ordenante de transferencias por un importe total 3.400 €, y beneficiaria de transferencias por un importe de 4.400 €.

3.2.5 México

La persona que a continuación se nombra, ha sido beneficiaria u ordenante de transferencias relacionadas con sociedades offshoreespañolas:

Eugenio. Con domicilio en Monterrey, 159 oficina 29 Colonia Roma Norte, México D.F. y titular de la cuenta bancaria NUM084. En su cuenta bancaria recibió una transferencia procedente de PORTAL COMERCIO VIRTUAL S.L., por importe de 11.067,90 euros. Igualmente, Eugenio efectúa una transferencia a favor de PORTAL COMERCIO VIRTUAL S.L, por importe de 4220, 47 euros.

3.2.6 Rumanía

La mercantil que a continuación se nombra, ha sido beneficiaria de transferencias relacionadas con sociedades offshoreespañolas.

C.SOLUTION SRL, empresa dedicada a software de servicio para e-commerce,es beneficiaria de las cuentas NUM085 y NUM086. Tenía su sede en Soseaua Panduri n. 71, Second Floor, Sector 6, Bucarest, Rumanía, y a nombre de Heraclio. Esta empresa recibió transferencias por un importe total de 25.043,10 € procedentes de distintas cuentas de la empresa SIMPLE2PAY S. L.

3.2.7 Islas Mauricio

La mercantil que a continuación se nombra, ha sido beneficiaria de transferencias relacionadas con sociedades offshoreespañolas.

CHRYSTAL PAYMENTS. Empresa de procesamiento de tarjetas de crédito (pasarela de pago) con oficinas en países como Reino Unido, Mauricio, Malasia, Singapur Hong Kong. Con domicilio en C/O Trustlink International LTD Suite 501, St James Court, St Denis Street, Port Louis, Mauricio y titular de la cuenta bancaria NUM087 perteneciente a la entidad SBM Bank, con sede en State Ban: Tower 1, Queen Elizabeth II Avenue, Port Louis, Mauricio. Desde la cuenta bancaria de dicha entidad, se efectuaron nueve transferencias por un importe total de 582.150,74 euros, a favor de la mercantil nacional PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L.

3.2.8 Turquía

La mercantil que a continuación se nombra, ha sido beneficiaria de transferencias relacionadas con sociedadesoffshoreespañolas.

ISTAMBUL APARTAMENTS YAPI VE TURIZM AS. Ordenante de transferencias desde las cuentas NUM088 y NUM089. No se ha podido determinar si corresponde con una empresa o es el concepto utilizado para dichas transferencias, no obstante sí es reseñable que desde dichas cuentas turcas se efectuaron transferencias per importe total de 455.173,14 euros a favor de las mercantiles PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., SAFEPOINT USA S. L. y NUEVO INGENIO INFORMÁTICO S. L..

3.2.9 Panamá

La persona que a continuación se nombra ha sido beneficiaría de transferencias- relacionadas con sociedades offshoreespañolas:

Jairo de la Guardia, con residencia en Panamá, beneficiario de la cuenta bancaria NUM090, recibió varias transferencias desde las cuentas de las empresas SIMPLE2PAY S. L., SAFEPOINT USA S. L. y MOTOPROCESSING S. L. Resultó beneficiario de transferencias emitidas desde las empresas SIMPLE2PAY S. L., SAFEPOINT USA S. L. y MOTOPROCESSING S. L., por un importe total de 161.400,63 €.

3.2.10 Estonia

Las personas jurídicas que a continuación se nombran han sido beneficiarias de transferencias relacionadas con sociedades offshoreespañolas:

- SKY FALL SYSTEMS LP. Empresa con número de registro S. L.016593 y sede social Suite 4013, 4 Fullarton Street, AYR, KA7 1UB, Reino Unido. Titular de la cuenta bancaria en Estonia NUM091. Dicha empresa tenía como socias generales a las mercantiles VIALA TRADE LIMITED y GATENO VENTURE 3 INC. Ambas mercantiles tenían su sede en Belice y Panamá, respectivamente. Desde la cuenta estonia NUM091 SKY FALL SYSTEMS LP efectuó siete transferencias a favor de PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., por un importe total de 418.795,45 euros. Igualmente recibió en la citada cuenta una transferencia procedente de PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., por importe de 10.981,82 euros.

- SVENSKA NET LP. Empresa registrada con número S. L.017745 y sede social en Suite 1 39 dee Street, Aberdeen, AB11 6DY, Escocia, (Reino Unido). Titular de la cuenta bancaria en Estonia NUM092. Desde la cuenta estonia NUM092 SVENSKA NET LP efectuó dos transferencias a favor de MOTOPROCESSING S. L., por un importe total de 13.179,75 euros.

3.2.11 Belice

La empresa que a continuación se nombra ha sido beneficiaria de transferencias relacionadas con sociedades offshore españolas.

KOLO SERVICES LIMITED. Mercantil con sede social en 35 Barrak Ro City, Belice, según información aportada por la entidad La Caixa. Titular de la cuenta número NUM093, perteneciente a la entidad bancaria Nacional de Costa Rica. La citada cuenta ha sido beneficiaria de transferencias efectuadas por las mercantiles nacionales PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L. y SAFEPOINT USA S. L., por un importe total de 63.553,43 euros.

3.2.12 Canadá

2069913 ONTARIO LIMITED. Mercantil con sede social en 6512 Cerritos Place, Los Ángeles, California 90068 (EEUU) y cuyo representante sería Jose Augusto. Si bien está registrada en Los Ángeles, su jurisdicción es Ontario (Canadá). Es titular de la cuenta bancaria canadiense 000020326313, perteneciente a Canadian Imperial Bank of Commerce. Desde la cuenta mencionada, la mercantil 2069913 ONTARIO LIMITED efectuó siete transferencias a favor de la mercantil nacional investigada PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L. por un importe total de 69.630 euros. Del mismo modo recibió transferencias procedentes de PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L., por importe total de 50.756,94 euros.

3.2.13 Italia

La empresa que a continuación se nombra ha sido beneficiaria de transferencias relacionadas con sociedadesoffshoreespañolas:

TAX ADVISORY SRL. Mercantil de asesoramiento y reunificación de deudas, con sede en Via del Rondone, 3, Bolonia, 40122, Italia, figurando como administrador Sauro Girotti. Titular de las cuentas bancarias NUM094 y NUM095. Desde las dos cuentas de la empresa TAX ADVISORY SRL, se efectuaron transferencias a favor de MOTOPROCESSING S. L., por un importe total de 516.231,9 euros.

3.2.14 China

La empresa que a continuación se nombra ha sido beneficiaria de transferencias relacionadas con sociedades offshore españolas:

QWIPI CO. LIMITED. Empresa con domicilio en Room 1213, Building n. 81, Zizhuyuan Road, Beijing City, China. Se detectaron ocho facturas por procesamiento emitidas por la empresa MOTOPROCESSING S. L. a QWIPI CO LIMITED, por un importe total de todas ellas de 447.250,23 euros, donde únicamente figura el importe y fecha de la factura, desconociéndose, por tanto, el número es cuenta de la mercantil MOTOPROCESSING S. L. beneficiaria del importe de dichas facturas, así como el número de cuenta de la mercantil QWIPI CO. LIMITED desde la que se hizo efectiva dicha factura.

3.2.15 Dinamarca

La empresa que a continuación se nombra ha sido beneficiaria de transferencias relacionadas con sociedades offshore españolas:

CLEARHAUS A/S. Entidad de pago que permite a aquellas compañías que tenían cuenta con CLEARHAUS, recibir pagos de los consumidores que disponen de tarjetas Visa o MasterCard. Tenía su sede social en P. O. Pedersens Vej 14,8200 Aarhus N, Dinamarca. Se dedica a facilitar servicios de pasarela de pago online y se encuentra dentro de la categoría de servicios financieros. Titular de las cuentas bancarias NUM096 y NUM097, pertenecientes a la entidad ARBEJDERNES LANDSBANK A/S de Copenhague (Dinamarca). Desde dichas cuentas, se efectuaron transferencias a favor de las mercantiles nacionales investigadas PORTAL COMERCIO VIRTUAL S. L. y MOTOPROCESSING S. L., por un importe total de 580.398,72 euros. Igualmente, CLEARHAUS A/S, fue beneficiaría de transferencias efectuadas por PORTAL COMERCIO VIRTUAL S.L., por un importe total de 195.203,94 euros.

4. Compromiso de pago

Los acusados, con anterioridad a la celebración del juicio oral, y con el propósito de reparar, en la medida de sus posibilidades el perjuicio causado, se han comprometido a abonar un total de 255.964,53€, en las siguientes condiciones:

- Miguel: 500 € al mes durante 5 años (30.000 € en total).

- Ramón: 500 € al mes durante 5 años, más 3.269,39 € embargados (33.269, 39 €).

- Genaro: 1.000 € al mes durante 5 años más 15.000 € depositados como fianza (75.000 €).

- Aurelia: 150 € al mes durante 5 años (9.000 €).

- Sandra: 200 € al mes durante 5 años más 695,14 € embargados (12.695, 14 €).

- Víctor: 250 € al mes durante 5 años más 1.000 € depositados como fianza (16.000 €).

- Carlos Miguel: 500 € al mes durante 5 años más 10.000 € depositados como fianza (40.000 €).

- Pablo Jesús: 500 € al mes durante 5 años más 10.000 € depositados como fianza (40.000 €).

Fundamentos

PRIMERO. -Concurren en el presente caso todos los requisitos establecidos en los arts. 784.3 y 787 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ya que:

1) Los acusados han mostrado conformidad, antes de iniciarse la práctica de la prueba en el juicio oral, con el escrito conjunto de conclusiones presentado por el Ministerio Fiscal y las defensas.

2) Las modificaciones efectuadas en el referido escrito conjunto se refieren a los mismos hechos comprendidos en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, con arreglo a los cuales se dictó el auto de apertura del juicio oral.

3) No se ha formulado una calificación más grave.

4) No se ha solicitado ninguna pena privativa de libertad que exceda de seis años.

5) Las defensas no han estimado necesaria la continuación del juicio.

6) Los hechos son legalmente constitutivos de un delito de organización criminal destinada a la comisión de delitos graves, en la modalidad de miembros activos, de los arts. 570 bis1 y 570 quater apartados 1 y 2, del Código Penal, un delito continuado de estafa de los arts. 248.2.c) y 250.2, segundo inciso, en relación con el artículo 74.1 y 2 del mismo cuerpo legal, y un delito de blanqueo de capitales del art. 301.1 del referido texto.

7) Son responsables penales, en concepto de autores, los acusados Miguel, Ramón, Víctor, Carlos Miguel, Pablo Jesús, Sandra, Aurelia y Genaro.

8) Concurren en todos los acusados las circunstancias atenuantes de reparación del daño y analógica de confesión, previstas, respectivamente, en los apartados 5 y 7, en relación con el 4, del art. 21 del Código Penal.

9) Los acusados han sido informados de las consecuencias de dicha conformidad y se han ratificado en ella.

Procede, por todo lo expuesto, dictar sentencia de estricta conformidad, con arreglo a lo aceptado por los acusados y sus defensas.

SEGUNDO. -A tenor de lo establecido en los artículos 123 del Código Penal y 239 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las costas procesales se entienden impuestas por la Ley a los criminalmente responsables de todo delito o falta, en la parte proporcional de que cada uno deba responder.

Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación,

Fallo

Que debemos condenar y condenamos a cada uno de los acusados Miguel, Ramón, Víctor, Carlos Miguel, Pablo Jesús, Sandra, Aurelia y Genaro, como autores responsables de un delito delito de pertenencia, en calidad de miembros activos, a una organización criminal destinada a la comisión de delitos graves, de un delito continuado de estafa y de un delito de blanqueo de capitales, con la concurrencia en todos ellos de las circunstancias atenuantes de reparación del daño y analógica de confesión, a las penas de siete meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial durante igual tiempo para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, por el primer delito, de un año y dos meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial durante igual tiempo para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, y multa de cuatro meses, a razón de tres euros de cuota diaria, por el segundo, y de tres meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial durante igual tiempo para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, y multa de noventa y tres mil setecientos cincuenta euros, con diez días de arresto sustitutorio en caso de impago, por el tercer delito.

Condenamos a cada uno de los acusados al pago de una octava parte las costas procesales.

Condenamos a los acusados Miguel, Ramón, Víctor y Genaro a indemnizar, conjunta, solidariamente y por partes iguales, a través de las entidades CECA, REDSYS, SERVIRED y COMERCIA GLOBAL PAYMENTS, a las entidades bancarias y crediticias perjudicadas, en las cantidades a las que hayan ascendido los respectivos perjuicios, que se determinarán en fase de ejecución y que, a partir de la fecha de su determinación, devengarán el interés legal, incrementado en dos puntos.

Condenamos a las acusadas Sandra y Aurelia a indemnizar, conjunta y solidariamente y por partes iguales con los acusados Miguel, Ramón, Víctor y Genaro, a través de las entidades CECA, REDSYS, SERVIRED y COMERCIA GLOBAL PAYMENTS, a las entidades bancarias y crediticias que hayan resultado perjudicadas, en las cantidades a las que hayan ascendido los respectivos perjuicios mientras dichas acusadas mantuvieron relación laboral con SIMPLE2PAY S. L., cantidades que se determinarán en fase de ejecución y que, a partir de la fecha de su determinación, devengarán el interés legal, incrementado en dos puntos.

Condenamos a los acusados Carlos Miguel y Pablo Jesús a indemnizar, conjunta, solidariamente y por partes iguales, a través de las entidades CECA, REDSYS, SERVIRED y COMERCIA GLOBAL PAYMENTS, a las entidades bancarias y crediticias que hayan resultado perjudicadas, en la cantidad de 385.707 €, que devengará el interés legal, incrementado en dos puntos, desde la fecha de esta sentencia.

Decretamos el comiso de los efectos y el dinero intervenidos, así de los saldos de las cuentas bancarias bloqueadas en el procedimiento, a todo lo cual se dará el destino legal.

Para el cumplimiento de las penas de prisión y, en su caso, de la responsabilidad personal subsidiaria, se abonará el tiempo de privación de libertad sufrido por los acusados durante la tramitación de la causa, si no se hubiese abonado en otras.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de casación del que conocerá la Sala Segunda del Tribunal Supremo, y que deberá ser anunciando ante este Tribunal en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a su notificación.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de su razón, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.

DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.

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