Sentencia Penal Nº 408/20...re de 2007

Última revisión
17/10/2007

Sentencia Penal Nº 408/2007, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 23/2007 de 17 de Octubre de 2007

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Orden: Penal

Fecha: 17 de Octubre de 2007

Tribunal: AP - Madrid

Ponente: RODRIGUEZ GONZALEZ-PALACIOS, PEDRO JAVIER

Nº de sentencia: 408/2007


Encabezamiento

PROC. ABREV. Nº 3322/2000

ROLLO DE SALA Nº 23/2007

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 40 DE MADRID

S E N T E N C I A Nº 408/2.007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS

D. FRANCISCO JESÚS SERRANO GASSENT

D. JULIAN ABAD CRESPO

========================================

En Madrid, a 17 de Octubre de 2007.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, la causa número 23/07 por un delito contra la Hacienda Pública, procedente del Juzgado de Instrucción nº 40 de Madrid, seguida por el trámite de procedimiento abreviado, contra Jesús Carlos , nacido el 22 de Abril de 1950, hijo de Daniel y de Eugenia, natural y vecino de Madrid, con instrucción, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador D. Luis Arredondo Sanz y defendido por el Letrado D. Antonio Ignacio Montesinos Villegas, y contra Gabino , nacido el 24 de Agosto de 1980, hijo de Francisco y Hortensia, natural de Toledo y vecino de Alcobendas, con instrucción, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador D. Emilio Martinez Benitez y asistido del Letrado D. Marino Turiel Gomez,y en la que han sido partes el Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado y la entidad BARING VENTURE PARTNERS S.A., como responsable civil subsidiaria representada por el Procurador D. Emilio Martinez Benitez y asistida del Letrado D. Marino Turiel Gomez, teniendo lugar el juicio el día 16 de Octubre de 2007, siendo Ponente el Presidente de la Sección Ilmo. Sr. D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS, quien expresa el parecer de la Sala.

Antecedentes

PRIMERO.- El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública, previsto y penado en el art. 349 del Código Penal de 1973, en relación con el Impuesto de Sociedades del ejercicio 1994 , del que responde los acusados Gabino y Jesús Carlos , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, solicitando se les impusiera la pena, a cada uno de ellos, de 1 año de prisión menor y suspensión del cargo público y oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, multa de 236.341,15 euros, con arresto sustitutorio de 10 días en caso de impago y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o crédito oficial y del derecho a gozar de beneficios fiscales durante un periodo de tres años, y costas, e indemnización, conjunta y solidaria, a la Hacienda Pública, en la cantidad de 242.459,64 euros, que devengará los intereses de la Ley General Tributaria del art. 58 , así como los intereses procesales del art. 576 de la LEC , declarándose la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad BARING VENTURE PARTNER S.A..

SEGUNDO.- El Abogado del Estado, en el mismo trámite, calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública, previsto y penado en el art. 349 del Código Penal de 1973, en relación con el Impuesto de Sociedades del ejercicio 1994 , del que responde los acusados Gabino y Jesús Carlos , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, solicitando se les impusiera la pena, a cada uno de ellos, de 2 años y 4 meses de prisión, multa del duplo de la cuota defraudada y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un periodo de cuatro años, y costas, e indemnización, conjunta y solidaria, a la Hacienda Pública, en el importe correspondiente a las cuotas de IVA e Impuesto de Sociedades no ingresadas, es decir, la cantidad de 242.459,64 euros, que devengará los intereses de demora correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto por los arts. 36 de la Ley General Presupuestaria y 58 de la Ley General Tributaria y sin perjuicio de la aplicación del art. 576 de la LEC , declarándose la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad BARING VENTURE PARTNER S.A..

TERCERO.- Las Defensas de los acusados y de la entidad responsable civil subsidiaria, en igual trámite, solicitaron la libre absolución de los mismos.

Fundamentos

PROC. ABREV. Nº 3322/2000

ROLLO DE SALA Nº 23/2007

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 40 DE MADRID

S E N T E N C I A Nº 408/2.007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS

D. FRANCISCO JESÚS SERRANO GASSENT

D. JULIAN ABAD CRESPO

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En Madrid, a 17 de Octubre de 2007.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, la causa número 23/07 por un delito contra la Hacienda Pública, procedente del Juzgado de Instrucción nº 40 de Madrid, seguida por el trámite de procedimiento abreviado, contra Jesús Carlos , nacido el 22 de Abril de 1950, hijo de Daniel y de Eugenia, natural y vecino de Madrid, con instrucción, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador D. Luis Arredondo Sanz y defendido por el Letrado D. Antonio Ignacio Montesinos Villegas, y contra Gabino , nacido el 24 de Agosto de 1980, hijo de Francisco y Hortensia, natural de Toledo y vecino de Alcobendas, con instrucción, sin antecedentes penales y en libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador D. Emilio Martinez Benitez y asistido del Letrado D. Marino Turiel Gomez,y en la que han sido partes el Ministerio Fiscal y el Abogado del Estado y la entidad BARING VENTURE PARTNERS S.A., como responsable civil subsidiaria representada por el Procurador D. Emilio Martinez Benitez y asistida del Letrado D. Marino Turiel Gomez, teniendo lugar el juicio el día 16 de Octubre de 2007, siendo Ponente el Presidente de la Sección Ilmo. Sr. D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS, quien expresa el parecer de la Sala.

PRIMERO.- El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública, previsto y penado en el art. 349 del Código Penal de 1973, en relación con el Impuesto de Sociedades del ejercicio 1994 , del que responde los acusados Gabino y Jesús Carlos , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, solicitando se les impusiera la pena, a cada uno de ellos, de 1 año de prisión menor y suspensión del cargo público y oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, multa de 236.341,15 euros, con arresto sustitutorio de 10 días en caso de impago y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o crédito oficial y del derecho a gozar de beneficios fiscales durante un periodo de tres años, y costas, e indemnización, conjunta y solidaria, a la Hacienda Pública, en la cantidad de 242.459,64 euros, que devengará los intereses de la Ley General Tributaria del art. 58 , así como los intereses procesales del art. 576 de la LEC , declarándose la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad BARING VENTURE PARTNER S.A..

SEGUNDO.- El Abogado del Estado, en el mismo trámite, calificó los hechos de autos como constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública, previsto y penado en el art. 349 del Código Penal de 1973, en relación con el Impuesto de Sociedades del ejercicio 1994 , del que responde los acusados Gabino y Jesús Carlos , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, solicitando se les impusiera la pena, a cada uno de ellos, de 2 años y 4 meses de prisión, multa del duplo de la cuota defraudada y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante un periodo de cuatro años, y costas, e indemnización, conjunta y solidaria, a la Hacienda Pública, en el importe correspondiente a las cuotas de IVA e Impuesto de Sociedades no ingresadas, es decir, la cantidad de 242.459,64 euros, que devengará los intereses de demora correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto por los arts. 36 de la Ley General Presupuestaria y 58 de la Ley General Tributaria y sin perjuicio de la aplicación del art. 576 de la LEC , declarándose la responsabilidad civil subsidiaria de la entidad BARING VENTURE PARTNER S.A..

TERCERO.- Las Defensas de los acusados y de la entidad responsable civil subsidiaria, en igual trámite, solicitaron la libre absolución de los mismos.

Que debemos condenar y condenamos a Gabino y a Jesús Carlos , como autores de un delito contra la Hacienda Pública, tipificado en el art. 349 del Código Penal de 1973 y referido al Impuesto de Sociedades de la entidad BARING VENTURE PARTNER S.A., correspondiente al ejercicio de 1994, a las penas, a cada uno de ellos, de UN AÑO DE PRISIÓN MENOR, con la accesoria de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA DE 40.341.890 pts (242.459,64 euros), con arresto sustitutorio de 10 días en caso de impago, y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o crédito oficial y del derecho a gozar de beneficios fiscales durante un periodo de tres años, con abono de las costas de este juicio, por mitad, debiendo indemnizar, conjunta y solidariamente, a la Hacienda Pública, en la suma de 40.341.890 pts (242.459, 64 euros), importe de la cuota defraudada correspondiente al Impuesto de Sociedades de la entidad BARING del Ejercicio de 1994, que devengará los intereses de demora correspondientes incrementados en dos puntos, siendo responsable civil subsidiaria la entidad BARING VENTURE PARTNER S.A.

Así por esta nuestra sentencia, contra la que puede interponerse recurso de casación ante la Sala 2ª del Tribunal Supremo, anunciado dentro del plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de la última notificación, y de la que se llevará certificación al Rollo de Sala, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

Fallo

Que debemos condenar y condenamos a Gabino y a Jesús Carlos , como autores de un delito contra la Hacienda Pública, tipificado en el art. 349 del Código Penal de 1973 y referido al Impuesto de Sociedades de la entidad BARING VENTURE PARTNER S.A., correspondiente al ejercicio de 1994, a las penas, a cada uno de ellos, de UN AÑO DE PRISIÓN MENOR, con la accesoria de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y MULTA DE 40.341.890 pts (242.459,64 euros), con arresto sustitutorio de 10 días en caso de impago, y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones públicas o crédito oficial y del derecho a gozar de beneficios fiscales durante un periodo de tres años, con abono de las costas de este juicio, por mitad, debiendo indemnizar, conjunta y solidariamente, a la Hacienda Pública, en la suma de 40.341.890 pts (242.459, 64 euros), importe de la cuota defraudada correspondiente al Impuesto de Sociedades de la entidad BARING del Ejercicio de 1994, que devengará los intereses de demora correspondientes incrementados en dos puntos, siendo responsable civil subsidiaria la entidad BARING VENTURE PARTNER S.A.

Así por esta nuestra sentencia, contra la que puede interponerse recurso de casación ante la Sala 2ª del Tribunal Supremo, anunciado dentro del plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de la última notificación, y de la que se llevará certificación al Rollo de Sala, la pronunciamos, mandamos y firmamos.

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