Última revisión
27/11/2009
Sentencia Penal Nº 518/2009, Audiencia Provincial de Madrid, Rec 332/2009 de 27 de Noviembre de 2009
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Orden: Penal
Fecha: 27 de Noviembre de 2009
Tribunal: AP - Madrid
Ponente: ALVARO LOPEZ, MARIA CRUZ
Nº de sentencia: 518/2009
Encabezamiento
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MADRID
SENTENCIA: 00518/2009
Rollo de Apelación nº 332/09
Autos de Procedimiento Abreviado J.O. nº 40/08.
Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN PRIMERA
Ilmos. Sres.:
D. Alejandro Mª Benito López
Magistradas:
D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina
Dña. Mª Cruz Alvaro López
En Madrid a veintisiete de noviembre de 2009
Vistos por esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de esta capital en grado de Apelación los presentes Autos J.O. nº 40/08 de Procedimiento Abreviado procedentes del Juzgado de lo Penal nº 27 de los de Madrid seguidos por supuesto delito de robo con fuerza, siendo apelantes Luciano Y Segismundo y parte el Ministerio Fiscal. Ha sido Dña. Mª Cruz Alvaro López.
Antecedentes
PRIMERO.- Por la Sra. Magistrada Juez del indicado Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid se dictó Sentencia el día 12 de febrero de 2009 con los siguientes hechos probados:
"Apreciando en conciencia la prueba practicada, expresa y terminantemente se declara probado que sobre las 4'45 horas del día 25 de Marzo de 2007, los acusados Luciano , mayor de edad, con antecedentes penales no computables en esta causa y Segismundo , mayor de edad y sin antecedentes penales, en compañía de otra persona contra la cual ahora no se dirige la causa, , puestos de común acuerdo con un menor de edad, con la finalidad de obtener un beneficio ilícito, rompieron el cristal de la puerta de acceso al establecimiento Bar Nueva España, sito en en la C/ Real de Collado-Villalba (Madrid), accediendo al interior, rompiendo la maquina rmgaperras y la expendedora de tabaco, sustrayendo varios paquetes de tabaco que nerón posteriormente recuperados.
Los desperfectos ocasionados a la maquina de tabaco, propiedad de la empresa Calisara, SL. son de 1162'46. El propietario del establecimiento no reclama."
Y parte dispositiva: Condeno a los acusados, Segismundo y Luciano ya circunstanciados, como autores penalmente responsables, sin1 concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un k delito de Robo con fuerza a la pena, para cada uno de ellos de prisión de un año, I accesorias interesadas y al pago de las costas procesales por mitad.
La pena privativa de libertad impuesta a Luciano será sustituida de I conformidad con el art. 89 del CP . en relación con la Disposición Adicional 17a de la LO. 19/2003 por la expulsión del territorio nacional por diez años, una vez se acredite de manera fehaciente que es residente ilegal en España.
Debiendo indemnizar conjunta y solidariamente a la empresa Causaría SL. en 1I62'46 ? por los daños en la maquina expendedora de tabaco. Devengando dicha itidad el legal interés prevenido en el art. 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
SEGUNDO.- Notificada la misma, interpusieron recursos de apelación los condenados que fueron admitidos en ambos efectos y tramitados de acuerdo con lo dispuesto en el vigente art. 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal - trámite en el que el Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la sentencia apelada - elevándose las Actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Una vez recibidos los Autos en esta Sección 1ª, formado el Rollo de Apelación nº 332/09 , se pasó la causa al Magistrado Ponente para deliberación y fallo que se llevaron a cabo el día 26 de noviembre de 2009 quedando los Autos vistos para Sentencia.
Fundamentos
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MADRID
SENTENCIA: 00518/2009
Rollo de Apelación nº 332/09
Autos de Procedimiento Abreviado J.O. nº 40/08.
Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN PRIMERA
Ilmos. Sres.:
D. Alejandro Mª Benito López
Magistradas:
D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina
Dña. Mª Cruz Alvaro López
En Madrid a veintisiete de noviembre de 2009
Vistos por esta Sección 1ª de la Audiencia Provincial de esta capital en grado de Apelación los presentes Autos J.O. nº 40/08 de Procedimiento Abreviado procedentes del Juzgado de lo Penal nº 27 de los de Madrid seguidos por supuesto delito de robo con fuerza, siendo apelantes Luciano Y Segismundo y parte el Ministerio Fiscal. Ha sido Dña. Mª Cruz Alvaro López.
PRIMERO.- Por la Sra. Magistrada Juez del indicado Juzgado de lo Penal nº 27 de Madrid se dictó Sentencia el día 12 de febrero de 2009 con los siguientes hechos probados:
"Apreciando en conciencia la prueba practicada, expresa y terminantemente se declara probado que sobre las 4'45 horas del día 25 de Marzo de 2007, los acusados Luciano , mayor de edad, con antecedentes penales no computables en esta causa y Segismundo , mayor de edad y sin antecedentes penales, en compañía de otra persona contra la cual ahora no se dirige la causa, , puestos de común acuerdo con un menor de edad, con la finalidad de obtener un beneficio ilícito, rompieron el cristal de la puerta de acceso al establecimiento Bar Nueva España, sito en en la C/ Real de Collado-Villalba (Madrid), accediendo al interior, rompiendo la maquina rmgaperras y la expendedora de tabaco, sustrayendo varios paquetes de tabaco que nerón posteriormente recuperados.
Los desperfectos ocasionados a la maquina de tabaco, propiedad de la empresa Calisara, SL. son de 1162'46. El propietario del establecimiento no reclama."
Y parte dispositiva: Condeno a los acusados, Segismundo y Luciano ya circunstanciados, como autores penalmente responsables, sin1 concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, de un k delito de Robo con fuerza a la pena, para cada uno de ellos de prisión de un año, I accesorias interesadas y al pago de las costas procesales por mitad.
La pena privativa de libertad impuesta a Luciano será sustituida de I conformidad con el art. 89 del CP . en relación con la Disposición Adicional 17a de la LO. 19/2003 por la expulsión del territorio nacional por diez años, una vez se acredite de manera fehaciente que es residente ilegal en España.
Debiendo indemnizar conjunta y solidariamente a la empresa Causaría SL. en 1I62'46 ? por los daños en la maquina expendedora de tabaco. Devengando dicha itidad el legal interés prevenido en el art. 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
SEGUNDO.- Notificada la misma, interpusieron recursos de apelación los condenados que fueron admitidos en ambos efectos y tramitados de acuerdo con lo dispuesto en el vigente art. 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal - trámite en el que el Ministerio Fiscal solicitó la confirmación de la sentencia apelada - elevándose las Actuaciones a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Una vez recibidos los Autos en esta Sección 1ª, formado el Rollo de Apelación nº 332/09 , se pasó la causa al Magistrado Ponente para deliberación y fallo que se llevaron a cabo el día 26 de noviembre de 2009 quedando los Autos vistos para Sentencia.
Que ESTIMANDO el recurso de apelación planteado por la representación procesal de Luciano Y Segismundo contra la Sentencia de la Sra. Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal nº 27 de los de Madrid de fecha 12 de febrero de 2009 , procede REVOCAR íntegramente la misma y acordar en su lugar ABSOLVER a los acusados del delito de robo con fuerza por el que venían siendo acusados, con declaración de oficio de las costas de dicho procedimiento y de las de esta alzada, debiendo dejar sin efecto las medidas cautelares que sobre los mismos pesaran
Notifíquese y devuélvanse los Autos originales al Juzgado de procedencia con Certificación de esta Resolución.
Así, por esta Sentencia, de la que se llevará Certificación al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
Fallo
Que ESTIMANDO el recurso de apelación planteado por la representación procesal de Luciano Y Segismundo contra la Sentencia de la Sra. Magistrada Juez del Juzgado de lo Penal nº 27 de los de Madrid de fecha 12 de febrero de 2009 , procede REVOCAR íntegramente la misma y acordar en su lugar ABSOLVER a los acusados del delito de robo con fuerza por el que venían siendo acusados, con declaración de oficio de las costas de dicho procedimiento y de las de esta alzada, debiendo dejar sin efecto las medidas cautelares que sobre los mismos pesaran
Notifíquese y devuélvanse los Autos originales al Juzgado de procedencia con Certificación de esta Resolución.
Así, por esta Sentencia, de la que se llevará Certificación al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe.
DILIGENCIA: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe.
