Sentencia Penal Nº 569/20...re de 2009

Última revisión
14/09/2009

Sentencia Penal Nº 569/2009, Audiencia Provincial de Girona, Rec 544/2009 de 14 de Septiembre de 2009

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Orden: Penal

Fecha: 14 de Septiembre de 2009

Tribunal: AP - Girona

Ponente: JAEN VALLEJO, MANUEL MARIA

Nº de sentencia: 569/2009


Encabezamiento

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA (PENAL)

GIRONA

ROLLO DE APELACIÓN PENAL Nº 544/2009

Causa núm. 180/2006

JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE GIRONA

DELITO CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES (arts. 316 y 317 CP ): delito de infracción de deber; responsabilidad del administrador; absolución

por falta de motivación de la subsunción bajo el tipo penal aplicado

DELITO DE LESIONES POR IMPRUDENCIA GRAVE (arts. 152.1.1º CP y 11 CP)

SENTENCIA Nº 569/09

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE:

DÑA. FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO

MAGISTRADOS:

D. MANUEL JAÉN VALLEJO

D. JOSÉ ANTONIO SORIA CASAO

En Girona a 14 de septiembre de 2009.

VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 8-5-2009 por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Girona, en la causa nº 180/2006 seguida por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, habiendo sido parte recurrente Nazario y "Sant Fost Obres i Serveis, S.L.", representados por la procuradora Dña. Zaida Juandó Trías, y parte recurrida el Ministerio Fiscal, actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL JAÉN VALLEJO.

Antecedentes

PRIMERO.- En la indicada sentencia se dictó el Fallo que transcrito literalmente es como sigue: "Que debo condenar y condeno a Nazario , como autor responsable de un delito contra los derechos de los trabajadores, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a la pena de multa de seis meses, con una cuota diaria de 10 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y como autor de un delito de lesiones por imprudencia grave, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de siete arrestos de fin de semana y la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. En el orden civil el acusado indemnizará al Sr. Carlos Antonio en la suma de 5.100 euros, que devengará el interés legal del art. 576 LECivil , declarando la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa Sant Fost Obres i Serveis S. L. (...)".

SEGUNDO.- El recurso se interpuso en legal tiempo y forma por la representación de Nazario y "Sant Fost i Serveis, S.L.", contra la Sentencia de fecha 8-5-2009, con los fundamentos que se expresan en el mismo.

TERCERO.- Se han cumplido los trámites establecidos en el artículo 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

CUARTO.- Se acepta el "factum" de la sentencia apelada."

Fundamentos

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA (PENAL)

GIRONA

ROLLO DE APELACIÓN PENAL Nº 544/2009

Causa núm. 180/2006

JUZGADO DE LO PENAL Nº 4 DE GIRONA

DELITO CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES (arts. 316 y 317 CP ): delito de infracción de deber; responsabilidad del administrador; absolución

por falta de motivación de la subsunción bajo el tipo penal aplicado

DELITO DE LESIONES POR IMPRUDENCIA GRAVE (arts. 152.1.1º CP y 11 CP)

SENTENCIA Nº 569/09

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE:

DÑA. FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO

MAGISTRADOS:

D. MANUEL JAÉN VALLEJO

D. JOSÉ ANTONIO SORIA CASAO

En Girona a 14 de septiembre de 2009.

VISTO ante esta Sala el presente recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en fecha 8-5-2009 por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Girona, en la causa nº 180/2006 seguida por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, habiendo sido parte recurrente Nazario y "Sant Fost Obres i Serveis, S.L.", representados por la procuradora Dña. Zaida Juandó Trías, y parte recurrida el Ministerio Fiscal, actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL JAÉN VALLEJO.

PRIMERO.- En la indicada sentencia se dictó el Fallo que transcrito literalmente es como sigue: "Que debo condenar y condeno a Nazario , como autor responsable de un delito contra los derechos de los trabajadores, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a la pena de multa de seis meses, con una cuota diaria de 10 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y como autor de un delito de lesiones por imprudencia grave, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de siete arrestos de fin de semana y la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. En el orden civil el acusado indemnizará al Sr. Carlos Antonio en la suma de 5.100 euros, que devengará el interés legal del art. 576 LECivil , declarando la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa Sant Fost Obres i Serveis S. L. (...)".

SEGUNDO.- El recurso se interpuso en legal tiempo y forma por la representación de Nazario y "Sant Fost i Serveis, S.L.", contra la Sentencia de fecha 8-5-2009, con los fundamentos que se expresan en el mismo.

TERCERO.- Se han cumplido los trámites establecidos en el artículo 790 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

CUARTO.- Se acepta el "factum" de la sentencia apelada."

ESTIMAR EN PARTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR D. Nazario y SANT FOST OBRES I SERVEIS, S. L., bajo la representación de la Procuradora Dña. Zaida Juandó Trías, contra la Sentencia dictada en fecha 8-5-2009 por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Girona, en la causa núm. 180/2006 , de la que este rollo dimana, ABSOLVIENDO A D. Nazario DEL DELITO CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES por el que estaba acusado y condenado en la instancia, confirmándose la resolución recurrida en los demás pronunciamientos, en lo que no contradiga el presente fallo, en particular los atinentes a la condena por un delito de lesiones por imprudencia grave y responsabilidad civil, con declaración de oficio de las costas de la alzada.

Líbrense certificaciones de la presente resolución para su unión al Rollo de su razón y remisión al Juzgado de su procedencia, junto con las actuaciones originales.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, D. MANUEL JAÉN VALLEJO, en audiencia pública y en el mismo día de su fecha, a presencia de mí, la Secretaría, de lo que doy fe.

Fallo

ESTIMAR EN PARTE EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR D. Nazario y SANT FOST OBRES I SERVEIS, S. L., bajo la representación de la Procuradora Dña. Zaida Juandó Trías, contra la Sentencia dictada en fecha 8-5-2009 por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Girona, en la causa núm. 180/2006 , de la que este rollo dimana, ABSOLVIENDO A D. Nazario DEL DELITO CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES por el que estaba acusado y condenado en la instancia, confirmándose la resolución recurrida en los demás pronunciamientos, en lo que no contradiga el presente fallo, en particular los atinentes a la condena por un delito de lesiones por imprudencia grave y responsabilidad civil, con declaración de oficio de las costas de la alzada.

Líbrense certificaciones de la presente resolución para su unión al Rollo de su razón y remisión al Juzgado de su procedencia, junto con las actuaciones originales.

Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, D. MANUEL JAÉN VALLEJO, en audiencia pública y en el mismo día de su fecha, a presencia de mí, la Secretaría, de lo que doy fe.

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