Última revisión
10/01/2013
Sentencia Penal Nº 585/2011, Audiencia Provincial de Girona, Sección 3, Rec 31/2011 de 18 de Noviembre de 2011
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 158 min
Orden: Penal
Fecha: 18 de Noviembre de 2011
Tribunal: AP - Girona
Ponente: LOSADA JAEN, SONIA
Nº de sentencia: 585/2011
Núm. Cendoj: 17079370032011100305
Encabezamiento
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA
SECCIÓN TERCERA (PENAL)
ROLLO Núm. 31/2011
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 8/2010
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 1 DE OLOT
SENTENCIA NÚM. 585/2011
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE
Dña. FÁTIMA RAMÍREZ SOUTO
MAGISTRADOS
Dña. CARME CAPDEVILA SALVAT
Dña. SONIA LOSADA JAÉN
En la ciudad de Girona a, dieciocho de noviembre de dos mil once.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Girona, integrada por los Ilmos. Sres. anteriormente indicados, ha visto en juicio oral y público el rollo número 31/2011, dimanante del procedimiento Abreviado 8/2010, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Núm. 1 de los de Olot, por delito de estafa y falsificación documental, contra los acusados, Dña. Justa , con D.N.I. NUM000 , mayor de edad en cuanto que nacida el día 4 de febrero de 1959, hija de Enrique y Teresa, natural de Sant Joan les Fonts (Girona), sin antecedentes penales, en situación de prisión provisional comunicada y sin fianza por esta causa desde el 15 de junio de 2007 hasta el 28 de mayo de 2008, representada por el Procurador de los Tribunales, D. Francesc de Bolós Pi y defendida por el Letrado, D. Santiago Aubanell; y contra D. Agustín , con D.N.I. NUM001 , mayor de edad en cuanto que nacido el día 7 de marzo de 1955, hijo de Miguel y Carmen, natural de Tánger (Marruecos), sin antecedentes penales, y en situación de libertad provisional por esta causa, representado por el Procurador de los Tribunales, Dña. Elisenda Pascual y asistido del Letrado D. Pau Vila. Ha ejercido la acusación particular, D. Braulio , representado por el Procurador de los Tribunales D. Joan Ros y asistido del Letrado D. Joan Cañada. Ha intervenido el Ministerio Fiscal en representación de la acción pública.
Ha sido Ponente, Dña. SONIA LOSADA JAÉN, quien expresa el parecer unánime del Tribunal.
Antecedentes
PRIMERO.- Las presentes actuaciones tienen su génesis en las diligencias policiales registradas con el número 120203/2007, de la Unidad de Investigación del Cuerpo de la Policía de la Generalitat de Catalunya, Mossos d'Esquadra, que tuvieron entrada en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de Olot, en fecha 12 de marzo de 2007, que dieron lugar a las Diligencias Previas del Procedimiento Abreviado 133/2007. Por Auto de fecha 19 de marzo de 2010, se acordó la acomodación del procedimiento a los trámites del Abreviado, acordándose la apertura del Juicio Oral por Auto de fecha 13 de diciembre de 2010 y, siguiéndose su tramitación hasta el señalamiento a juicio, que tuvo lugar el día 9 de noviembre del presente año en curso.
SEGUNDO.-I.- El Ministerio Público en sus conclusiones principales definitivas, calificó los hechos en relación a la persona de Dña. Justa , como constitutivos de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa, de los arts. 390 , 392 , 74 , 77 , 248 y 250.1.2 º y 5º (según redacción dada por la LO 5/2010 ), o alternativamente un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de apropiación indebida en su modalidad de gestión desleal, de los artículos 390 , 392 , 74 , 77 , 252 y 250.1.2 º y 5º (según redacción dada por la LO 5/2010 ). En relación a D. Agustín , calificó los hechos como constitutivos de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa, de los arts. 390 , 392 , 74 , 77 , 248 y 250.1.5º (según redacción dada por la LO 5/2010 ), o alternativamente un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de apropiación indebida, de los artículos 390 , 392 , 74 , 77 , 252 y 250.1 y 5º (según redacción dada por la LO 5/2010 ).
En la versión alternativa introducida, mantuvo idénticas calificaciones.
En relación a la persona de Dña. Justa , interesaba la imposición de una pena de 4 años, 9 meses y 1 día y multa de 11 meses con una cuota diaria de 6€, además de las costas, incluyendo las de la acusación particular.
En relación a la persona de D. Agustín , interesaba la imposición de una pena de 4 años y multa de 10 meses con una cuota diaria de 6€, incluyendo las de la acusación particular.
En concepto de responsabilidad civil interesaba que los acusados conjunta y solidariamente abonaran a D. Braulio , la cantidad de 450.631,68€.
II.- La acusación particular, calificó los hechos en idéntico sentido al Ministerio Fiscal, manteniendo la agravación específica del número 2 del artículo 250.1 CP , en relación a la persona de D. Agustín , no solicitada por el Ministerio Público.
Como penas, solicitaba se impusiera a la Sra. Justa la de 7 años de prisión y multa de 21 meses con una cuota diaria de 15€, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y a D. Agustín , la pena de 5 años de prisión y multa de diez meses, con una cuota diaria de 15€, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
En cuanto a la responsabilidad civil interesaba que los acusados indemnizaran conjunta y solidariamente a Tints i Acabats campos, S.L. y a D. Braulio , en idéntica cantidad que la solicitada por el Ministerio Fiscal. Todo ello con imposición de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
III.- La defensa de Dña. Justa , calificó los hechos como constitutivos de un delito continuado de estafa del artículo 248.1 CP , en relación con el artículo 250.1.6 en concurso medial del artículo 77 CP , con un delito de falsificación en documento mercantil cometido por particular previsto en el artículo 390.1.1º, en relación con el artículo 392 CP , con la concurrencia de la eximente incompleta de estado de necesidad del art. 20.5 CP en relación con el art. 21.1 del mismo cuerpo legal . Alternativamente, entendía concurrían las circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal de estado de necesidad, dilaciones indebidas, arrepentimiento y confesión de la infracción a las autoridades. Interesaba como pena la de un año de prisión y multa de seis meses a razón de 3€ diarios. En concepto de responsabilidad civil, entendía procedente que la acusada respondiera de la cantidad que se fijara en Sentencia como importe de lo defraudado a la entidad Tints i Acabats Campos, S.L.
IV.- La defensa de Agustín , interesó con carácter principal la libre absolución del mismo. Alternativamente, entendía que los hechos relacionados en su conclusión primera, serían constitutivos de un delito continuado de estafa del artículo 250 CP en concurso con un delito continuado de falsedad documental, del que debería responder el Sr. Agustín en concepto de cómplice, art. 29 CP , siendo procedente la imposición de uan pena de un año y nueve meses de prisión y nueve meses multa con una cuota diaria de tres euros diarios.
Tras ello, quedaron las actuaciones conclusas para dictar sentencia.
Hechos
Aproximadamente en el año 2.003 la entidad mercantil Tints i Acabats Campos, S.L., con domicilio social en la Carretera Parcel laria número 5, de la localidad de Les Preses, contrató los servicios en régimen de trabajadora autónoma de Dña. Justa , mayor de edad y sin antecedentes penales, para ejercer labores de contabilidad y gestión administrativa de dicha empresa y, en concreto a la Sra. Justa le fue encomendada entre otras tareas la preparación de cheques y pagarés para efectuar pagos en nombre y por cuenta de la empresa, siéndole entregados tales títulos cambiarios por D. Braulio , administrador y legal representante de la sociedad mercantil.
Así las cosas, los esposos, Dña. Justa y D. Agustín , mayor de edad y sin antecedentes penales, puestos previamente y de común acuerdo con la intención de obtener un beneficio patrimonial ilícito a costa de bienes ajenos, y aprovechando la circunstancia que la acusada trabajaba en la empresa Tints i Acabats Campos, S.L. por lo que tenía acceso a los talonarios de cheques, pagarés y extractos de las cuentas corrientes, de la referida mercantil, siendo ayudada en sus tareas por su marido, desde el día 1 de abril de 2.004 hasta el día 24 de febrero de 2.007, emitieron y manipularon los cheques y/o pagarés, hasta un total de 423, que se dirán, a nombre de la entidad mercantil Tints i Acabats Campos, S.L., de operaciones mercantiles inexistentes.
D. Agustín , entre el mes de enero del año 2006 hasta el mes de septiembre del mismo año, firmó 83 títulos valores, que no obedecían a operación mercantil alguna, simulando por imitación la firma auténtica de D. Braulio , por importe de 193.936,03€. Los 340 efectos mercantiles restantes, que no obedecían tampoco a operaciones reales, suponían un montante de 256.695,65€.
El dinero obtenido con dicha mecánica, de la entidad mercantil Tints i Acabats Campos, S.L., fueron destinados o bien a las cuentas de la titularidad conjunta de los acusados Justa y Agustín , o bien a otras cuentas titularidad de la acusada Justa , o a la cuenta de la titularidad de D. Agustín . Dichos cheques y/o pagares no reflejaban operaciones mercantiles reales, creando para ello, a partir del año 2006, facturas ficticias dado que no se correspondían a ninguna actividad ni operación comercial que se hubiera efectuado.
En concreto, se trata de 423 cheques y/o pagarés con un montante total de 450.631'68 €, de manera que quedaron confeccionados aparentemente:
1- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 1 de abril de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 992,53 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
2- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 7 de abril de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 551,00 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
3- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 21 de abril de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 655,14 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
4- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 10 de mayo de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 533,38 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
5- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 10 de mayo de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 764,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
6- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 14 de mayo de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 877,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
7- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 21 de mayo de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 897,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
8- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 25 de mayo de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 862,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
9- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 7 de junio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 928,25 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
10- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 8 de junio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.116,17 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
11- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 11 de junio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.033,27 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
12- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 15 de junio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 993,44 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
13- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 18 de junio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 748,76 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
14- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 28 de junio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.078,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
15- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 1 de julio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.240,84 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
16- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 7 de julio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 875,45 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
17- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 13 de julio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 843,76 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
18- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 19 de julio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 876,42 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
19- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 20 de julio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 777,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
20- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 23 de julio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 593,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
21- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 26 de julio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 483,44 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
22- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 27 de julio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.113,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
23- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 28 de julio de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 574,20 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Herminio en la Caixa d'Estalvis de Catalunya.
24- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 3 de agosto de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 784,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
25- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 3 de agosto de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 975,35 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
26- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 3 de agosto de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 783,74 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
27- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 9 de agosto de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 543,53 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
28- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 11 de agosto de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 903,44 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
29- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 17 de agosto de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 873,45 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
30- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 23 de agosto de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 481,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
31- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 25 de agosto de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.015,53 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
32- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 31 de agosto de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 743,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
33- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 3 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 880,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
34- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 6 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 638,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
35- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 7 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.344,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
36- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 10 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 648,53 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
37- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 13 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 435,43 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
38- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 15 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 867,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
39- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 17 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 578,45 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
40- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 22 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 633,58 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
41- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 23 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 473,46 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
42- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 24 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 888,34 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
43- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 29 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 343,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
44- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 29 de septiembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 947,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
45- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 1 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 638,90 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
46- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 5 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 643,53 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
47- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 5 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 987,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
48- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 6 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.047,57 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
49- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 8 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 543,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
50- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 11 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 625,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
51- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 15 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 768,54 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
52- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 15 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 894,54 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
53- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 18 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 475,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
54- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 19 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 973,84 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
55- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 21 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.247,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
56- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 26 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 483,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
57- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 28 de octubre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.175,98 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
58- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 2 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 687,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
59- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 2 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 598,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
60- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 5 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 743,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
61- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 5 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.389,72 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell
62- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 9 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 845,36 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
63- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 9 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 367,45 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
64- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 11 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 596,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
65- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 19 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 743,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
66- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 19 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 648,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
67- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 19 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 946,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
68- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 25 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.743,00 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
69- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 30 de noviembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 743,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
70- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de diciembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.435,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
71- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 10 de diciembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 775,50 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
72- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 13 de diciembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 587,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
73- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de diciembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.245,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
74- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de diciembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 874,78 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
75- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 22 de diciembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 745,57 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
76- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 27 de diciembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 675,57 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
77- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 29 de diciembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 547,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
78- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de diciembre de 2.004, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 873,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
79- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 3 de enero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.215,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
80- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de enero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.363,65 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
81- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 17 de enero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.347,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
82- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 20 de enero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 983,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
83- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 28 de enero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.385,65 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
84- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 31 de enero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 967,58 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
85- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 2 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.278,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
86- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 4 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.646,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
87- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 7 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 878,58 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
88- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 8 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 748,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
89- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 14 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.015,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
90- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 15 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.875,83 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
91- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 18 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.088,57 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
92- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 21 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.111,65 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
93- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 25 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 887,58 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
94- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 28 de febrero de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 668,76 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
95- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 4 de marzo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 985,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
96- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 8 de marzo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 738,57 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
97- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 10 de marzo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 968,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
98- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de marzo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.015,50 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Popular.
99- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de marzo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.788,32 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
100- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de marzo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 978,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
101- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de marzo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 724,69 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
102- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de marzo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 798,58 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco Popular.
103- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 22 de marzo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.886,83 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
104- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 4 de abril de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 987,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
105- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 7 de abril de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.486,32 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
106- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 8 de abril de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 986,57 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
107- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 15 de abril de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.978,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
108- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 18 de abril de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.683,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
109- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 20 de abril de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.178,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
110- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 22 de abril de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.286,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
111- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 25 de abril de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 548,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco de Santander.
112- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 3 de mayo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 868,57 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
113- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 12 de mayo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 638,65 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
114- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de mayo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.063,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
115- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 20 de mayo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.778,89 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
116- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 20 de mayo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.650,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco de Santander.
117- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de mayo de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.878,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
118- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 1 de junio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 883,84 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
119- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 13 de junio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.178,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
120- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de junio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.155,63 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
121- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de junio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.578,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
122- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 20 de junio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.365,80 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
123- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de julio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.378,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
124- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 7 de julio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.185,10 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
125- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de julio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.238,50 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
126- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de julio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.880,77 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
127- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 20 de julio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.368,73 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
128- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 28 de julio de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.978,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
129- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de agosto de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.598,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
130- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 8 de agosto de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.550,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
131- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 9 de agosto de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 779,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco de Santander.
132- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de agosto de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.088,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
133- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 24 de agosto de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 652,36 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
134- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 1 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 779,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
135- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 2 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.068,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
136- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.896,54 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
137- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.255,69 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
138- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 19 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.689,76 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
139- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 20 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.158,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
140- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 22 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.115,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
141- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 26 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 886,72 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
142- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 738,25 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
143- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 29 de septiembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.246,78 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
144- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.479,35 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
145- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 6 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.679,83 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
146- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.574,82 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
147- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.364,25 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
148- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.473,89 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
149- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 20 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.962,35 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
150- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 22 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.834,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
151- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 25 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.789,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
152- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 26 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.128,20 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
153- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 28 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.532,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
154- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de octubre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.323,67 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
155- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.218,47 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
156- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 3 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.098,36 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
157- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 3 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.389,45 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
158- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.473,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
159- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 8 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.723,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
160- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 9 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.343,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
161- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 10 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.364,25 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
162- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 983,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
163- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.992,78 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
164- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.589,45 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
165- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.278,35 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
166- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 19 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.473,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
167- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.138,63 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
168- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 24 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.962,35 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
169- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 25 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 968,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
170- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.338,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
171- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 30 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.963,55 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
172- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 30 de noviembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.673,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
173- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.073,25 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
174- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.411,58 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
175- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 5 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 542,57 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa en el Banco de Santander.
176- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 9 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.423,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
177- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 13 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.793,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
178- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 15 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.587,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
179- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 16 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.689,23 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
180- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 20 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.278,65 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
181- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 27 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 953,36 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
182- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 27 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.732,63 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
183- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 28 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.743,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
184- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 30 de diciembre de 2.005, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.758,24 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
185- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 4 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.078,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
186- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 4 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 957,03 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
187- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 7 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 826,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
188- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.073,25 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
189- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 16 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.642,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
190- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 16 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 884,38 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
191- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 16 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.994,32 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
192- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 16 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.880,52 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
193- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 17 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.702,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
194- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 23 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.813,14 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
195- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 23 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 963,76 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
196- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 24 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.312,77 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
197- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 31 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.478,63 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
198- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 31 de enero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 723,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
199- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 973,86 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
200- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 4 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 873,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
201- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 9 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.093,12 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell (folios 89 y 1.272, 1369).
202- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 878,63 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
203- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.568,15 euros. Dicho pagaré fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho pagaré fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
204- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.852,63 euros. Dicho pagaré fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
205- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.395,14 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
206- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 689,52 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
207- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.638,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
208- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 24 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 853,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
209- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de febrero de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.473,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
210- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 1 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.718,36 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
211- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 843,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
212- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.114,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
213- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 9 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.138,45 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
214- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.010,05 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
215- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.112,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
216- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.987,52 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
217- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.693,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
218- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.415,63 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
219- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.287,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
220- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 22 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.583,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
221- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 25 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.183,03 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
222- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 28 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.906,78 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
223- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 31 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.602,13 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
224- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 31 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 889,07 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
225- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 31 de marzo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 893,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
226- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 3 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.387,89 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
227- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 3 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.006,86 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
228- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.483,77 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa (folio 826) y firmado por Agustín .
229- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 663,73 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
230- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.213,73 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
231- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 6 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 602,37 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
232- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 7 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.539,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
233- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 7 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 921,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
234- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 12 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 708,06 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
235- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 20 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.745,23 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
236- Pagaré de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 20 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.373,89 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
237- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 27 de abril de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.406,38 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
238- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 2 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.138,63 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
239- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 4 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 998,76 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
240- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.287,06 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
241- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 853,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
242- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 12 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.983,09 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
243- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 15 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.803,17 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
244- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.612,38 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
245- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.836,32 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
246- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 453,73 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
247- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 961,45 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
248- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 778,97 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
249- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 22 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 984,77 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
250- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 23 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.203,84 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
251- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 25 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 783,53 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
252- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 25 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 818,38 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
253- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 802,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
254- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 31 de mayo de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.138,63 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín (folio 1.178).
255- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.368,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
256- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 6 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 632,13 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
257- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 6 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 718,07 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
258- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 6 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 983,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
259- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 8 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 643,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
260- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 8 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.139,70 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
261- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 12 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 927,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
262- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 725,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
263- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.010,86 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
264- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 20 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 983,36 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
265- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 20 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.342,75 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
266- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 868,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
267- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 23 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 528,09 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
268- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 23 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 906,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
269- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 26 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 981,01 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
270- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 668,02 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
271- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 623,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
272- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de junio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 943,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
273- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 3 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 678,73 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
274- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 3 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.218,06 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
275- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 738,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
276- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.027,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
277- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 821,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
278- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 6 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 821,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
279- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 6 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 993,73 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
280- Cheque de la entidad bancaria Bankinter, emitido en fecha 7 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 743,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
281- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 10 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 687,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
282- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 12 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 835,17 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
283- Pagaré de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 14 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.686,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
284- Pagaré de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 17 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.878,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
285- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 863,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
286- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.046,07 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
287- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 825,63 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
288- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 20 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 473,65 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
289- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 634,86 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
290- Pagaré de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 25 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.198,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
291- Pagaré de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 28 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 718,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
292- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 31 de julio de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 483,60 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
293- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 1 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 876,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
294- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 1 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.038,68 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
295- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 1 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 715,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
296- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 2 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 956,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
297- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 4 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 548,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
298- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 897,10 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
299- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 698,12 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
300- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 433,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
301- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 8 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 715,05 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
302-Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 8 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 818,01 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
303- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 8 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 603,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
304- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 8 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 386,02 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
305- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 9 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 658,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
306- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 923,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
307- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 11 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 462,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco Popular.
308- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 486,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa (folio 826) y firmado por Agustín .
309- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 23 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 853,13 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
310- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de agosto de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 881,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
311- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.146,07 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
312- Pagaré de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 13 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.351,26 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
313- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 15 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 983,52 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
314- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 836,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
315- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 943,07 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
316- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 738,54 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
317- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 394,98 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
318- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 583,60 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
319- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 25 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 682,40 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
320- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 26 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 403,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
321- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 26 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 821,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
322- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 26 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 937,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
323- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 453,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
324- Pagaré de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 968,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell. Dicho cheque fue escrito por Justa y firmado por Agustín .
325- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de septiembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.198,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
326- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 683,01 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
327- Cheque de la entidad bancaria Banco de Sabadell, emitido en fecha 5 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 580,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
328- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 836,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
329- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 9 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 578,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
330- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 821,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
331- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 943,08 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
332- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.384,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
333- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.678,56 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
334- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.933,07 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
335- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 903,28 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
336- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.138,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
337- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.415,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
338- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.804,06 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
339- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 20 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.421,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
340- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 586,17 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
341- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 21 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 716,99 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
342- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 25 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 773,95 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
343- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 25 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 683,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
344- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 536,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
345- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 28 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 993,13 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
346- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 30 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 888,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
347- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 31 de octubre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 637,10 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell (folios 100, 1.058 y 1.083, 1375).
348- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 607,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell .
349- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.133,07 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
350- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 3 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 373,77 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
351- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 3 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 981,45 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
352- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 6 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 571,84 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
353- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 6 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 637,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell (folios 100R, 1.014 y 1.018, 1375).
354- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 9 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 425,17 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
355- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 9 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 832,13 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
356- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 10 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.819,22 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
357- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 646,13 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
358- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 13 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.610,01 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
359- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.545,23 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
360- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 684,12 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
361- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 968,17 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
362- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.381,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
363- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 748,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
364- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 830,26 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
365- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.408,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
366- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.116,23 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
367- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 637,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
368- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 438,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
369- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de noviembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 577,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
370- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 418,06 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Agustín en la Caixa d'Estalvis de Tarragona.
371- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 543,10 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Agustín en la Caixa d'Estalvis de Tarragona.
372- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 132,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
373- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 361,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
374- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 4 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 773,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
375- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.876,93 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
376- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 14 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 2.224,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
377- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 773,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
378- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 371,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
379- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 876,28 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
380- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 15 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.102,46 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
381- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 456,17 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
382- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 731,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
383- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 518,84 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
384- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 658,33 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
385- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 18 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 818,06 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
386- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 19 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 443,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
387- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 19 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 503,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
388- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 19 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 891,10 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
389- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 20 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 345,36 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
390- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 23 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 418,21 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
391- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 23 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 494,60 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
392- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 23 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 503,03 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell (folios 103, 1.058 y 1.064, 1376).
393- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 23 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 531,12 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
394- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 23 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 684,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
395- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 987,88 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
396- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 27 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 568,91 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
397- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 583,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
398- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 29 de diciembre de 2.006, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 928,66 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
399- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 593,21 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
400- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 2 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 678,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
401- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 873,21 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
402- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 660,01 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
403- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.284,17 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
404- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 11 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 615,06 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
405- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.327,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
406- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 1.519,21 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
407- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 22 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 743,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
408- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 22 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 831,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
409- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 22 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 987,15 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
410- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 30 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 463,21 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
411- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 30 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 591,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
412- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 30 de enero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 375,16 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
413- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 1 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 498,02 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
414- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 1 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 531,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
415- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 678,17 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
416- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 5 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 553,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
417- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 10 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 883,19 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
418- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 16 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 618,23 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
419- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 841,06 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
420- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 17 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 991,18 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
421- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 22 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 691,13 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad de Justa en el Banco de Santander.
422- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 24 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 638,11 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
423- Cheque de la entidad bancaria Banco Popular, emitido en fecha 24 de febrero de 2.007, por la entidad mercantil Tints i Acabats, S.L., por importe de 773,12 euros. Dicho cheque fue ingresado en la cuenta de la titularidad conjunta de Justa y Agustín en el Banco de Sabadell.
En definitiva, 17.269,68 € se ingresaron en la cuenta NUM002 de la titularidad de Dña. Justa en la entidad bancaria Banco de Santander; 6.487,31 euros se ingresaron en la cuenta NUM003 de la titularidad de Dña. Justa en la entidad bancaria Banco Bilbao Vizcaya Argentaria; 11.908,40 euros se ingresaron en la cuenta NUM004 de la titularidad de Dña. Justa en la entidad bancaria Banco Popular Español; 574,20 euros se ingresaron en la cuenta NUM005 de la titularidad de Justa y D. Herminio en la caja de ahorros Caixa Catalunya; 961,16 euros se ingresaron en la cuenta NUM006 de la titularidad de Agustín , y 37.200,75 euros se ingresaron en las cuentas NUM007 , NUM008 y NUM009 , de la titularidad conjunta de Justa y Agustín .
Fundamentos
PRIMERO.- Esta Sala entiende que los hechos declarados probados son constitutivos de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, como medio para cometer un delito continuado de estafa, previstos y penados, respectivamente, en los artículos 392, en relación con el 390 ; 248.1 y 250.1.2 º y 5º, en relación con los artículos 74 y 77, todos del Código Penal .
De la prueba practicada en el acto del plenario se deriva, sin ningún género de duda, que la acusada, Dña. Justa , encargada de la contabilidad de la empresa Tints i Acabats Campos, S.L., cuando sucedieron los hechos, y su marido D. Agustín , realizaron la conducta descrita, referente a imitar la firma del administrador de la sociedad D. Braulio en los efectos mercantiles -cheques/pagarés-, que luego fueron cobrados y que no respondían a operación comercial alguna. Asimismo, resultó acreditado que la acusada, Sra. Justa , aprovechó que alguno de los efectos mercantiles aludidos habían sido firmados por D. Braulio creyendo que servirían para pagar facturas de proveedores, cuando en realidad la Sra. Justa y el Sr. Agustín hacían propio el importe de los mismos.
En el acto del plenario, la acusada, Dña. Justa , reconoció, bien con los matices a los que después se aludirá que llevó a cabo la conducta descrita, reconociendo asimismo que los efectos mercantiles no respondían a operación comercial alguna. La Sra. Justa , explicitó inclusive la mecánica utilizada para imitar la firma del Sr. Braulio , consistiendo en su calco y posterior estampación por su persona. No obstante el referido reconocimiento -como se ha señalado anteriormente-, se efectuó con reservas, señalando que dicha mecánica comisiva únicamente la desarrolló en aproximadamente cien cheques, estimando la cuantía obtenida de forma ilícita en ciento cincuenta mil euros, circunstancia que no puede acogerse como verídica o real, pues ello pugna frontalmente con los distintos informes periciales obrantes en la causa, y en concreto el diáfano, pormenorizado y exhaustivo elaborado por el perito, D. Ángel Daniel , en el que se concreta de forma absolutamente contrastada todos los pagos sin factura recibida -es decir que no obedecían a operaciones comerciales reales-, que fueron atendidos por la entidad para la que trabajaba la acusada, habiéndose podido objetivar, que la cantidad de la que se ha obtenido evidencia de ingreso en cuentas bancarias con titularidad de los acusados asciende a cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y un euros con sesenta y ocho céntimos (450.631,68€), -folio 1357 y sigs-. No existe duda que alguno de los efectos, sin que se haya podido concretar cuantos, habían sido firmados por el propio Sr. Braulio , pues tal y como reconoció la Sra. Justa , alguno de los efectos eran rellenados y posteriormente se presentaban al Sr. Braulio para su firma, quien ante la confianza que le merecía la labor realizada por al acusada, los firmaba. La Sra. Justa , se aprovechó también de la circunstancia que el Sr. Braulio dejara efectos mercantiles firmados para atender pagos de proveedores, haciéndolos propios. En efecto, en su declaración en sede de instrucción, aportada al plenario en atención a lo dispuesto en el artículo 730 LECr , la Sra. Justa afirmaba que "que es cierto que alguno de los cheques los firmó la declarante pero otros se los pasaba el Sr. Braulio para que se los firmara. Que nunca el Sr. Braulio ha dejado cheques firmados". La acusada admite, como realizó en el plenario que algunos cheques los firmó de su propio puño y letra imitando la firma del Sr. Braulio , significando que otros los pasaba al Sr. Braulio . Si bien es cierto que negó que el Sr. Braulio dejara cheques firmados, éste en el acto del plenario, relató de forma concluyente que en alguna ocasión, coincidiendo con algún viaje particular, había dejado cheques firmados, mereciendo en este extremo mayor credibilidad el perjudicado, por el propio devenir de los hechos.
El acusado, D. Agustín , negó reiteradamente la realidad de que hubiera falsificado la firma de D. Braulio , en distintos cheques, encontrando esta declaración exculpatoria apoyo en lo depuesto por su esposa, la también acusada, Dña. Justa , quien se atribuyó de forma exclusiva la autoría de la falsificación de la firma del Sr. Braulio en los efectos mercantiles. Sin embargo, dichas afirmaciones vendrían claramente contradichas por el informe pericial grafológico obrante a los folios 1167 a 1178 de la causa, que concluye que las firmas dubitadas de los 83 cheques analizados fueron realizadas por el Sr. Agustín . Como bien señaló el Ministerio Fiscal, la autoría del Sr. Agustín no se extrae única y exclusivamente del informe pericial grafológico, sino que existen elementos y datos en la causa, que ofrecen un evidente apoyo al mismo y coadyuvan a considerar al Sr. Agustín como autor de los delitos por los que es acusado. En efecto, en primer lugar, no debe desconocerse que existen dos reintegros de cheques efectuados en cuenta corriente de la que única y exclusivamente era titular el Sr. Agustín , en concreto los cheques numerados en el relato de hechos probados como núms. 370 y 371, en la cuenta de la entidad "Caixa Tarragona". Cierto es que dicho dato, por sí solo, no podría conducir inequívocamente a la conclusión de que el Sr. Agustín llevó a acabo la conducta que se le atribuye, por cuanto podría considerársele como receptador, sin embargo, del total de circunstancias que se han expuesto y siguen, puede extraerse sin riesgo a equívoco, dicha conclusión de autoría. En efecto, a lo expuesto debe añadirse que la declaración de la Sra. Justa en fecha 5 de marzo de 2010, señalando que únicamente su persona había sido la autora de los hechos, no se produce en el momento en que su marido es imputado y llamado a efectuar el cuerpo de escritura, sino prácticamente dos años después de que el informe pericial grafológico -de fecha 25 de junio de 2008-, señale a su marido como el autor de las firmas falsificadas en los 83 cheques que se sometieron a examen. Carece de toda lógica pensar que quien única y exclusivamente es autor de los hechos que se persiguen en el procedimiento, permita que su pareja reste imputado en una causa durante dos años, máxime cuando ello ningún beneficio en su defensa podía aportar, atendiendo los múltiples indicios existentes en la causa contra su persona, ya en aquellos momentos. Asimismo, no puede obviarse que existe corroboración al folio 111 de la causa que en fecha 21/12/2006, desde la cuenta NUM007 -de titularidad conjunta de la Sra. Justa y el Sr. Agustín , se efectuó una transferencia de 844,87€, a la persona de D. Roque , hijo del acusado, y que multitud de los ingresos efectuados se producen en cuentas corrientes de titularidad conjunta con su esposa, careciendo de sentido y atentado contra la lógica más elemental que el mismo, durante todo el lapso de tiempo en que se desarrolló la conducta delictual, desconociera simple y llanamente el estado de las cuentas de las que era titular exclusivo o cotitular junto con su esposa, así como que se efectuaron transferencias a la persona de su hijo, desconociendo el origen del dinero que ingresaba en las cuentas. Asimismo, no puede desconocerse que el Sr. Agustín admitió haber rellenado cheques según los datos que su mujer le facilitaba, y en concreto durante el período que ésta estuvo convaleciente de una operación en los brazos, admitiendo que una vez rellenados los pasaba a la firma del Sr. Braulio , no resultando creíble que el mismo desconociera absolutamente las operaciones que estaban efectuando. Ello asimismo, permitiría la comunicabilidad de la circunstancia de "abuso de firma de otro", a su persona, pues no existe duda alguna a que conocía perfectamente la mecánica delictual que ejecutaban de común acuerdo.
Debe asimismo hacerse una especial mención al informe pericial grafológico obrante a los folios 1167 a 1178, elaborado por funcionarios del Cuerpo de Mossos d'Esquadra con TIP NUM010 y NUM011 , adscritos al Área Central de Criminalística -Unidad Central de Grafística-, por cuanto fue seriamente discutido por la defensa de D. Agustín . Sin embargo, debe señalarse respecto del mismo, que a esta Sala, las conclusiones de autoría a las que llegó le merecen el más absoluto de los respetos, por cuanto no se expuso circunstancia alguna que pudiera hacer dudar de las mismas. En efecto, los peritos ratificaron en el acto del juicio el resultado del informe y no se evidenció ninguna contradicción con el informe también obrante en autos a los folios 814 y sigs., en el que se concluía que las firmas examinadas no fueron efectuadas por el Sr. Braulio , y que no podía determinarse con el suficiente rigor que fueron efectuadas por la acusada, Dña. Justa . Las explicaciones ofrecidas por los peritos, funcionarios del Cuerpo de Mossos d'Esquadra acerca de las coincidencias de habitualismo gráfico y el correcto material -cuerpo de escritura-, que les fue remitido para realizar el informe aludido, fueron terminantes y absolutamente esclarecedoras para la Sala a fin de entender que el mismo, podía tener la fuerza de convicción necesaria en orden a estimar acreditadas las conclusiones a las que llega el informe, máxime atendiendo al resto de indicios que se han expuesto en el cuerpo de la presente resolución.
Acreditado que las firmas dubitadas de los 83 cheques respecto de los que versó el informe de grafística fueron estampadas por la persona del Sr. Agustín , puede asegurarse que no puede mantenerse la conclusión primera alternativa del escrito del Ministerio Fiscal, relativa a que los 340 cheques/pagarés restantes que no obedecían a operaciones reales, tenían estampada la firma legítima de D. Braulio . Ello es así, por cuanto el propio perjudicado, a preguntas de la acusación particular, señaló en el plenario ante la exhibición de distintos efectos que la firma estampada en los mismos no era la suya propia, y dicha afirmación lo fue respecto de efectos que no habían sido objeto del informe grafístico. Resulta evidente que ante dicha afirmación se genera la razonable duda de quien de los acusados imitó la firma del Sr. Braulio , si la Sra. Justa quien admite haberlo efectuado o el Sr. Agustín , quien niega haberlo hecho en todo caso, aún cuando el informe y resto de datos analizados mantienen lo contrario. En todo caso, y aunque no puede precisarse la cuantía exacta, deviene indiferente para la apreciación del delito y la continuidad delictiva en la conducta del Sr. Agustín , y respecto de la Sra. Justa , pues obra en autos, que también alteró los efectos analizados por los peritos, en concreto en lo que se refiere al manuscrito de los mismos (f.826), debiendo constatarse que los cheques/pagarés, obedecían a operaciones comerciales inexistentes, por lo que la autoría de los delitos estaría plenamente justificada también en este último supuesto.
SEGUNDO.- En relación al delito de estafa la doctrina del Tribunal Supremo requiere la concurrencia de una serie de elementos que lo configuran: I.- el engaño precedente o concurrente, verdadero elemento nuclear del delito, que genera un riesgo jurídicamente desaprobado para el bien jurídico tutelado y concretamente el idóneo o adecuado para provocar el error del sujeto pasivo; II.- dicho engaño ha de ser bastante, es decir, suficiente o proporcional para la efectiva consumación del fin propuesto, debiendo tener la suficiente entidad para que la convivencia social lo repudie y para que actúe como estímulo eficaz del traspaso patrimonial, valorándose dicha idoneidad tanto atendiendo a módulos objetivos como en función de las condiciones personales del sujeto engañado y de las demás circunstancias concurrentes en el caso concreto, añadiendo la jurisprudencia que dicha maniobra defraudatoria ha de revestir apariencia de realidad y seriedad suficiente para engañar a personas de mediana perspicacia y diligencia, complementándose la idoneidad abstracta con la suficiencia en el específico caso de que se trate; III.- la producción del error esencial en el sujeto pasivo, lo que le lleva a actuar bajo una falsa presuposición por cuya virtud se produce el traspaso patrimonial; IV.- el acto de disposición patrimonial con el consiguiente y correlativo perjuicio para el disponente, consecuencia del error señalado y, en definitiva, del engaño desencadenante del mismo, que ha de ser entendido, genéricamente, como cualquier comportamiento de la persona inducida a error que arrastre o conlleve de forma directa la producción de un daño patrimonial propio o de un tercero, no siendo necesario que concurra en la misma persona la condición de engañado y de perjudicado; V.- el ánimo de lucro como elemento subjetivo del injusto, exigido hoy de manera explícita, es decir, el propósito por parte del sujeto activo de obtener una ventaja patrimonial correlativa, aunque no necesariamente equivalente al perjuicio ocasionado; y VI.- la relación de causalidad, entre el engaño provocado y el perjuicio experimentado, lo que implica que el dolo del agente tiene que anteceder o ser concurrente en la dinámica defraudatoria, no valorándose penalmente en la estafa el dolo sobrevenido a la celebración del negocio de que se trate.
En relación al delito de falsedad documental, la jurisprudencia del Tribunal Supremo, ha definido los requisitos precisos para su concurrencia: I.- El elemento objetivo o material, propio de toda falsedad, la mutación de la verdad por alguno de los procedimientos o forma enumerados en el artículo 390CP ; II.- Que la mutatio veritatis recaiga sobre elementos capitales o esenciales del documento y tenga suficiente entidad para afectar los normales efectos de las relaciones jurídicas, con lo que se excluyen de la consideración del delito los mudamientos de la verdad inocuos o intranscendentes para la finalidad de documento; III.- Elemento subjetivo o dolo falsario, consistente en la concurrencia en el agente de la conciencia y voluntad de transmutar la verdad.
En definitiva, el delito de falsedad documental, lo que trata de evitar es que tengan acceso a la vida civil y mercantil elementos probatorios falaces que puedan alterar la realidad jurídica de forma perjudicial para las partes afectadas, todo ello en razón de la necesidad de proteger la fe y la seguridad del tráfico jurídico.
En el supuesto de autos, como se ha señalado, no existe duda de que la acción desarrollada por los acusados tiene preciso encaje en el delito de estafa y falsificación en documento mercantil. En efecto, la acción escrita supone la alteración esencial de los elementos esenciales del cheque o pagaré en cuestión, incluida la firma del librador, y la presentación al cobro, determinaría engaño suficiente y apto para que se produjera el desplazamiento patrimonial, con el consiguiente perjuicio para la Sociedad y el correlativo enriquecimiento para la persona que cobró el dinero, que no fueron otros que los acusados, como se evidencia del informe pericial obrante en los f. 1357, de las actuaciones.
No procede la estimación de la agravación del art. 250.1.6º CP , interesado por la acusación particular respecto de la Sra. Justa , por cuanto la jurisprudencia ha entendido que la aplicación del subtipo agravado por el abuso de relaciones personales del número 6 del artículo 250 Código Penal , queda reservada para aquellos supuestos en los que además de quebrantar una confianza genérica, subyacente en todo hecho típico de esta naturaleza, se realice la acción típica desde una situación de mayor confianza o de mayor credibilidad que caracteriza determinadas relaciones previas y ajenas a la relación subyacente, en definitiva un plus que hace de mayor gravedad el quebrantamiento de confianza implícito en delitos de este tipo, pues en caso contrario, tal quebrantamiento se encuentra ordinariamente inserto en todo comportamiento delictivo calificable como estafa, que es precisamente lo que ocurre en el caso de autos, en que la Sra. Justa se aprovecha de la confianza propia que le otorgaba su puesto de trabajo, inherente por tanto, al delito examinado.
TERCERO.- De lo citados delitos son autores, Dña. Justa y D. Agustín . Dicha autoría culpable y punible se desprende, sin dudas razonables para el Tribunal, de las pruebas de cargo practicadas en el juicio oral, que han sido analizadas y que han enervado el derecho constitucional a la presunción de inocencia consagrado en el art. 24.2 CE .
CUARTO.- No concurren en la conducta de los acusados circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
I.- Interesa la defensa de la Sra. Justa , se aprecie la eximente incompleta de estado de necesidad del artículo 20.5 CP en relación con el artículo 21.1 del mismo cuerpo legal , o alternativamente como eximente incompleta.
Ello debe ser necesariamente rechazado. El primero de los requisitos que exige doctrina y jurisprudencia para la apreciación de la eximente de estado de necesidad, imprescindible para su aplicación como completa o como incompleta, es la existencia de un estado o situación de necesidad, que aparece como un conflicto entre dos bienes o intereses, de manera que para salvaguardar uno de ellos resulte imprescindible lesionar el otro.
Para apreciar tal situación es preciso, en primer lugar, que el mal que amenaza la integridad del bien jurídico que se trata de salvar mediante la lesión del otro bien en conflicto, se presente como real, grave, actual o inminente, es decir, que sitúe al sujeto ante la necesidad de actuar para evitar la inmediata lesión, y que, en segundo lugar, se compruebe en la medida de lo posible que el autor ha agotado los medios alternativos que razonablemente puedan considerarse a su alcance para evitar el mal que amenaza, antes de acudir a la comisión del hecho delictivo.
Por tanto, como se decía en la STS de 10 de febrero de 2003 , los requisitos esenciales o fundamentadores de la eximente, que deben en todo caso concurrir para apreciarla como incompleta son: "I.-La amenaza de un mal que ha de ser actual y absoluto; real y efectivo, imperioso, grave e inminente; injusto e ilegítimo; y II.- La imposibilidad de poner remedio a la situación de necesidad recurriendo a vías lícitas, siendo preciso que el necesitado no tenga otro medio de salvaguardar el peligro que le amenaza que el de infligir un mal al bien jurídico ajeno".
De la prueba practicada en el plenario, únicamente ha podido constatarse que la acusada justifica su actuación por la acuciante situación económica en la que se encontraba. Sin embargo, las situaciones de angustia o estrechez económica no permiten la aplicación de la circunstancia pretendida de estado de necesidad, máxime en casos como el que nos ocupa, en que la acusada abrió nuevos negocios comerciales durante el período de tiempo en que se desarrollaron los hechos, por lo que se evidencia la falta de inmediatez y objetividad que requieren la aplicación de la circunstancia interesada.
II.- Entiende el recurrente que concurre la circunstancia atenuante descrita en el núm. 4 del artículo 21 CP " la de haber procedido el culpable, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él, a confesar la infracción a las autoridades ". La atenuación descrita no exige arrepentimiento, sino la circunstancia objetiva de colaboración con la Justicia. Desde esta perspectiva, deviene de obvia relevancia la exigencia de que la confesión se produzca antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra su persona, por cuanto después de ese momento, que presupone un cierto conocimiento previo por las autoridades, aunque sea indiciario de su responsabilidad criminal, la confesión carece de relevancia colaboradora que en cambio tiene la confesión de una responsabilidad desconocida hasta entonces por las Autoridades.
En el caso presente, de forma obvia, no concurren las exigencias legales y jurisprudenciales indicadas para la aplicación de la atenuante. Baste decir, que el parcial reconocimiento de los hechos por la acusada, no se produce sino hasta el 5 de marzo de 2010, siendo que la instrucción de la causa tuvo su inicio en el año 2007. Es más, como anteriormente se ha señalado, el reconocimiento de los hechos no es pleno sino parcial, limitando su conducta defraudatoria a la cantidad de 150.000€ aproximadamente, cuando la realidad de lo defraudado asciende, según ha quedado constatado de la prueba practicada a la cantidad de 450.631,68€. Huelga decir, que su confesión parcial en nada colaboró con la justicia, por cuanto la instrucción de la causa, estaba sumamente avanzada.
III.- Como tercera circunstancia que pudiera aminorar la responsabilidad criminal, se alude por la defensa de la Sra. Justa al arrepentimiento que muestra la misma ante los hechos acaecidos y cuya autoría deviene diáfana.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo, ha dejado hace tiempo la interpretación del concepto legal de arrepentimiento como la concurrencia en el culpable de un efectivo sentimiento de contrición para estimarla, habiéndose pasado a entender por arrepentimiento la realización de actos tendentes a facilitar el cumplimiento de normas legales conducentes al descubrimiento y castigo de hechos punibles, y ello ha tenido su reflejo en la aparición en el actual Código Penal de una circunstancia, separada de la confesión por el culpable de los hechos, cual es la 5 del actual artículo 21 del Código Penal de 1995 en la que se contempla con efecto atenuatorio la reparación del daño o la atenuación de sus efectos que presenta la particularidad en relación con la anterior del número 4º del mimo artículo, de que puede producirse en cualquier momento del procedimiento anterior a la celebración del juicio oral. Resulta evidente que dicha circunstancia no puede ser en modo alguno apreciada por esta Sala, por cuanto ningún esfuerzo se ha realizado por los acusados para reparar el daño causado o atenuar sus efectos. Baste considerar que de la importante suma de 450.631,68€, en la que consistió la defraudación, ningún montante económico se ha puesto a disposición del perjudicado.
IV.- Por último, se pretende la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas.
Ello debe ser desestimado. En primer lugar, no se señala por la defensa las paralizaciones en concreto que según su criterio pueden provocar la aplicación de la atenuante interesada y en consecuencia la minoración de la responsabilidad. Ello ya podría conllevar la desestimación de dicho pedimento, pero en todo caso, del análisis y examen de la causa se evidencia que la instrucción no fue en absoluto sencilla, no existiendo en modo alguno paralizaciones que pudieran conducir al efecto pretendido.
QUINTO.- Como se evidencia de la lectura del factum de la presente sentencia, ninguna de las cuantías individualmente consideradas de los 423 efectos mercantiles, eran suficientes para la calificación de la conducta como constitutiva del delito descrito en el artículo 250.1.5 CP . La agravación de la estafa, en el asunto de autos, pasa por considerar globalmente dichas cantidades. Ello tiene una evidente trascendencia en el momento de la imposición de la pena, pues el Pleno de la Sala Segunda del TS, de fecha 30 de octubre de 2007, tomó el acuerdo de que cuando se trata de delitos patrimoniales la pena básica no se determina en atención a la infracción más grave, sino al perjuicio total causado, acuerdo que lleva en estos supuestos a la aplicación del artículo señalado, dado que los delitos, aún inferiores a 50.000€, en conjunto superan esa cifra, si bien no se aplica la continuidad delictiva del art. 74.1 CP , sino el párrafo segundo, pues la suma de las cuantías ya se tiene en cuenta para agravar la pena, aplicando la del art. 250.1º y no la del art. 249 CP . Así, la STS 199/2008 comentando el citado acuerdo del Pleno declara: " Así, por ejemplo quedaría excluida la aplicación de la regla 1ª del art. 74 del CP en aquellos casos en los que varias acciones, por sí solas constitutivas de un delito de desapoderamiento susceptibles de ser integradas en la continuidad delictiva, superaban la referencia cuantitativa de los 36.000.000 euros, determinando la aplicación del subtipo agravado del art. 250.1-6º CP En tales casos el órgano decisorio debería imponer una pena que oscilara entre 1 y 6 años de prisión sin aplicar el efecto agravatorio previsto con carácter general en el art. 74.1 del CP ... ".
Trasladando la doctrina expuesta al caso de autos, resulta que según lo declarado probado, los acusados llevaron a cabo múltiples operaciones de estafa, que en conjunto le han causado a la entidad Tints i Acabats Campos, S.L., un perjuicio total de 450.631,68€. Ninguno de los actos defraudatorios efectuados, individualmente valorados alcanza la cantidad de 50.000€, pero siendo el total los citados de 450.631,68€, de conformidad con la doctrina citada es de aplicación el subtipo de especial gravedad del art. 250.1.5 y además el art. 74 CP , dada la continuidad delictiva, pero solo en su párrafo 2º que permite recorrer la pena del art. 250 en toda su extensión, no siendo aplicable el párrafo primero del art. 74 porque ya se ha tenido en cuenta el total importe para determinar la aplicación del art. 250 CP .
En conclusión, la pena a aplicar sería la correspondiente a la estafa cualificada por su gravedad continuada esto es, la pena del art. 250.1 y con aplicación del art. 74-2º que permite recorrer la pena en toda su extensión, tanto la de prisión -de uno a seis años- como la de multa, pero a la hora de individualizar la pena, el criterio a tener en cuenta debe ser el del perjuicio total causado.
No puede obviarse, que en el supuesto de autos, la falsificación de los efectos mercantiles y su utilización posterior por los autores de la falsificación para cometer la estafa, debe sancionarse conjuntamente dando lugar al concurso medial del artículo 77 CP , pues la sanción de la estafa no cubre todo el desvalor de la conducta realizada, al dejar sin sanción la falsificación previa.
En atención al abanico penológico del que debe partirse, de tres años y seis meses a seis años de prisión y de nueve a doce meses multa, se entiende procedente imponer a Dña. Justa la pena de cuatro años y seis meses de prisión y diez meses multa con una cuota diaria de seis euros. La individualización de la pena se efectúa en atención al perjuicio total causado, que quintuplica el previsto en el núm. 5 del art. 250.1 para agravar la estafa y, en concreto y respecto de la Sra. Justa , a la mayor antijuridicidad que, en su caso, implica el hecho que de que fuera la persona que tenía el dominio de la ejecución de los hechos, lo que no ocurre en relación a la persona de D. Agustín , provocando una menor reprochabilidad de la conducta de éste que debe conllevar una individualización de la pena hasta los tres años y seis meses de prisión y nueve meses multa con una cuota diaria de seis euros.
SEXTO.- En relación a la responsabilidad civil el art. 109 CP establece que la ejecución de un hecho descrito por la ley como delito o falta obliga a reparar en los términos previstos en las leyes los daños y perjuicios causados. Disponiendo el art. 116.1 del CP que toda persona criminalmente responsable de un delito o falta también lo es civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios.
De las pruebas practicadas en el plenario, no cabe sino concluir que los pagos que atendió la entidad "Acabats i Tints Campos, S.L.", que no obedecían a operaciones comerciales reales, y de los que se ha obtenido evidencia de ingreso en cuentas bancarias con titularidad de los acusados asciende a cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y un euros con sesenta y ocho céntimos (450.631,68€). Por todo ello, se estima adecuada la cuantía indemnizatoria interesada por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, cantidad que se incrementará con el interés legal de conformidad con lo dispuesto en el art. 576 de LEC .
SÉPTIMO.- La responsabilidad criminal comporta "ope legis" la condena en costas, conforme a lo previsto en los arts. 123 del CP y 240 de la ley de Enjuiciamiento criminal .
Por lo que se refiere a las costas de la acusación particular, no cabe duda que su imposición es absolutamente debida. En efecto, conforme a la jurisprudencia mayoritaria de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, las costas del acusador particular han de incluirse entre las impuestas al condenado, salvo que las pretensiones del mismo sean manifiestamente desproporcionadas, erróneas o heterogéneas en relación a las deducidas por el Ministerio Fiscal, o a las recogidas en la sentencia.
Descendiendo al caso concreto es perfectamente comprobable que las peticiones de orden estrictamente penal formuladas por la acusación particular, coincidentes prácticamente con las del Ministerio Fiscal han sido acogidas en la sentencia, así como la pretensión civil en material indemnizatoria, que deben satisfacer los acusados como indemnización por perjuicios, por lo que la inclusión de las costas de la acusación particular está absolutamente justificada.
En atención a lo expuesto, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Fallo
CONDENAMOS a Dña. Justa , como criminalmente responsable de un delito de estafa continuado en concurso medial con un delito continuado de falsificación en documento mercantil, ya definidos, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN , y diez meses multa con una cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 para el caso de impago, accesoria legal de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
CONDENAMOS a D. Agustín , como criminalmente responsable de un delito de estafa continuado en concurso medial con un delito continuado de falsificación en documento mercantil, ya definidos, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de TRES AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN, y nueve meses multa con una cuota diaria de seis euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 para el caso de impago, accesoria legal de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Por vía de responsabilidad civil CONDENAMOS a D. Agustín y a Dña. Justa a que abonen, conjunta y solidariamente a D. Braulio , como administrador y legal representante de la sociedad mercantil "Tintis i Acabats Campos, S.L.", en la cantidad de cuatrocientos cincuenta mil seiscientos treinta y un euros con sesenta y ocho céntimos (450.631,68€). Dicha cantidad devengará el interés legal del art. 576 LEC .
CONDENAMOS a D. Agustín y a Dña. Justa al pago de las costas procesales causadas, incluidas las de la acusación particular.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma, ante la Sala II del Tribunal Supremo, que se deberá anunciar ante esta Sala en el plazo de cinco días. Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al Rollo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por la Ilma. Sra. Magistrada Ponente, celebrando audiencia pública. Doy fé.
