Última revisión
Sentencia Penal Nº 82, Audiencia Provincial de Lugo, Rec 69 de 22 de Mayo de 2001
Sentencia
Orden: Penal
Fecha: 22 de Mayo de 2001
Tribunal: AP - Lugo
Ponente: SANDAR PICADO, MARIA LUISA
Nº de sentencia: 82
Nº de recurso: 69
Resumen
En los autos de Juicio Verbal de Faltas, seguidos con el
n° 136/2000 ante el Juzgado de Instrucción número uno de Lugo, al que el
presente Rollo 69/2001 se refiere, y en el que es parte apelante María Carmen
Siendo parte apelada José Manuel.
Por el Juzgado de Instrucción número uno de Lugo y en el
Juicio de Faltas señalado se dictó sentencia en cuya parte dispositiva se dice
Que debo absolver y absuelvo a Don José Manuel de los hechos que determinaron
la instrucción de este juicio de faltas, con declaración de oficio de las
costas procesales. Dedúzcase testimonio del acta del juicio y de esta sentencia
y remítase al Juzgado de Instrucción al que por razón de la fecha corresponde
conocer del hecho para investigar la comisión de un supuesto delito de falso testimonio
por parte del testigo don Lino López Fernández. Las costas de declaran de
oficio.
HECHOS PROBADOS
Los hechos declarados probados son constitutivos de una
falta de lesiones prevista y penada en el art. 617 del C.P. Concurren en el presente caso los elementos determinantes de la figura invocada, ya que existe
un resultado lesivo que precisó para su curación de la primera asistencia
médica, y concurre igualmente el ánimus laedendi o vulnerandi que preside la
figura de las lesiones.Respecto a la autoría de la falta por parte del acusado,
existe un dato incontrovertido que viene determinado por el resultado lesivo
que sufre la denunciante, y que es objeto de reconocimiento médico en el
Hospital Xeral Calde y que acredita la realidad de las lesiones, y que es
ratificado por el médico forense cuando emite el parte de sanidad. Poniendo en
relación ambos hechos, la proximidad del parte asistencia con el encuentro que
ambos tienen el día señalado en la Calle San Roque, obliga a colegir que las
lesiones se produjeron como consecuencia de la previa discusión y posterior
acometida desarrollada ese día. Como autor de una falta de lesiones, procede
imponer al acusado la pena de i mes multa con una cuota diaria de 300 pts. En
concepto de responsabilidad civil, el acusado habrá de indemnizar a M Carmen
Abuín Costa en 24.000 pts por las lesiones, sin que se recoja cantidad alguna
por la cicatriz que le resta, que debido al tamaño y a la ubicación ha de ser
apenas perceptible.
Voces
Lesividad
Falta de lesiones
Delito de falso testimonio
Antecedentes penales
Responsabilidad
Testigo presencial
Presunción de inocencia
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