Sentencia Social Nº 7832/...re de 2012

Última revisión
18/06/2013

Sentencia Social Nº 7832/2012, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3001/2012 de 20 de Noviembre de 2012

Tiempo de lectura: 14 min

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Relacionados:

Orden: Social

Fecha: 20 de Noviembre de 2012

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: GARCIA ROS, AMADOR

Nº de sentencia: 7832/2012

Núm. Cendoj: 08019340012012107942

Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2012:12548

Núm. Roj: STSJ CAT 12548/2012

Resumen
Fraude por cotizaciones superiores en los años previos a la fecha del hecho causante de la jubilación. Si bien es cierto, que se han de distinguir los casos en que el incremento en cotizaciones se produce en los dos años anteriores a la jubilación y los periodos en que el incremento se haya hecho antes. Sobre esta cuestión hay que hacer las siguientes precisiones: el legislador a previsto frente a determinados incrementos de base de cotización efectuados en los dos últimos años -en concreto los que sean consecuencia de aumentos salariales superiores al incremento medio interanual experimentado en la norma convencional de aplicación, o en su defecto, en el sector laboral (art. 162.2 TRLGSS); los que no deriven de la estricta aplicación de las normas contenidas en el convenio sobre antigüedad y ascensos reglamentarios; los que sean fruto de la decisión unilateral del empresario, o cualquier otro aumento establecido con carácter general que no venga avalado por norma legal o convencional (art. 162.3 TRLGSS )-, que se excluyan del cómputo de cálculo de la base reguladora de la pensión de jubilación de manera automática, quedando al margen la concurrencia o no de una voluntad defraudadora. Regla que evidentemente fue impuesta para tratar de proteger el interés del INSS y que limita su alcance a ese período de tiempo, ya que es el más proclive a esa práctica perversa.

Voces

Base de cotización

Incremento salarial

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Inspección de trabajo y Seguridad Social

Administrador único

Intervención de abogado

Incapacidad temporal

Salario bruto

Fraude de ley

Informe de la inspección de trabajo

Valoración de la prueba

Base reguladora pensión de jubilación

Voluntad

Prestación de jubilación

Encabezamiento

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2010 - 0020461

mm

ILMO. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL

ILMO. SR. AMADOR GARCIA ROS

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