Última revisión
01/02/2016
Sentencia Social Nº 808/2015, Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 503/2015 de 26 de Octubre de 2015
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Orden: Social
Fecha: 26 de Octubre de 2015
Tribunal: TSJ Murcia
Ponente: RODRIGUEZ GOMEZ, MANUEL
Nº de sentencia: 808/2015
Núm. Cendoj: 30030340012015100804
Núm. Ecli: ES:TSJMU:2015:2411
Núm. Roj: STSJ MU 2411/2015
Resumen:
DESPIDO OBJETIVO
Encabezamiento
T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL
MURCIA
SENTENCIA : 00808/2015
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Pº GARAY, 5-2ª PLANTA. 30005-MURCIA
Tfno: 968 22 92 16
Fax: 968 22 92 13
NIG: 30030 34 4 2015 0000186
402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000503 /2015
Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000041 /2014
Sobre: DESPIDO OBJETIVO
RECURRENTE/S D/ña CAJAS RURALES UNIDAS, SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO
(CAJAMAR)
ABOGADO/A: JUSTO MONTOYA MARTINEZ
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: Cornelio Casiano
ABOGADO/A: JOSE LOPEZ PEREZ
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
En MURCIA, a veintiséis de Octubre de 2015
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN
ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, de
acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española , en nombre S.M. el Rey, ha dictado
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por la empresa CAJAS RURALES UNIDAS, SOC. COP. DE
CRÉDITO (CAJAMAR) contra la sentencia número 0359/2014 del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia,
de fecha 10 de Noviembre , dictada en proceso número 0041/2014, sobre DESPIDO, y entablado por Cornelio
Casiano frente a CAJAS RURALES UNIDAS, SOC. COP. DE CRÉDITO.
Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el
criterio de la Sala.
Antecedentes
PRIMERO .- La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: '
PRIMERO.- El demandante D. Cornelio Casiano , con NIF núm. NUM000 , ha venido prestando servicios para la empresa demandada CAJAS RURALES UNIDAS S. COOP. DE CREDITO (CAJAMAR), con CIF F-04743175, dedicada a la actividad propias de entidades financieras y de crédito e intermediación monetaria, con las siguientes circunstancias: Antigüedad desde el día 5-7-2004, con categoría de Director de Oficina, Grupo II Nivel 5, con Nº personal de empleado NUM001 en la Sucursal Nº 0392 sita en C/ Pío X s/n de Alhama de Murcia, y con promedio de retribución mensual bruta de 3.326,90 #/mes, incluida prorratas de pagas extras y de 110,90 #/día (retribución media de los últimos 12 meses como salario regulador del despido).
SEGUNDO.- La empresa demandada notificó al trabajador el 25-11-13 carta de despido con efectos del mismo día, cuyo contenido es del tenor literal siguiente: 'Muy Sr. nuestro: Como consecuencia de la Auditoría realizada en la Oficina 0392.- Alhama - San Pío X, esta Dirección de Recursos Humanos ha tenido conocimiento de las irregularidades en que Vd. ha incurrido en el desempeño de su puesto de trabajo y que motivan la decisión de esta Dirección de proceder a la extinción de su contrato de trabajo a través de un despido disciplinario con efectos del día 25 de noviembre de 2013 con arreglo a los hechos cometidos por Vd. que se detallan a continuación.
Vd. ha realizado 81 ingresos irregulares en cuentas de clientes por importe de 17.515,30#, afectando a 26 clientes.
Del montante total, 70 abonos por importe de 14.178,98# se destinan al pago de extratipos, y los 11 restantes por importe de 3.336,32# se destinan a la retrocesión de comisiones y/o gastos de distinta naturaleza.
Siendo el detalle de los mismos el siguiente: 1. D. Porfirio Fernando / Cta. NUM002 Todos los ingresos detallados, se corresponden con pagos de extratipos.
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 23-06-09 635# Concepto utilizado: 'abono abono'. En mayo y junio de 2009 se abonan intereses de depósito por parte de la Entidad de las dos imposiciones que el cliente mantiene en la Entidad ( NUM003 de 144,2 mil euros y NUM004 de 59 mil euros). No se observa contrapartida.
07-09-09 150# Concepto utilizado: 'Ingreso Efectivo'. El 03.09.09 se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM004 - NUM005 . Vd. consulta minutos antes del ingreso la imposición del cliente.
Contrapartida: Diferencia de Arqueo de 450#.
05-11-09 509# Concepto utilizado: 'abono abono' (realizado con libreta). El 03.11.09 se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM003 - NUM006 . No se observa contrapartida.
07-01-10 92# Concepto utilizado: 'Ingreso Efectivo'. Se corresponde con la última liquidación de la imposición NUM004 - NUM005 del 03.12.09. Minutos antes, el cliente reintegra 1.000# en el puesto de caja.
Contrapartida: Diferencia de Arqueo de 150#.
08-02-10 520# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 03.02.10 se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM003 - NUM006 . No se observa contrapartida.
13-05-10 110# Concepto utilizado: 'ingreso efectivo' (realizado con libreta). El 03.05.10 se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM003 - NUM006 . Vd. consulta minutos antes del ingreso la imposición del cliente. Contrapartida: Diferencia de Arqueo de 150,10#.
03-09-10 120# Concepto utilizado: 'abono abono'. Este día, se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM004 - NUM005 . También este mismo día, Vd. realiza otro ingreso de 200# como pago de extratipos al cliente 5. Contrapartida de los dos ingresos: Diferencia de Arqueo de 320#.
17-12-10 39# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 03.12.10, se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM004 - NUM005 . Contrapartida: Diferencia de arqueo de 220#.
19-01-11 93,22# Concepto utilizado: 'abono abono'. Este mismo día, Vd. realiza otro ingreso de 367,25 como pago de extratipos al cliente 2. La suma de ambos ingresos asciende a 460,47#, siendo su contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 600#. El documento contable de adeudo se encuentra firmado y separado del resto de los contabilizados por Vd. Se desconoce el destino del resto de los fondos (139,53#).
16-02-11 94,25# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 03.02.11, se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM003 - NUM006 al 4%. Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 4,3%.
No se observa contrapartida.
03-03-11 39,50# Concepto utilizado: 'abono abono'. Este mismo día, se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM004 - NUM005 al 4% nominal. Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 4,3%. Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.000# con fecha 28/02/11.
01-06-11 275# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 13.05.11 se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM003 - NUM006 , reliquidando el importe abonado el 03.05.11 (0,80% de interés nominal) y situando el nuevo tipo en el 3,4%. Con este ingreso, el tipo de interés asciende al 4,3%, como en los casos anteriores. Contrapartida: reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 500#. El documento contable de adeudo se encuentra firmado y separado del resto de los contabilizados por Vd. Este movimiento es el último que realiza Vd. por caja.
03-06-11 58,25# Concepto utilizado: 'abono abono'. Este mismo día, se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM004 - NUM005 al 3,50% nominal. Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 4%. Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 500# con fecha 01/06/11.
26-07-11 24,50# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 04.07.11 se da de baja parcialmente uno de los depósitos por importe de 9.000# sin devengar intereses. Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.200# con fecha 13/07/11.
08-08-11 139,45# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 03.08.11, se abonan por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM003 - NUM006 al 3,50% nominal. Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 4%. Contrapartida a estos dos abonos que contabiliza Vd. es un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 2.000#. El documento contable de adeudo se encuentra SIN FIRMAR.
22-09-11 98# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 03.09.11, se abonan por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM004 - NUM005 al 3% nominal. Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 4%. Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.000# con fecha 15/09/11.
21-12-11 46,08# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 03.12.11, se abonan por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM004 - NUM005 al 3% nominal. Con este ingreso el tipo ascendería al 3,5%.
Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 600# con fecha 15/12/11.
03-02-12 582# Concepto utilizado: 'abono abono'. Este mismo día, se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM003 - NUM006 al 1,2% de nominal Con este ingreso, el tipo de interés ascendería al 3,4%. Contrapartida disposición en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 3.000# con fecha 02/01/12.
04-06-12 73# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 03.06.12, se abonan por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM004 - NUM005 . No se observa contrapartida.
21-08-12 328,50 Concepto utilizado: 'abono abono'. El 03.08.12, se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM003 - NUM006 al 2,50% de nominal Con este ingreso, el tipo de interés ascendería al 3,7%. Contrapartida reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 2.000# con fecha 01/08/12.
03-09-12 73# Concepto utilizado: 'abono abono'. Este mismo día, se abonan por parte de la Entidad, intereses del depósito NUM004 - NUM005 . No se observa contrapartida.
02-01-13 77,93# 79,00# Conceptos utilizados: 'abono abono'. La ultima liquidación de intereses fue en nov-12, y se abonaron los intereses de las dos imposiciones que el cliente mantiene en la Entidad ( NUM003 - NUM006 y depósito NUM004 - NUM005 ). No se observa contrapartida.
03-07-13 148,82# 55,56# Conceptos utilizados: 'abono abono'. El 03.05.13 se abonan los intereses de las dos imposiciones que el cliente mantiene en la Entidad ( NUM003 - NUM006 y depósito NUM008 - NUM009 ). No se observa contrapartida.
19-08-13 134,06# 49,95# El 19.08.13 se abonan los intereses de las dos imposiciones que el cliente mantiene en la Entidad ( NUM010 - NUM006 y depósito NUM008 - NUM009 ). No se observa contrapartida.
Total: 4.645,07# 2. D. Serafin Oscar / Cta. NUM011 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 19-01-11 367,25# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'abono abono'. En esta fecha el cliente es titular de plazo fijo de 300 mil euros ( NUM012 - NUM013 ).La última liquidación trimestral abonada es del 03.12.10.
Este día, se registra otro pago de extratipos por importe de 93,22# (cliente 1). La suma de ambos ingresos asciende a 460,47#, siendo su contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 600#. El documento contable se encuentra firmado y separado del resto de los contabilizados por Vd. Se desconoce el destino del resto de los fondos (139,53#).
03-03-11 485# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'abono abono'. Este mismo día se abonan, por parte de la Entidad, los intereses del depósito vigente, a un tipo de interés del 3,50% nominal. Con este ingreso, el tipo de interés ascendería al 4,30%. Contrapartida: reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.000# con fecha 28/02/11.
13-07-11 515,25# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'abono abono'. En esta fecha, el depósito vigente asciende a 100 mil euros (se da de baja el de 300 mil con fecha 04.03.11). Con fecha 07.06.11 se abonan intereses, por parte de la entidad del depósito vigente ( NUM014 - NUM015 ) al 1,25% nominal. Con este ingreso, el tipo de interés ascendería al 3,7%. Contrapartida: Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.200#. El documento contable se encuentra firmado y separado del resto de los contabilizados por Vd.
Este movimiento, se corresponde con el último que se contabiliza en la sucursal antes del cuadre (14:12).
07-09-11 515,25# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'abono abono'. Mismo caso anterior. Este mismo día se abona por parte del Entidad los intereses del depósito vigente al 1,25%. Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 3,7%. Contrapartida: Reintegro en la cuenta NUM016 / Luis Sixto de 700#. El documento contable se encuentra firmado y separado del resto de los contabilizados por Vd. Este movimiento, se corresponde con el último que se contabiliza en la sucursal antes del cuadre (14:35). Se desconoce el destino del resto de los fondos (184,75#).
19-10-11 510,42# Retrocesión Comisión Penaliz IPF. Concepto utilizado: 'abono abono'. En dicha fecha, se da de baja el depósito vigente de 100 mil euros, lo que genera unos intereses de 116,51# y una comisión de penalización de 626,93#. La diferencia entre estas dos cantidades es lo que le abona Vd.
Contrapartida 2 reintegros en la cuenta NUM007 NUM016 / Luis Sixto de 1.000# cada uno con fecha 23/09/11.
Total: 2.393,17# 3. D. Evaristo Narciso / Cta. NUM017 Todos los ingresos detallados, se corresponden con pagos de extratipos.
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 11-06-10 38# Concepto utilizado: 'abono abono'. Este mismo día, se abonan por parte de la Entidad intereses de dos de las imposiciones del cliente ( NUM018 , depósitos NUM019 y NUM020 ). No se observa contrapartida.
09-11-10 36# Concepto utilizado: 'abono abono'. Posible ajuste de liquidaciones anteriores. No se observa contrapartida. Ese mismo día, se registra otro pago de extratipo por 14# en el cliente 9 15-03-11 29,05# Concepto utilizado: 'abono abono'. El 13.03.11 se abona por parte de la Entidad intereses de la imposición NUM018 - NUM021 . contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.000 # con fecha 28/02/11.
Total: 103,05# 4. Viajes Espuña, SL. / Cta. 392.2720.00528.8 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 21-09-12 675# Retrocesión Comisión Aval Concepto utilizado: 'abono abono'. Se destina a retroceder la comisión de aval adeuda con fecha 23.06.12 por el mismo importe (operación de aval: NUM022 ). Posible contrapartida reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 2.000# con fecha 04/09/12.
01-10-12 675# Retrocesión Comisión Aval Concepto utilizado: 'abono abono'. Se destina a retroceder la comisión de aval adeuda con fecha 23.09.12 por el mismo importe (operación de aval: NUM022 ).
Contrapartida reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 2.000# con fecha 04/09/12.
Total: 1.350# 5. Victor Guillermo / Cta. NUM023 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 03-09-10 200# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Ingreso Efectivo'. Este mismo día, se dan de baja 4 depósitos de pequeña cuantía que han estado remunerados a bajos tipos de interés para unificarlos en uno de 12.200#. Este ingreso puede ir destinado a compensar dichos tipos de interés. Este mismo día, se registra otro pago de extratipo por 120# (cliente 1). Posible contrapartida de los dos ingresos: Diferencia de Arqueo de 320#.
Total 200# 6. Ruben Oscar , SC. / 392.2720.00047.4 Todos los ingresos detallados, se corresponden con pagos de extratipos. También existen abonos en la cuenta particular del administrador de la empresa ( Ruben Oscar -Cliente 7).
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 15-12-11 327,13# Concepto utilizado: 'abono abono'. El documento contable se encuentra en el despacho de Vd. El cliente es titular de dos imposiciones: NUM024 - NUM025 (40 mil euros) y NUM026 (60 mil euros). El 24.11.11 se liquida la imposición de 60 mil al 4% nominal y el 04.12.11 la imposición de 40 mil al 1%. Con este ingreso, el tipo de interés de esta última imposición ascendería al 3% nominal. contrapartida: Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 600#. El documento contable se encuentra SIN FIRMAR, en el despacho del director, junto con el documento de ingreso.
17-02-12 226,68# Concepto utilizado: 'abono abono'. Ajuste de las liquidaciones de intereses de los depósitos abonados, por parte de la Entidad, el mes anterior. Este mismo día se registra otro abono irregular en la cuenta de otro cliente (11). Contrapartida reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 3.000# con fecha 15/02/12.
31-07-13 321,70# 109,64# Conceptos utilizados: 'abono abono'. Ajuste de liquidaciones anteriores. No se detecta contrapartida.
Total: 985,15# 7. Ruben Oscar / NUM027 Todos los ingresos detallados, se corresponden con pagos de extratipos. Las imposiciones que mantiene el cliente son las mismas que las detalladas en el cliente anterior (empresa de su propiedad). En unas ocasiones abona el pago de extratipos en la cuenta de la empresa y en otras por esta cuenta.
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 19-07-12 253,33# Concepto utilizado: 'abono abono'. Abono para ajustar liquidaciones anteriores.
Contrapartida reintegro en la cuenta NUM016 / Luis Sixto de 1.000# con fecha 18/07/1 06-09-12 206,90# 179,17# Conceptos utilizados: 'abono abono'. Abonos para ajustar liquidaciones anteriores.
Contrapartida reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 2.000# con fecha 04/09/12.
Total: 639,40# 8. Nicolas Placido / NUM028 y NUM029 Los ingresos que se detallan, se corresponden con pagos de extratipo. Los mismos se observan por dos cuentas distintas del cliente en las que tiene domiciliados los intereses de diferentes imposiciones a plazo: Cuenta NUM028 .
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 28-02-11 27,35# Concepto utilizado: 'abono abono'. En esta misma fecha cliente cancela anticipadamente tres depósitos de 15.000#, 1.000# y 3.000# para constituir, junto a los fondos que se encuentra a la vista, un nuevo depósito de 20.600#. Este ingreso se destina a compensar liquidaciones anteriores. Contrapartida: Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.000#. El documento contable no se localiza en la sucursal.
14-01-13 266,63# Concepto utilizado: 'abono abono'. En diciembre/12, se abonan por parte de la Entidad, intereses de dos de las imposiciones que mantiene el cliente (de 43 y 19,3 mil euros), ambas liquidadas al 4% Contrapartida: Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.000#. El documento contable se encuentra SIN FIRMAR, en el despacho de dirección. Se desconoce el destino del resto de los fondos (733,37#).
17-05-13 247,77# Concepto utilizado: 'abono abono'. Ajuste de liquidaciones anteriores.Contrapartida: Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 300#. El documento contable no se localiza en la sucursal.
Esta operación es la última que se realiza antes del cuadre (14:12). Se desconoce el destino del resto de los fondos (52,23#).
Total: 541,75# Cuenta: NUM029 : Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 21-02-11 240# Concepto utilizado: 'abono abono'. Este mismo día se constituye depósito de 25 mil euros al 1,25% nominal (anual). El cliente mantiene otros depósitos domiciliados en la cuenta detallada en el apartado anterior. Este mismo día se registra otro pago de extratipos (cliente 10) por importe de 52,50#.
Contrapartida para los dos pagos de extratipos realizados este día (292,50#): Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 300#. El documento contable se encuentra firmado y separado de los contabilizados por Vd.
Se desconoce el destino del resto de los fondos (7,60#).
Total: 240# Total cliente: 781,75# 9. Dña. Celestina Paulina / Cta. NUM030 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 09-11-10 14# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. Durante septiembre/10, se dan de baja tres depósitos de 400#, 1.600# y 14.000# para constituir uno solo por 17.000#. Los depósitos que se cancelan estaban grabados a tipos de interés bajos. Este ingreso puede ir destinado a compensar este hecho.
Este mismo día, Vd. realiza otro pago de extratipo por importe de 36# (cliente 3). No se observa contrapartida.
08-07-11 11,25# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El 15.06.11 se abonan, por parte de la Entidad, intereses de la imposición vigente ( NUM031 - NUM032 de 18,6 mil euros) al 3,5% nominal.
Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 3,7%. No se observa contrapartida.
Total: 25,25# 10. Porfirio David / Cta. NUM033 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 21-02-11 52,50# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El 11.02.11 se abonan, por parte de la Entidad, intereses de una de las imposiciones del cliente ( NUM034 - NUM035 de 44,4 mil euros) al 3,75% de interés nominal. Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 4%. Este mismo día se registra otro pago de extratipos (cliente 8) por importe de 240#. contrapartida para los dos pagos de extratipos realizados este día (292,50#): Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 300#. El documento contable se encuentra firmado y separado de los contabilizados por Vd. Se desconoce el destino del resto de los fondos (7,60#).
05-01-12 247# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El 23.11.11 se abonan, por parte de la Entidad, intereses de una de las imposiciones del cliente ( NUM034 - NUM036 de 22 mil euros) al 1% de interés nominal. Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 3,7%. Contrapartida disposición en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 3.000# con fecha 02/01/12.
Total 299,50# 11. Porfirio David / Cta. NUM033 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 17-02-12 26# Retrocesión Comisión Tarjeta Concepto utilizado: 'Abono abono'. Destinado a retroceder la cuota emisión/ mantenimiento tarjeta adeuda en la cuenta del cliente el 03.08.11. Este día, se registra otro ingreso irregular como pago de extratipo (cliente 6). Contrapartida reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 3.000# con fecha 15/02/12.
Total: 26# 12. D. Cayetano Benjamin / Cta. NUM037 Todos los ingresos detallados, se corresponden con pagos de extratipos.
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 27-07-11 205# Concepto utilizado: 'Abono abono'. El cliente es titular de tres imposiciones de 25, 50 y 75 mil euros. Este día, se observa el abono por parte de SSCC de varias reliquidaciones de los depósitos del cliente. Este importe debe de ir destinado a complementar los mismos. Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.200# con fecha 13/07/11.
18-08-11 205# Concepto utilizado: 'Abono abono'. Durante este mes se registran las liquidaciones por parte de la Entidad, de las tres imposiciones del cliente. Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 2.000# con fecha 08/08/11.
04-01-12 45,23# Concepto utilizado: 'Abono abono'. El 03.01.12, se registra el abono por parte de SSCC de intereses de uno de los depósitos del cliente ( NUM038 - NUM039 de 125 mil euros) por reliquidación de intereses, ya que este depósito había devengado intereses al 1,20% en diciembre 11. Con la reliquidación asciende al 3%. Con este ingreso, el tipo de interés ascendería al 3,5%. Contrapartida disposición en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 3.000# con fecha 02/01/12.
27-02-12 3,80# Concepto utilizado: 'Abono abono'. Este importe abonado por Vd. corresponde a una rectificación en una reliquidación de intereses realizado por SSCC (( NUM038 - NUM039 de 125 mil euros).
Con fecha 03.01.12 se abonan 153,96#, que se rectifican el 20.02.12 por 150,16#, correspondiendo el importe abonado con esta diferencia. Contrapartida reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 3.000# con fecha 15/02/12.
Total: 459,03 13. Leoncio Agustin / Cta. NUM040 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 09-03-11 6,72 Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El cliente es titular de dos depósitos (de 12 y 15 mil euros). El 23.02.11 se abonan, por parte de la Entidad, intereses del depósito de 15 mil euros ( NUM041 - NUM042 ) al 3,50% de nominal. Con este ingreso, el tipo de interés ascendería al 3,70%.
Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.000# con fecha 28/02/11.
Total: 6,72# 14. Gustavo Benedicto / Cta. NUM043 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 09-08-11 272,96# Retrocesión Comisión Penaliz IPF. Concepto utilizado: 'Abono abono'. Destinado a retroceder comisión por penalización de depósito anticipada del mismo importe adeudada este mismo día en la cuenta del cliente por la cancelación anticipada de un depósito de 100 mil euros ( NUM044 - NUM045 ).
Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 2.000# con fecha 8/08/11.
23-09-11 825# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. La última liquidación abonada por SSCC del depósito vigente (08.07.11) se realizó al 1% (las anteriores se realizan al 4%). Este ingreso se destina a compensar esta bajada de interés. Este mismo día, se registra otro pago de extratipo de 180# en la cuenta de otro cliente 15. Contrapartida para los dos pagos de extratipos realizados este día (1.005#) Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1000#. El documento contable se encuentra firmado y separado de los contabilizados por Vd. De forma consecutiva, se registra otro reintegro de 1.000# en otra cuenta de este cliente ( NUM016 ).
Total: 1.097,96# 15. Santos Marcial / NUM046 y NUM047 Los ingresos que se detallan, se corresponden con pagos de extratipo. Los mismos se observan por dos cuentas distintas del cliente en las que tiene domiciliados los intereses de diferentes imposiciones a plazo: Cuenta NUM046 .
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 23-09-11 180# Concepto utilizado: 'Abono abono'. En esta cuenta, se abonan intereses de una imposición de 60 mil euros ( NUM048 - NUM049 ). Dicho plazo devenga intereses trimestrales; en mayo se liquida al 4% nominal, sin embargo en agosto se liquidan al 2,5%. Este importe compensa esta bajada. Este mismo día, se registra otro pago de extratipo de 825# en la cuenta de otro cliente (14). Contrapartida para los dos pagos de extratipos realizados este día (1.005#). Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1000#.
El documento contable se encuentra firmado y separado de los contabilizados por Vd.. De forma consecutiva, se registra otro reintegro de 1.000# en otra cuenta de este cliente ( NUM016 ).
01-12-11 180# Concepto utilizado: 'Abono abono'. En nov/11 se liquidan intereses ( NUM048 - NUM049 de 60 mil euros), por parte de la Entidad, al 2,5%. En mayo/11 se liquidaron al 4%. Este importe compensa esta bajada. Contrapartida: Diferencia de Arqueo de 270#.
05-06-12 25# 183# Concepto utilizado en los dos abonos: 'Abono abono'En esta fecha, el cliente, además del depósito detallado en los casos anteriores (60 mil euros), es titular de otro de 24.000 euros ( NUM050 - NUM051 ).
Estos devengan intereses en abril/12 (el de 24.000 euros al 3,5% nominal), y en mayo/12 (el de 60 mil euros al 2,5%). Los importes abonadas por el empleado incrementan el tipo de interés. No se observa contrapartida Total: 568# Cuenta: NUM047 : Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 06-02-12 112# Concepto utilizado: 'Abono abono'.El 24.10.11 se da de alta depósito de 24 mil euros ( NUM050 - NUM051 ). Éste devenga intereses el 24.01.12 al 1,60%. Este ingreso supondría un 4% de interés nominal.Contrapartida: Diferencia de Arqueo de 170#.
Total: 112# Total cliente: 680#.
16. Celso Octavio / Cta. NUM052 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 24-08-11 100# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El cliente es titular de una imposición de 55 mil euros ( NUM053 ) que devenga intereses el 12.08.11 al 2,5% nominal. Con este ingreso el tipo de interés asciende a 3,4%. Contrapartida: Diferencia de Arqueo de 380#.
Total: 100# 17. Celso Octavio / Cta. NUM052 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 13-03-13 9,48# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El cliente es titular de una imposición de 22 mil euros ( NUM054 - NUM055 ). El mes anterior, esta imposición devengo intereses al 3,75 (nominal).
Con este ingreso el tipo de interés ascendería al 4%. No se observa contrapartida.
Total: 9,48# 18. Romeo Hernan / Cta. NUM056 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 04-07-12 53# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. Este mismo día se abonan, por parte de la Entidad, los intereses de la imposición NUM057 - NUM058 de 30 mil euros. Se liquidan al 2,80% nominal. Este ingreso supondría un tipo de interés del 3,60%. contrapartida reintegro en la cuenta NUM016 / Luis Sixto de 500# con fecha 22/06/12.
17-10-12 53# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. Mismo caso anterior con respecto a la liquidación de intereses abonada, por la Entidad con fecha 04.10.12. No se observa contrapartida.
Total: 106# 19. Domingo Heraclio / Cta. NUM059 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 18-10-12 35# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El 04.10.12 se abonan, por parte de la Entidad, los intereses de la imposición NUM060 - NUM061 de 32 mil euros. Se liquida al 2,60% nominal.
Este ingreso supondría un tipo de interés del 3,15%. No se observa contrapartida.
Total: 35# 20. Azucena Gregoria / Cta. NUM062 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 17-01-12 453,50# Retrocesión Comisión Penaliz IPF Concepto utilizado: 'Abono abono'. La clienta es titular de una imposición de 80 mil euros ( NUM063 - NUM064 ). El importe abonado se destina a compensar, por un lado la comisión de penalización de depósito (se cancela con fecha 11.11.11) generada por importe 346,18# y por otro lado a compensar los 107,32 # de diferencia entre las liquidaciones de agosto y septiembre/12 (en agosto se liquidan intereses por importe de 206,38# y en septiembre por importe de 99,06#).
Contrapartida disposición en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 3.000 # con fecha 02/01/12.
Total: 453,50# 21. Justino Salvador / NUM065 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 18-04-11 533,25# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El cliente es titular de una imposición de 107 mil euros ( NUM066 - NUM067 ). La liquidación de intereses de enero/11, se realiza al 4% nominal, sin embargo, las de febrero y marzo se realizan al 1%. Este ingreso compensa la pérdida sufrida.
contrapartida Reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 600#. El documento contable se encuentra firmado y separado de los contabilizados por Vd. Se desconoce el destino de los 66,75# restantes.
18-07-11 213,25# Retrocesión Comisión Penaliz IPF Concepto utilizado: 'Abono abono'. El 30.06.11, se cancela anticipadamente el depósito de 107 mil euros, generando una comisión de penalización de 170,03#. El importe abonado por Vd, se destina a compensar esta comisión y a compensar liquidaciones anteriores (abril, mayo y junio se liquidan al 1%).
Contrapartida un reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 1.200# con fecha 13/07/11.
Total: 746,50# 22. Lazaro Gregorio / Cta. NUM068 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 08-11-11 6,06 Comisión saldo max Exc/ Desc. Concepto utilizado: 'Abono abono'. Compensa comisión por saldo máximo exc/des, adeuda en la cuenta del cliente por el mismo importe con fecha 16.09.11. No se observa contrapartida.
Total: 6,06# 23. Leovigildo Teodoro / Cta. NUM069 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 13-01-12 1.168,80# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. Con fecha 14.12.11 se cancela anticipadamente un depósito de 140 mil euros ( NUM070 - NUM071 ), lo que genera una comisión de penalización de 430,61#. Esta imposición sólo generó una liquidación trimestral al 1,40%. Este ingreso está destinado a compensar la comisión de penalización y a incrementar el tipo de interés al que se liquidó la imposición. contrapartida disposición en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 3.000# con fecha 02/01/12.
Total: 1.168,80# 24. Calzados Ramón y Baños, SL. / Cta. 392.2720.00609.0 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 10-04-13 118,44# 225# Retrocesión Gastos Préstamo Retrocesión Comisión Estudio Aval Concepto utilizado: 'Abono abono'. En los meses de febrero y marzo se formalizan dos operaciones a la mercantil, lo que repercute en unos gastos por intervención de fedatario público. (47,87# adeudados el 22.02.13 por el préstamo 392.1132.04789.1 y 184,47# adeudados el 05.03.13 por la operación de aval 392.4092.03373.5). Este ingreso está destinado a compensar parcialmente los mismos.
Concepto utilizado: 'Abono abono'. Con fecha 05.03.13 se adeuda una comisión de estudio de 250# referente a la operación de aval antes indicada. Este importe se destina a compensar parcialmente este gasto.
No se observa contrapartida de estos ingresos.
Total: 343,44# 25. Serafin Feliciano . / Cta. NUM072 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 28-09-11 333,75# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El 28.07.11 se cancela anticipadamente un depósito de 36 mil euros ( NUM073 - NUM074 ). Este hecho genera intereses por 67,55# y una comisión de penalización de depósito por el mismo importe, es decir un neto de cero euros a favor del cliente. Este importe se destina a compensar esta pérdida. La última liquidación de depósito abonada al cliente (30.04.11) se realizó al 3,75% (542,25#). contrapartida 2 reintegros en la cuenta NUM007 NUM016 / Luis Sixto de 1.000# cada uno con fecha 23/09/11.
13-04-12 160,69# Retrocesión Comisión Custodia Valores Concepto utilizado: 'Abono abono'. En esta fecha no existe depósito, ya que cuando se canceló se destinó a la compra de acciones. Este ingreso va destinado a compensar parte de las comisiones adeudadas por la compra de valores. contrapartida reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 2.000# EL 12/04/12.
Total: 494,44# 26. Felicidad Yolanda . / Cta. NUM075 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 01-03-12 360,03# Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'. El cliente es titular de una imposición de 22 mil euros ( NUM076 - NUM077 ). Dicha imposición liquida intereses con fecha 09.12.11, al 2% nominal. Con este ingreso el tipo de interés ascendería aproximadamente al 4%. Contrapartida reintegro en la cuenta NUM007 / Luis Sixto de 3.000# con fecha 15/02/12.
Total: 360,03# Estos abonos irregulares presentan las siguientes características: · Son ingresos por caja, cuyos documentos contables se encuentran sin firmar y se realizan con el concepto 'abono abono' (excepto en 4 ocasiones).
· Las cantidades ingresadas son por importes no redondos en cuentas de clientes que no registran habitualmente esta tipología de ingresos.
· En el caso de extratipos, se realizan a clientes que mantienen imposiciones a plazo en la entidad, y los ingresos irregulares se realizan el mismo día o en días cercanos en los que se producen las liquidaciones de intereses de sus imposiciones. Los tipos de interés que se alcanzan, sumando estos ingresos irregulares a los intereses percibidos, oscilan entre el 3% y el 4,5%.
· En el caso de las retrocesiones de comisiones y gastos, los ingresos coinciden en importe con adeudos anteriores que han tenido los clientes en sus cuentas por alguna comisión o gasto. Detalle: C. Penalización Cancelación IPF Comisión Aval Gastos Apertura Préstamo Comisión Mant. Tarjeta Comisión Custodia Valores Comisión Intereses Exc.
1.450,13# (4) 1.350,00# (2) 343,44# (2) 26,00# (1) 160,69# (1) 6,06# (1) En paréntesis, el número de ingresos Vd. reconoce haber realizado ingresos en cuentas de clientes como pagos de extratipos y retrocesiones de comisiones y gastos, aunque no precisa la cuantía, ya que no lleva un control de los mismos.
En cuanto a la procedencia u origen de los fondos con los que Vd. ha podido compensar estos ingresos (81 por 17.515,30#), la casuística es la siguiente: · Se contabilizan faltantes de caja con los que podría haber compensado ingresos irregulares contabilizados en el mismo día, en 9 ocasiones por importe de 1.103#. Detalle: Fecha Faltante en caja Ingresos irregulares 07/09/09 450,00# 1 por 150,00# 07/01/10 150,00# 1 por 92,00# 13/05/10 150,10# 1 por 110,00# 03/09/10 320,00# 2 por 320,00# 17/12/10 220,00# 1 por 39,00# 24/08/11 380,00# 1 por 100,00# 01/12/11 270,00# 1 por 180,00# 06/02/12 170,00# 1 por 112,00# Total 9 por 1.103,00# · Se registran reintegros por caja, realizados de forma irregular, en las cuentas del cliente D. Luis Sixto , con lo que Vd. podría haber compensado ingresos irregulares en el mismo día, o en días posteriores, en 46 ocasiones por 12.777,16#.
· Por último, existen 26 ingresos irregulares por importe de 3.635,14 # cuyo origen no se ha podido determinar.
Movimientos irregulares en las cuentas de D. Luis Sixto Cuenta: NUM007 Titular: Luis Sixto .
Cotitular: Guillerma Gloria . Cuenta: NUM016 Titular: Luis Sixto .
Cotitular: Guillerma Gloria La totalidad de los movimientos registrados en estas cuentas son contabilizados por Vd. No existe un solo recibo domiciliado, y los movimientos se limitan fundamentalmente a reintegros en efectivo (25 por importe de 71.400 #) y operaciones relativas a altas/bajas de los productos de ahorro contratados (IPFs, aportaciones a capital social de la Entidad y seguros de inversión).
Particularidades de las cuentas a la vista: Existe un gran número de incidencias en la documentación contable de las operaciones (14 por importe de 61.900): -Reintegros realizados sin la firma del cliente (10 por 58.100#), -Adeudo con una firma que difiere de la registrada (1 por 2.300#) -Documentos contables que no se localizan (3 por 1.500#).
En los casos en que los reintegros se encuentran correctamente firmados (11 por 9.500#), éstos aparecen localizados en el parte contable de forma separada del resto de documentación del día, lo que indica que fueron firmados y depositados con posterioridad a la realización de los apuntes.
Existen coincidencias en los días en los que Vd. realiza abonos irregulares (pagos de extratipos y/o retrocesión de comisiones) con reintegros en las cuentas de este cliente.
Las libretas de ambas cuentas de ahorro, no se encuentran actualizadas desde el 2007 (los movimientos irregulares se inician en noviembre de 2009, si bien la disposición reiterada de fondos en las cuentas del cliente comienza en enero de 2011).
En base a estas consideraciones se desprende que Vd. ha dispuesto de forma irregular de fondos del cliente por una cantidad que podría ascender a 71.400 # (25 adeudos) y este importe ha sido por utilizado por Vd. para: - Abonar a otros clientes pagos de extratipos y retrocesiones de comisiones y gastos por importe de 12.777,16# (4.605,05# en el mismo día en que se produce el adeudo, y 8.172,11# en días posteriores).
- Prestar fondos a otro cliente, sin ninguna relación por importe de 2.300 #, dado que el cliente carecía de saldo suficiente.
- Del resto del importe adeudado (56.322,84#), desconocemos el destino.
En 3 ocasiones existe la restitución de estos fondos por importe de 44.300 #, por lo que la cantidad pendiente de restituir podría alcanzar los 27.100 #.
Cuenta: NUM007 / Reintegros por caja (todos contabilizados por el empleado) Fecha Importe Contrapartida / Observaciones 09-11-09 2.300# Reintegro con firma que difiere de la del cliente (15:14h). Destino: El efectivo se entregó a otro cliente (D. Landelino Donato / NUM078 ), que presentaba un descubierto de -2.811,81# (atribuciones de oficina: 3.000#). El 10.11.09 (el día siguiente) se le abona a este cliente préstamo hipotecario de 75 mil euros con el que regulariza la situación de descubierto, registrándose un reintegro de 2.300#, que se abona en la cuenta del señor Guillerma Gloria (Importe restituido).
19-01-11 600# Reintegro firmado por el cliente (14:36h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente. contrapartida: · Pago de Extratipo cliente 2 por importe de 367,25#.
· Pago de Extratipo cliente 1 por importe 93,62#, Se desconoce el destino de los 139,53# restantes.
21-02-11 300# Reintegro firmado por el cliente (14:02h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente. contrapartida: · Pago de Extratipo cliente 8 por importe de 240#.
· Pago de Extratipo cliente 10 por importe 52,50#, Se desconoce el destino de los 7,60# restantes.
28-02-11 1.000# Documento no localizado.contrapartida: · Pago Extratipo cliente 8 por importe de 27,35# En días posteriores (3, 9 y 15 de marzo) se realizan 4 abonos irregulares a otros clientes (1, 2, 13 y 3) por importe de 560,27#. Se desconoce el destino de los 412,38# restantes.
18-04-11 600# Reintegro firmado por el cliente (13:35h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente. contrapartida: · Pago de Extratipo cliente 23 por importe de 533,25#.
Se desconoce el destino de los 66,75# restantes.
24-05-11 600# Reintegro firmado por el cliente (14:17h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro contabilizó sin la presencia del cliente.
Se desconoce el destino de los fondos. (No hay abonos irregulares en cuentas de clientes).
01-06-11 500# Reintegro firmado por el cliente (13:41h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente. contrapartida: · Pago de Extratipo cliente 1 por importe de 275#.
En día posterior (03/06/11) se realiza 1 abono irregular a otro cliente (1) por 58,25#. Se desconoce el destino de los 166,75# restantes.
13-07-11 1.200# Reintegro firmado por el cliente (14:12h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente. contrapartida: · Pago de Extratipo cliente 2 por importe de 515,25#.
En días posteriores (18, 26 y 27 de julio) se realizan 3 abonos irregulares a otros clientes (21, 1 y 12) por importe de 442,75#. Se desconoce el destino de los 242# restantes.
08-08-11 2.000# Reintegro SIN FIRMAR. contrapartida: · Pago Extratipo cliente 1 por importe de 139,59# En días posteriores (09 y 18 de agosto) se realizan 2 abonos irregulares a otros clientes (14 y 12) por importe de 477,96#. Se desconoce el destino de los 1.382,59# restantes.
15-09-11 1.000# Reintegro firmado por el cliente (13:06h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente.
En día posterior (22/09/11) se realiza abono irregular a un cliente (1) por 98#. Se desconoce el destino de los 902# restantes.
23-09-11 1.000# Reintegro firmado por el cliente (13:23h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente. contrapartida: · Pago Extratipo cliente 14 por importe de 825#.
· Pago Extratipo cliente 15 por importe de 180#.
Este mismo día se registra otro reintegro de 1.000# en la otra cuenta del Sr. Soriano (392.2810.1111.9).
En días posteriores (28/09 y 19/10) se realizan 2 abonos irregulares a otros clientes (25 y 2) por 844,17#.
15-12-11 600# Reintegro SIN FIRMAR, localizado en el despacho del director. contrapartida: · Pago Extratipo cliente 6 por importe de 327,13# En día posterior (21/12/11) se realiza abono irregular a otro cliente (1) por 46,08#. Se desconoce el destino de los 226,79# restantes.
02-01-12 45.000# Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director. No se observan en el día ingresos irregulares en cuentas de clientes, no obstante se realizan las siguientes consideraciones: · El reintegro de 45 mil euros, procede de una baja de depósito por el mismo importe, con una firma que difiere de la del cliente.
· En días posteriores se restituyen 42 mil euros de la siguiente forma: 1. Día 13.01.12: Ingreso de 30 mil euros Documento sin firmar. En este mismo día se registra un pago de extratipo por importe de 1.168,80# / cliente 23.
2. Día 18.01.12: Ingreso de 12 mil euros. Documento sin firmar.
3. Finalmente el 15.02.12, se vuelve a constituir depósito de 45 mil euros (gracias a los dos ingresos indicados de 30 y 12 mil euros y a los fondos existentes en la cuenta). El documento de alta de depósito se encuentra sin firmar.
Por tanto, hay una diferencia de 3.000#, que ha podido ser destinada al pago del extratipo del cliente 23 por importe de 1.168,80 # (13/01/12), y a otros 4 ingresos irregulares efectuados en fechas 4, 5, 17 de enero y 3 de febrero a los clientes (12, 10, 20 y 1) por importe de 1.327,73#, desconociendo el destino del resto de los fondos (503,47#).
15-02-12 3.000# Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director.
Este reintegro se realiza de forma consecutiva al alta depósito de 45 mil euros detallada en el apartado anterior. En fechas posteriores (17, 27 de febrero y 1 de marzo) se realizan 4 abonos irregulares a otros clientes (6,11,12 y 26) por importe de 616,51#, desconociendo el destino del resto de fondos (2.383,49#) 12-04-12 2.000# Reintegro firmado por el cliente (12:49h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente.
Al día siguiente (13/04) se realiza un ingreso irregular a cliente (25) por importe de 160,69#, desconociendo el destino del resto de fondos (1.839,31#).
01-08-12 2.000# Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director.
En día posterior (21/08) se realiza abono irregular a cliente (1) por importe de 328,50#. Se desconoce el destino del resto de fondos (1.671,50#).
04-09-12 2.000# Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director.
En días posteriores (6, 21 de septiembre y 1 de octubre) se realizan 4 abonos irregulares a 2 clientes (7 y 4) por importe de 1.736,07#). Se desconoce el destino del resto de fondos (263,93#).
22-11-12 1.000# Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director.
Se desconoce el destino de los fondos. (No hay abonos irregulares en cuentas de clientes).
14-01-13 1.000# Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director. contrapartida: · Pago extratipo cliente 8 por importe de 266,63# Se desconoce el destino del resto de los fondos (733,37#) 17-05-13 300# Documento no localizado. contrapartida: · Pago de extratipo cliente 8 por importe de 247,77# Se desconoce el destino del resto de los fondos (52,23#).
Cuenta: NUM016 / Reintegros por caja (todos contabilizados por el empleado) Fecha Importe Contrapartida / Observaciones 26-01-11 200# Documento no localizado.
Se desconoce el destino de los fondos.
07-09-11 700# Reintegro firmado por el cliente (14:35h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente. contrapartida: · Pago extratipo cliente 2 por importe de 515,25# Se desconoce el destino del resto de los fondos 184,75#.
23-09-11 1.000# Reintegro firmado por el cliente (13:29h). Documento separado del resto del parte contable de Vd., lo que indica que el reintegro se contabilizó sin la presencia del cliente.
Se registra otro reintegro del mismo importe en la otra cuenta del Sr. Guillerma Gloria . En días posteriores (28/09 y 19/10) se realizan 2 abonos irregulares a clientes (2, 25) por 844,17#.
22-06-12 500# Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director. En día posterior (04/07) se realiza abono irregular a cliente (18) por 53#, Se desconoce el destino del resto de fondos (447#).
18-07-12 1.000# Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director. Al día siguiente (19/07) se realiza abono irregular a cliente (7) por importe de 253,33#. Se desconoce el destino del resto de fondos (746,67#).
En conversación mantenida con Vd. en fecha 21/10/2013 en presencia de su Director Territorial manifiesta que: Con respecto a la cuenta del cliente D. Luis Sixto , Vd. admite que tiene una relación de amistad y que ha realizado adeudos sin el conocimiento previo de éste, para poder compensar pagos de extratipos y retrocesiones de comisiones, aunque argumenta que posteriormente le ha restituido en mano el efectivo reintegrado (mediante fondos propios), y que a fecha de la entrevista no debe nada al cliente.
Indica, además que en aquellos casos que la disposición de fondos es superior a los abonos realizados a otros clientes, parte de este efectivo lo mantenía en la propia oficina o bien se lo llevaba a su casa.
Argumenta Vd. que en los casos en los que no se ha podido determinar la contrapartida a los ingresos realizados, es porque Vd. mantiene efectivo en su casa procedente del trabajo de su cónyuge, y que este es el origen de los abonos.
Con base en los hechos anteriormente descritos y cometidos por Usted que no han sido desvirtuados por las alegaciones por Usted formuladas frente al Pliego de Cargos que le fue entregado esta Dirección ha acordado imponerle la sanción de Despido Disciplinario con efectos de esta misma fecha (25 de noviembre de 2013), como consecuencia de la comisión de las faltas muy graves previstas en el artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores , así como el artículo 46.1 y 46.2 del Convenio Colectivo para las Sociedades Cooperativas de Crédito .
Por último, le ruego devuelva copia de esta carta, firmando el recibí de la misma y haciendo constar la fecha de recepción.'
TERCERO.- El despido del trabajador fue comunicado a la representación de los trabajadores en la misma fecha. Con anterioridad a la notificación de la carta de despido, la empresa notificó al demandante el día 12-11-13 escrito de la empresa que contenía 'Pliego de cargos' de que contenía las mismas imputaciones y hechos contenidos en la carta de despido, y el que se le imputaba una falta muy grave, dando al demandante una plazo de 5 días para efectuar alegaciones al Pliego de Cargos, y siendo apartado de sus funciones con suspensión de empleo pero no de sueldo. El demandante contestó con escrito de 19-11- 13, cuyo contenido es del tenor literal siguiente: 'A/a de Recursos Humanos: En respuesta a su escrito de 12 de Noviembre de 2013, donde relacionan una serie de hechos sobre los cuales concluyen que en mi actuación como director de la sucursal pudiera haber cometido infracciones calificadas como muy graves les manifiesto: Que en el desempeño del puesto de Director he intentado defender el negocio del que era responsable con las armas que tenia a mi disposición. No encontrando mas salida en algunos casos que la de poner de mi propio patrimonio familiar y personal fondos para resolver la cuestión. Y así lo manifesté antes los auditores y el Director Territorial.
Que en todos los acreditados que se relacionan y que, por las razones que sean, hacen coincidir constantemente con reintegros en las cuentas de D. Luis Sixto , niego categóricamente que haya relación alguna, pues como también podrán comprobar en sus extractos de cuentas, de este cliente se hacían continuas operaciones financieras.
Así mismo, niego que haya relación alguna con los descuadres de caja a los que hacen mención en el comienzo del escrito, siendo pura casualidad el haber habido un abono de liquidación de interés que coincida con un descuadre de caja. Descuadres de Caja que además no coinciden en los importes, ni por lo visto son relacionables. Nunca he metido mano en la caja, ni lo haré, tal y como manifesté ante los auditores y el Director Territorial.
Que les aporto documento fiscal sobre el estado de cuentas de mi familia, que es la que ha soportado el perjuicio de mi gestión como Director. Pues siempre hemos entendido en mi casa que la Caja era parte nuestra y la teníamos que defender para lo bueno y para lo malo. En los últimos años era para lo malo. Por la crisis, por el negocio y por mi puesto de trabajo.
Así mismo les aporto documento tanto privado (que se presentó al día siguiente de comunicarme verbalmente los hechos), como público (acta de manifestaciones otorgada ante el notario D. Salvador Montesinos García) donde el cliente al que siempre se hace referencia en el escrito de Auditoria, D. Luis Sixto , reconoce ser conocedor de todos esos movimientos, cargos y abonos, cancelaciones y disposiciones de depósitos, sino que además el mismo reconoce que muchas de esas órdenes fueron dadas de forma verbal y ratificadas con rubrica posteriormente. Así mismo el cliente manifiesta estar dispuesto a ir a donde haga falta a ratificar esto, puesto que lo único que hemos hecho con él ha sido darle servicio. También quiero manifestarles que los abonos que aparecen en las cuentas fueron realizados desde el año 2009. Época en la que el negocio de oficina se volvió más difícil, hubo una bajada brutal de los tipos de interés.
Los datos de la oficina los tiene la Caja, los resultados de la gestión también. De todo lo que se expone, siendo los abonos en cuenta para compensar lo que fuera, a mi exclusiva costa, el único perjudicado he sido yo y mi familia, nunca ha sido en beneficio propio y siempre actuando en beneficio de la caja, por lo que le pido a la Dirección de la Empresa tenga en cuenta mi trayectoria profesional y a partir de ahora tendré en cuenta esta auditoria en mi devenir profesional.'
CUARTO.- En relación a los hechos imputados en la carta de despido y como antecedentes y hechos precedentes han quedado acreditados los siguientes hechos: En la entidad demandada se llevan a cabo Auditorías de Control Interno de la Caja, existiendo Auditorías de Oficinas que se llevan a cabo de forma presencial 'In situ', cada 2 ó 3 años aproximadamente, y derivadas de estas cuando se detectan irregularidades a través de los muestreos y datos comprobados a través de la documentación solicitada y entregada por los empleados, se realizan otras Auditorías Especiales a empleados en donde se detallan las irregularidades concretas apreciadas.
Con anterioridad a la emisión del Informe de Auditoría Especial del año 2013 que da lugar a la carta de despido (cuya fecha de inicio y finalización son indeterminadas, pero habiéndose llevado a cabo las actuaciones aproximadamente entre septiembre y noviembre de 2013) se procedió a realizar otra Auditoría presencial en enero de 2011 en la Oficina de Alhama de Murcia 0392, en la que prestaba servicios como Director de Oficina el demandante desde 1-11-08.
En el Informe de Auditoría de Red Comercial, llevado a cabo en el año 2011, se indicó al concluirse en cuanto a la Calificación provisional: 'Mejorable sujeta a la revisión de los responsables de Equipo de Auditoría, así como a la resolución definitiva del Comité de Auditoría'.
Se levantó ACTA DE INCIDENCIAS, en el apartado 01.02.06, relativo a DIFERENCIAS DE ARQUEO, en la Página 5 del informe emitido, ya se detectaron en la mencionada Oficina diferencias de Arqueo en los ejercicios 2008, 2009 y 2010, detallándose datos y concluyéndose: '-. El número de Incidencias incluye diferencias no regularizadas o canceladas en día distinto al de su contabilización.
-. El importe de diferencias de corresponde a la suma de saldo de diferencias no encontradas.
-. Ambas magnitudes se refieren a ejercicios completos excepto las del ejercicio en curso'.
El periodo auditado en el apartado 01.02.07 de Control de Encajes Caja-Cajero de la Oficina fue desde 23-6-08 a 23-12-10, y se reflejó en una tabla la evolución del saldo de Caja-Cajero.
En el apartado 04.04.01 de Cuentas de Orden/ Deudores/acreedores por efectos recibidos en Gestión de Cobro se indica: 'Verificado el saldo contable, éste resulta NO CONFORME, al existir una diferencia de 15,35 euros. Se insta a la oficina para que proceda a la corrección de los apuntes erróneos, dejando igualado el saldo contable de la cuenta con los justificantes'.
En el apartado 07 relativo a Análisis de Activo, en general no se detectaron irregularidades, salvo en el apartado 07.03 de Activo Irregular en cuanto a un expediente, respecto del que se aconsejó hacer seguimiento para constar su recepción por el Área de Activo Irregular de la DT de Murcia, y en el apartado 07.04 de Inversión Crediticia, se detectaron irregularidades en el riesgo analizado, únicamente respecto de descuentos de remesas con efectos con librados pertenecientes al sector de la Promoción/construcción haciendo constar al respecto que no había autorización de órgano superior para anticipo de remesas y que la UTR Murcia advertía expresamente en el Informe de Riesgos de la línea de descuento, de la falta de atribuciones del Comité de Gestión de la oficina para anticipar efectos de librados de este sector.
En el apartado 07.05 de Validación de Scoring se hacen los siguiente comentarios: 'La Oficina deberá codificar correctamente la variable Origen, conforme a la normativa interna reflejada en las circulares de Inversión crediticia de las Operaciones de fecha 25/05/2009 y 08/07/2009' y 'La Profesión de los intervinientes deberá corresponder con la situación laboral actual del cliente para una evaluación del Modelo correcto.
Las oficinas pondrán al máximo cuidado y diligencia en la grabación de los ingresos netos reales de los intervinientes, los cuales deben tener su adecuada justificación y soporte documental'.
QUINTO.- De los hechos objeto de imputación que motivan el despido, y que aparecen descritos en la carta de despido y en el informe de Auditoría emitido y concluido en fecha no concreta ni determinada del mes noviembre del año 2013, previo al despido, han quedado acreditados los siguientes hechos: En septiembre de 2013 se solicita documentación y datos al empleado por vía telemática, a través de lo que se denomina Requerimientos de Auditoría a Distancia, del periodo comprendido entre 1-1-09 y 31-12-13, y a raíz de la documentación solicitada y facilitada por el demandante (un total de 468 envíos solicitados), se emite informe de Auditoría Especial de Empleado de Red Comercial/Dirección de Auditoría Interna en noviembre de 2013 en el que se hace constar que el demandante había realizado una serie de irregularidades que se relatan en el mismo, siendo el periodo analizado en la Auditoría de enero de 2011 a septiembre de 2013, si bien respecto de determinados clientes en los que se observaron ingresos irregulares con anterioridad a dicho periodo, se amplió el periodo hacía atrás para determinar su origen.
Esos hechos relatados en el Informe de Auditoría se transcribieron en la carta de despido, pero con la diferencia de que en el citado Informe de Auditoria Especial en las anotaciones que constan en relación a los movimientos contabilizados en el apartado 'Observaciones/contrapartida', se utiliza la expresión 'Posible contrapartida' y en la carta de despido y pliego de cargos, se utiliza la expresión 'contrapartida', para relacionar determinados movimientos de abono, con movimientos de reintegros de un cliente.
De los hechos relatados en la carta de despido, ha quedado acreditado que el demandante en la Oficina 0392- Alhama San Pío y en su condición de Director de Oficina realizó en el periodo comprendido entre 23-6-09 y 19-8-13, un total de 81 ingresos en cuentas de clientes por importe total de 17.515,30 #, afectando a un total de 25 clientes (en los apartados 16 y 17 de ingresos, figura el mismo cliente y la misma cuenta), sin que conste perjuicio alguno causado a la Entidad, ni que se hiciera con cargo a fondos de la entidad demandada, ni la procedencia del efectivo con que se hacían los ingresos, ni quejas de los clientes.
Del montante total de esos ingresos, 70 abonos por importe de 14.178,98 # se destinan al pago de extratipos, y los 11 restantes por importe de 3.336,32 # se destinan a la retrocesión de comisiones y/o gastos de distinta naturaleza. Siendo el detalle de los mismos el siguiente: -. 1) A D. Porfirio Fernando / Cta. NUM002 Todos los ingresos detallados de este cliente se corresponden con pagos de extratipos, utilizando el concepto 'abono abono' en todos los casos salvo, salvo en 3 de ellos en que se utiliza el concepto 'ingreso en efectivo' (los de 7-9-09, 7-1-10 y 13-5-10), y en el de 19-8-13 no consta concepto: Fecha Importe 23-06-09 .................................................... 635,00 # 07-09-09 .................................................... 150,00 # 05-11-09 .................................................... 509,00 # 07-01-10 .................................................... 92,00 # 08-02-10 .................................................... 520,00 # 13-05-10 .................................................... 110,00 # 03-09-10 .................................................... 120,00 # 17-12-10 .................................................... 39,00 # 19-01-11 .................................................... 93,22 # 16-02-11 .................................................... 94,25 # 03-03-11 .................................................... 39,50 # 01-06-11 .................................................... 275,00 # 03-06-11 .................................................... 58,25 # 26-07-11 .................................................... 24,50 # 08-08-11 .................................................... 139,45 # 22-09-11 .................................................... 98,00 # 21-12-11 .................................................... 46,08 # 03-02-12 .................................................... 582,00 # 04-06-12 .................................................... 73,00 # 21-08-12 .................................................... 328,50 # 03-09-12 .................................................... 73,00 # 02-01-13 ...................................................... 77,93 # ...................................................... 79,00 # 03-07-13 .................................................... 148,82 # ..................................................... 55,56 # 19-08-13 .................................................... 134,06 # ...................................................... 49,95 # Total: ................................................. 4.645,07 # -. 2) A D. Serafin Oscar / Cta. NUM011 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 19-01-11 367,25 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'abono abono'.
03-03-11 485,00 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'abono abono'.
13-07-11 515,25 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'abono abono'.
07-09-11 515,25 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'abono abono'.
19-10-11 510,42 # Retrocesión Comisión Penaliz IPF. Concepto utilizado: 'abono abono'.
Total: 2.393,17 # -. 3) A D. Evaristo Narciso / Cta. NUM017 Todos los ingresos detallados, se corresponden con pagos de extratipos Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 11-06-10 38,00 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
09-11-10 36,00 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
15-03-11 29,05 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
Total: 103,05 # -. 4) A VIAJES ESPUÑA, SL. / Cta. 392.2720.00528.8 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 21-09-12 675,00 # Retrocesión Comisión Aval Concepto utilizado: 'abono abono'.
01-10-12 675,00 # Retrocesión Comisión Aval Concepto utilizado: 'abono abono'.
Total: 1.350,00# -. 5) A D. Victor Guillermo / Cta. NUM023 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 03-09-10 200,00 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Ingreso Efectivo'.
Total 200,00 # -. 6) A BELCHÍ ESPADAS, SC. / 392.2720.00047.4 Todos los ingresos detallados, se corresponden con pagos de extratipos. También existen abonos en la cuenta particular del administrador de la empresa ( Ruben Oscar -Cliente 7): Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 15-12-11 327,13 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
17-02-12 226,68 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
31-07-13 321,70 # 109,64 # Conceptos utilizados: 'abono abono'.
Total: 985,15 # -. 7). A D. Ruben Oscar / NUM027 Todos los ingresos detallados, se corresponden con pagos de extratipos. Las imposiciones que mantiene el cliente son las mismas que las detalladas en el cliente anterior (empresa de su propiedad). En unas ocasiones abona el pago de extratipos en la cuenta de la empresa y en otras por esta cuenta.
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 19-07-12 253,33 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
06-09-12 206,90 # 179,17 # Conceptos utilizados: 'abono abono'.
Total: 639,40 # -. 8) A D. Nicolas Placido / NUM028 y NUM029 Los ingresos que se detallan, se corresponden con pagos de extratipo. Los mismos se observan por dos cuentas distintas del cliente en las que tiene domiciliados los intereses de diferentes imposiciones a plazo: Cuenta NUM028 : Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 28-02-11 27,35 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
14-01-13 266,63 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
17-05-13 247,77 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
Total: 541,75 # Cuenta: NUM029 : Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 21-02-11 240,00 # Concepto utilizado: 'abono abono'.
Total: 240,00 # Total cliente: 781,75 # -. 9) A Dª Celestina Paulina / Cta. NUM030 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 09-11-10 14,00 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
08-07-11 11,25 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 25,25 # -. 10) A D. Porfirio David / Cta. NUM033 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 21-02-11 52,50 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
05-01-12 247,00 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total 299,50 # -. 11) A D. Porfirio David / Cta. NUM033 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 17-02-12 26,00 # Retrocesión Comisión Tarjeta Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 26,00 # -. 12) A D. Cayetano Benjamin / CTA. NUM037 Todos los ingresos detallados, se corresponden con pagos de extratipos.
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 27-07-11 205,00 # Concepto utilizado: 'Abono abono'.
18-08-11 205,00 # Concepto utilizado: 'Abono abono'.
04-01-12 45,23 # Concepto utilizado: 'Abono abono'.
27-02-12 3,80 # Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 459,03 # -. 13) A D. Leoncio Agustin / CTA. NUM040 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 09-03-11 6,72 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 6,72 # -. 14) A D. Gustavo Benedicto / CTA. NUM043 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 09-08-11 272,96 # Retrocesión Comisión Penaliz IPF. Concepto utilizado: 'Abono abono'.
23-09-11 825,00 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 1.097,96 # -. 15) A D. Santos Marcial / NUM046 y NUM047 Los ingresos que se detallan, se corresponden con pagos de extratipo. Los mismos se observan por dos cuentas distintas del cliente en las que tiene domiciliados los intereses de diferentes imposiciones a plazo: Cuenta NUM046 .
Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 23-09-11 180,00 # Concepto utilizado: 'Abono abono'.
01-12-11 180,00 # Concepto utilizado: 'Abono abono'.
05-06-12 25,00 # 183,00 # Concepto utilizado en los dos abonos: 'Abono abono' Total: 568,00 # Cuenta: NUM047 : Fecha Importe Observaciones / Contrapartida 06-02-12 112,00 # Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 112,00 # Total cliente: 680,00 # -. 16) A D. Celso Octavio / CTA. NUM052 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 24-08-11 100,00 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 100,00 # -. 17) A D. Celso Octavio / CTA. NUM052 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 13-03-13 9,48 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 9,48 # -. 18) A D. Romeo Hernan / CTA. NUM056 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 04-07-12 53,00 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
17-10-12 53,00 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 106,00 # -. 19) A D. Domingo Heraclio / CTA. NUM059 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 18-10-12 35,00 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 35,00 # -. 20) A Dª Azucena Gregoria / CTA. NUM062 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 17-01-12 453,50 # Retrocesión Comisión Penaliz IPF Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 453,50 # -. 21) A D. Justino Salvador / NUM065 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 18-04-11 533,25 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
18-07-11 213,25 # Retrocesión Comisión Penaliz IPF Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 746,50 # -. 22) A D. Lazaro Gregorio / CTA. NUM068 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 08-11-11 6,06 # Comisión saldo max Exc/ Desc. Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 6,06 # -. 23) A D. Leovigildo Teodoro / CTA. NUM069 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 13-01-12 1.168,80 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 1.168,80 # -. 24) A CALZADOS RAMÓN Y BAÑOS, S.L. / Cta. 392.2720.00609.0 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 10-04-13 118,44 # 225,00 # Retrocesión Gastos Préstamo Retrocesión Comisión Estudio Aval Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 343,44 # -. 25) A D. Serafin Feliciano . / CTA. NUM072 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 28-09-11 333,75 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
13-04-12 160,69 # Retrocesión Comisión Custodia Valores Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 494,44 # -. 26) A Dª Felicidad Yolanda . / CTA. NUM075 Fecha Importe Tipología Observaciones / Contrapartida 01-03-12 360,03 # Pago Extratipo Concepto utilizado: 'Abono abono'.
Total: 360,03 # Además de estos abonos, constan contabilizados por el demandante en las cuentas de otro cliente D.
Luis Sixto , Cuentas NUM007 y NUM016 , en las que figura como Titular D. Luis Sixto , y figura como Cotitular Dª Guillerma Gloria , los siguientes movimientos con el conocimiento y consentimiento del titular citado en las siguientes fechas: Uno el 9-11-09 y los restantes en el periodo comprendido entre 19-1-11 y 17-5-13. El detalle de los citados movimientos es el siguiente: * CUENTA NUM007 /REINTEGROS POR CAJA Fecha Importe Contrapartida / Observaciones 09-11-09 2.300,00 # Reintegro con firma (Importe restituido).
19-01-11 600,00 # Reintegro firmado por el cliente (14:36h). Documento separado del resto del parte contable 21-02-11 300,00 # Reintegro firmado por el cliente (14:02h). Documento separado del resto del parte contable 28-02-11 1.000,00 # Documento no localizado.
18-04-11 600,00 # Reintegro firmado por el cliente (13:35h). Documento separado del resto del parte contable 24-05-11 600,00 # Reintegro firmado por el cliente (14:17h). Documento separado del resto del parte contable 01-06-11 500,00 # Reintegro firmado por el cliente (13:41h). Documento separado del resto del parte contable 13-07-11 1.200,00 # Reintegro firmado por el cliente (14:12h). Documento separado del resto del parte contable 08-08-11 2.000,00 # Reintegro SIN FIRMAR, pero conocido y autorizado por cliente 15-09-11 1.000,00 # Reintegro firmado por el cliente (13:06h). Documento separado del resto del parte contable 23-09-11 1.000,00 # Reintegro firmado por el cliente (13:23h). Documento separado del resto del parte contable 15-12-11 600,00 # Reintegro SIN FIRMAR, localizado en el despacho del director, pero conocido y autorizado por cliente 02-01-12 45.000,00 # Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director, pero conocido y autorizado por cliente 15-02-12 3.000,00 # Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director, pero conocido y autorizado por cliente 12-04-12 2.000,00 # Reintegro firmado por el cliente (12:49h). Documento separado del resto del parte contable 01-08-12 2.000,00 # Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director, pero conocido y autorizado por cliente 04-09-12 2.000,00 # Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director, pero conocido y autorizado por cliente.
22-11-12 1.000,00 # Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director, pero conocido y autorizado por cliente.
14-01-13 1.000,00 # Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director, pero conocido y autorizado por cliente 17-05-13 300,00 # Documento no localizado, pero conocido y autorizado por el cliente * CUENTA: NUM016 / REINTEGROS POR CAJA Fecha Importe Contrapartida / Observaciones 26-01-11 200,00 # Documento no localizado, pero conocido y autorizado por el cliente 07-09-11 700,00 # Reintegro firmado por el cliente (14:35h). Documento separado del resto del parte contable 23-09-11 1.000,00 # Reintegro firmado por el cliente (13:29h). Documento separado del resto del parte contable 22-06-12 500,00 # Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director, pero conocido y autorizado por cliente 18-07-12 1.000,00 # Reintegro SIN FIRMAR localizado en el despacho del director, pero conocido y autorizado por cliente Todas las citadas operaciones y movimientos contables efectuadas por el demandante en las cuentas de este cliente, han sido autorizadas por el mismo, aunque como ha quedado expuesto en algunas ocasiones en forma verbal, pero teniendo siempre conocimiento el cliente, y prestando conformidad a los mismos. En la Oficina 0392 en la que prestaba servicios como Director el demandante desde el año 2008, ha habido varios Directores Territoriales, siendo el último D. Miguel Efrain , que se incorporó en el año 2011 a la citada Oficina, no constando autorización expresa y escrita del mismo al demandante ni para proceder al pago de extratipos, ni para aplicar retrocesión de comisiones y/o gastos de distinta naturaleza, ni para realizar las restantes operaciones, pues las autorizaciones para determinadas prácticas se solicitan y se emiten normalmente a través de vía telemática o verbal. En las distintas Auditorías realizadas a la Oficina 0392 el demandante siempre ha facilitado toda la documentación contable que le ha sido requerida.
SEXTO.- A la relación laboral de las partes le resulta de aplicación el XX Convenio Colectivo para las sociedades cooperativas de crédito suscrito el 23-5-12 siendo el vigente para los años 2011-2014 y publicado en el BOE de 2-8-12, que regula en su CAPÍTULO XI, Arts. 43 a 48 , todo lo relativo al RÉGIMEN DISCIPLINARIO. SÉPTIMO.- Que con fecha 13-1-14 se celebró el preceptivo acto de conciliación ante la S.C. del S.R.L. instado por Papeleta presentada el día 18-12-13 con el resultado de celebrado SIN AVENENCIA'; y el fallo fue del tenor siguiente: 'Que estimando la demanda por despido formulada por D. Cornelio Casiano , frente a la entidad CAJAS RURALES UNIDAS SOCIEDAD COOPERATIVA DE CREDITO (CAJAMAR), debo declarar y declaro IMPROCEDENTE el despido de parte actora producido con efectos de 25-11-2013, y adelantada por la empresa la opción por la extinción, declaro extinguida la relación laboral que ligaba a las partes desde la fecha de esta sentencia, condenando a la empresa demandada a que abone al trabajador la cantidad de 48.002 # líquidos, en concepto de indemnización por despido, más los intereses a que se refiere el Art. 576 de la LEC , sin que haya lugar a salarios de tramitación'.
SEGUNDO .- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado don Justo Montoya Martínez, en representación de la parte demandada, con impugnación del Letrado don José López Pérez, en representación de la parte demandante.
Fundamentos
FUNDAMENTOPRIMERO .- El actor don Cornelio Casiano presentó demanda, sobre despido, contra la empresa Cajas Rurales Reunidas, Sociedad Cooperativa de Crédito (Cajamar), en reclamación de que se declarase la improcedencia del despido de que había sido objeto; demanda que fue estimada por el Juzgado a quo al considerar que la conducta del trabajador demandante carece de malicia y ocultación y no puede ser calificada como muy grave al no concurrir trasgresión de la buena fe contractual ni abuso de confianza.
Frente a dicho pronunciamiento se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, basado en el examen del derecho aplicado, de conformidad con el artículo 193,c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social , por infracción del artículo 54.2.d) del Estatuto de los Trabajadores , pues el comportamiento del actor debe ser calificada como falta muy grave a tenor del artículo 46.1 y 2 del Convenio Colectivo para las Sociedades Cooperativas de Crédito , así como la jurisprudencia citada.
La parte actora se opone al recurso y lo impugna.
FUNDAMENTO
SEGUNDO .- Sostiene la parte recurrente que la conducta llevada a cabo por el trabajador demandante debe ser calificada como muy grave, y no como falta grave, que es la calificación que realiza la Juzgadora de instancia, ya que las operaciones de pago de extratipos a clientes y haber efectuado retrocesión de comisiones y gastos no fue consentida, pues carecía el actor de tales facultades, por lo que se ha trasgredido la buena fe contractual y ha abusado de la confianza depositada, lo que integra la gravedad y culpabilidad exigida por la normativa disciplinaria que se considera infringida.
A tal efecto se ha partir de los hechos que se han de tener como probados, concretamente del hecho probado cuarto, en el que se deja constancia de un informe de auditoría del año 2011 en el que se concretan determinadas irregularidades, pero que no consta que fueran corregidas, ni advertido el actor de las consecuencias de tal operatividad, y, asimismo, no se refleja una actitud de malicia u ocultación, como se indica por la Magistrada de instancia, y en el hecho quinto se hace constar en el informe de auditoría especial de 2013, en el apartado de anotaciones de movimientos contabilizados, que existe posible contrapartida, y, asimismo, consta que el actor, en su condición de director de la oficina 0392-Alhama San Pío, ha llevado a cabo, en el período de 23-6-2009 y 19-8-2013, un total de 81 ingresos en cuentas de clientes por importe de 176.515,30 euros, afectando a un total de 25 clientes, sin que conste perjuicio alguno para la entidad, ni que se hiciera con cargo a fondos de la aquella, ni la procedencia del efectivo con que se hacían los ingresos, ni quejas de los clientes, y, de aquellos ingresos, 70 abonos lo fueron por importe de 14.178,98 euros, destinándose al pago de extratipos, y los restantes 11 por importe de 3.336,32 euros se destinaron a la retrocesión de comisiones y/o gastos de distinta naturaleza, cuyo detalle se concreta en el expresado hechos probado, y, además, en relación con las operaciones de uno del cliente Sr. Luis Sixto las mismas fueron conocidas y consentidas por el mismo, y algunas autorizadas de forma verbal; no obstante, no consta autorización expresa y escrita del Director territorial al demandante ni para proceder al pago de extratipos, ni para aplicar retrocesión de comisiones y/o gastos de distinta naturaleza, ni para realizar las restantes operaciones, pues las autorizaciones para determinadas prácticas se solicitan y se emiten normalmente a través de vía telemática o verbal, y, asimismo, en las distintas auditorias realizadas en la oficina mencionada el demandante siempre ha facilitado toda la documentación contable que le ha sido requerida.
De ello no puede llegarse a otra conclusión más que la expresa por la Magistrada de instancia, ya que no se ha acreditado la existencia de relación entre las operaciones o movimientos de abonos con los reintegros efectuados al Sr. Luis Sixto en su cuenta, cuya relación solamente se estimaba como posible en el informe de auditoría, y, además, no se acredita que el demandante usara el efectivo de los reintegros para usos propios, ni para compensar con otras operaciones de abono o descuadres de caja, lo cual es una mera posibilidad; y, asimismo, se aprecian irregularidades en la realización de determinados movimientos, concretamente respecto del modo de obtener la autorización del cliente; por lo tanto, y en tales condiciones, no es posible sostener la existencia de trasgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza con los requisitos de gravedad y culpabilidad exigidos, sino que estamos en presencia de irregularidades, que en cierto modo se han venido consintiendo por la empresa al no constar su corrección tras detectarse en la auditoría del año 2011, que no pueden alcanzar al extremo de ser tipificadas como falta muy grave tipificada en el artículo 46.1 º y 2º del Convenio Colectivo para las Sociedades Cooperativas de Crédito , pues lo que se aprecia no es una conducta maliciosa o dolosa por parte del demandante, sino más bien una acción negligente, que estaría tipificada, como falta leve, en el artículo 44.6º de dicho Convenio Colectivo , el cual describe como tal la 'negligencia en el cumplimiento de los deberes laborales, cuando no cause o derive perjuicio a los intereses de la empresa', o, en otro caso, podría quedar tipificada la conducta del actor en la falta grave del artículo 45.7º del referido Convenio Colectivo cuando considera como tal 'la retención, sin autorización del jefe competente, de documentos, cartas, datos, informes, etc., o su aplicación, destino o usos distintos de los que sean procedentes', toda vez que no se han acreditado perjuicio económico para la empresa, ni siquiera perjuicio moral, al no constar denuncia, queja o reclamación de los clientes en los supuestos contemplados.
Por todo ello, debe desestimares el recurso de suplicación planteado, confirmándose la sentencia recurrida, con imposición a la parte recurrente de las costas procesales del recurso, de conformidad con el artículo 235 de la LRJS , fijándose en 250 euros el importe de los honorarios del Letrado de la parte contraria.
Fallo
En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Social de este Tribunal, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido: Desestimar el recurso de suplicación interpuesto por la empresa CAJAS RURALES UNIDAS, SOC.COP. DE CRÉDITO (CAJAMAR) contra la sentencia número 0359/2014 del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, de fecha 10 de Noviembre , dictada en proceso número 0041/2014, sobre DESPIDO, y entablado por Cornelio Casiano frente a CAJAS RURALES UNIDAS, SOC. COP. DE CRÉDITO; y confirmar como confirmamos el pronunciamiento de instancia.
Condenar en costas a la parte recurrente, que deberá abonar, al Letrado impugnante de su recurso, la cantidad de 250 euros, en concepto de honorarios.
Dese a los depósitos, si los hubiera, el destino legal.
Notifíquese esta sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal de este Tribunal Superior de Justicia.
ADVERTENCIAS LEGALES Contra esta sentencia cabe Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, que necesariamente deberá prepararse por escrito firmado por Letrado dirigido al Servicio Común de Ordenación del Procedimiento (SCOP) y presentado dentro de los 10 días hábiles siguientes al de su notificación.
Además, si el recurrente hubiera sido condenado en la sentencia, deberá acompañar, al preparar el recurso, el justificante de haber ingreso en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en el Banesto, cuenta número: ES553104000066050315, a nombre de esta Sala el importe de la condena, o bien aval bancario en el que expresamente se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista. Si la condena consistiese en constituir el capital-coste de una pensión de Seguridad Social, el ingreso de éste habrá de hacerlo en la Tesorería General de la Seguridad Social y una vez se determine por éstos su importe, lo que se le comunicará por esta Sala.
El recurrente deberá acreditar mediante resguardo entregado en la Secretaría del SCOP, al tiempo de la personación, la consignación de un depósito de seiscientos euros (600 euros), en la entidad de crédito Banesto, cuenta corriente número ES553104000066050315, Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, haciendo constar como concepto el de Recursos y como dígito el 35.
Están exceptuados de hacer todos estos ingresos las Entidades Públicas, quienes ya tengan expresamente reconocido el beneficio de justicia gratuita o litigase en razón a su condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social (o como sucesores suyos), aunque si la recurrente fuese una Entidad Gestora y hubiese sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación.
Una vez firme lo acordado, devuélvanse las actuaciones al Juzgado de lo Social de origen para el oportuno cumplimiento.
Así, por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
