Sentencia Social Nº 85/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo...2 de Febrero de 2011
Sentencia Social Nº 85/20...ro de 2011

Última revisión
09/02/2023

Sentencia Social Nº 85/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 2, Rec 6057/2010 de 02 de Febrero de 2011

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Orden: Social

Fecha: 02 de Febrero de 2011

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: GARCIA ALVAREZ, MARIA ROSARIO

Nº de sentencia: 85/2011

Nº de recurso: 6057/2010

Núm. Cendoj: 28079340022011100027

Resumen
CONFLICTO COLECTIVO.- No agotamiento de los trámites preprocesales establecidos en el Convenio.- Imposibilidad de entrar a conocer del fondo del asunto.- Se estima el recurso de suplicación formulado por empresa contra sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid, sobre conflicto colectivo. La Sala declara que no es posible afirmar, como se señala en la sentencia, que resulta evidente la inexistencia de un acuerdo entre empresa y trabajadores por lo que el dictamen de la Comisión deviene indiferente por no vinculante, habida cuenta que la Comisión Mixta Paritaria del Convenio no es un órgano simple compuesto por representantes de la empresa demandada y de la parte social destinada a emitir un dictamen, ya que se trata de un órgano mucho más amplio. Se ha de tener en cuenta además el contenido del art. 9 del Convenio aplicable, cuando establece que "Todas las discrepancias que se produzcan en la aplicación o interpretación del presente Convenio Colectivo que no hayan podido ser resueltas en el seno de la Comisión Mixta Paritaria deberán solventarse, con carácter previo a una demanda judicial, de acuerdo con los procedimientos regulados en el Acuerdo Interprofesional sobre la creación de un sistema de solución extrajudicial de conflictos de trabajo, a través del Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid", trámite que tampoco consta agotado, impidiendo la ausencia de ambos que la demanda prospere, por no resultar posible el estudio del fondo del asunto, que por ello queda imprejuzgado. En consecuencia, la Sala, estimando la excepción invocada de falta de agotamiento de los trámites preprocesales establecidos en Convenio, desestima la demanda, sin pronunciamiento alguno en cuanto al fondo del asunto.

Voces

Comisión Paritaria

Convenio colectivo

Convenio colectivo de Limpieza

Infracción procesal

Negociación colectiva

Acuerdo interprofesional

Conflicto colectivo laboral

Ámbito de aplicación del convenio colectivo

Indefensión

Proceso de conflicto colectivo

Eficacia de los convenios

Derecho a la tutela judicial efectiva

Cuestiones de fondo

Movilidad geográfica

Fondo del asunto