Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2226/2008 de 03 de Febrero de 2009
Sentencia Social Tribunal...ro de 2009

Última revisión
03/02/2009

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 2226/2008 de 03 de Febrero de 2009

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Orden: Social

Fecha: 03 de Febrero de 2009

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: VIROLES PIÑOL, ROSA MARIA

Nº de recurso: 2226/2008

Núm. Cendoj: 28079140012009100078

Núm. Ecli: ES:TS:2009:851

Núm. Roj: STS 851/2009

Resumen
Recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 14 de marzo de 2008, recaída en el recurso de suplicación nº 2235/07Fondo de Garantía Salarial.- Responsabilidad subsidiaria del art. 33-2 ET.- Abono de indemnización por despido objetivo del art. 52 c ET, que no fue satisfecha por la empresa al acordar el cese.- Responsabilidad del FOGASA. No se pierde la garantía por el hecho de que el trabajador no impugnara el despido, aunque éste hubiera debido tratarse como despido colectivo.RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA DEL FOGASA EN CASO DE DESPIDO OBJETIVO: INSOLVENCIA EMPRESARIAL. Consta en el supuesto de hecho aquí analizado que la empresa  para la que los recurrentes prestaban servicios, los despidió por despido objetivo fundado en causas económicas, haciéndoles saber que no les podía poner a disposición la indemnización por dificultades económicas. Pese a que el despido afectaba a 24 trabajadores y por tanto era realmente constitutivo de un despido colectivo, los trabajadores no lo impugnaron. Reclamaron al FOGASA el 40 por 100 de la indemnización que les fue denegada por tener la empresa una plantilla superior a 25 trabajadores. De otro lado reclamaron el 60 por 100 de la indemnización, reclamación que fue estimada judicialmente; instada ejecución del fallo, concluyó co Auto en el que se declara a la empresa en situación de insolvencia provisional; reclaman esta cantidad al FOGASA, que es asunto que aquí se ventila. Recurre el Abogado del Estado contra la sentencia de la Sala de lo Social del TSJ Comunidad Valenciana que confirma la sentencia estimatoria dictada por el Juzgado de instancia; el recurso es desestimado. La Sala, con base en su jurisprudencia anterior confirma la responsabilidad del fondo en orden al pago del 60 por 100 de la indemnización por despido objetivo en tanto que responsable subsidiario, por la situación de insolvencia de la empresa. El hecho de que no impugnaran un despido objetivo que realmente era constitutivo de despido colectivo, no supone fraude, sino que los únicos perjudicados son los  propios trabajadores, que de esta manera no pueden obtener la indemnización de 45 días de salario por año de serivicio.

Voces

Fondo de Garantía Salarial

Despido por causas objetivas

Indemnización por despido objetivo

Responsabilidad indirecta FOGASA

Despido colectivo

Indemnización por despido

Causas económicas

Reclamación de cantidad

Exoneración de la responsabilidad

Sentencia firme

Contrato de Trabajo

Puesto de trabajo

Extinción del contrato de trabajo

Acto de conciliación

Conciliación judicial

Suspensión de pagos

Incidente de no readmisión

Categoría profesional

Salario diario

Pago de la indemnización

Responsabilidad del FOGASA

Garantías salariales