Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3032/2008 de 09 de Julio de 2009
Sentencia Social Tribunal...io de 2009

Última revisión
09/07/2009

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3032/2008 de 09 de Julio de 2009

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 09 de Julio de 2009

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MARTIN VALVERDE, ANTONIO

Nº de recurso: 3032/2008

Núm. Cendoj: 28079140012009100673

Núm. Ecli: ES:TS:2009:5482

Núm. Roj: STS 5482/2009

Resumen
Recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en suplicación, con fecha 8 de julio de 2008, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de los de Bilbao, de fecha 11 de marzo de 2008.Jubilación parcial: responsabilidad del empresario cuando se produce un retraso en el cumplimiento de la obligación de sustituir al trabajador relevista; atemperación de la responsabilidad en función de la extensión del retraso de la sustitución.Se discute si existe o no responsabilidad empresarial sobre una pensión por jubilación parcial cuando se produce un retraso en el cumplimiento de la obligación de sustituir al trabajador relevista, cuando éste cesa en su trabajo. El Tribunal Supremo, en base a doctrina previa, contesta afirmativamente.La STS de 9 de julio de 2009, siguiendo doctrina previa (STS de 8 de julio de 2009), reitera que existe responsabilidad empresarial sobre una pensión por jubilación parcial cuando se produce un retraso en el cumplimiento de la obligación de sustituir al trabajador relevista, cuando éste cesa en su trabajo; y ello porque es aplicable la disposición adicional 2ª.4 del RD 1131/2002, de 31 de octubre,  que es un precepto regulador de la responsabilidad civil que se deriva del incumplimiento por parte del empleador de su obligación de mantener un relevista durante todo el tiempo que media entre la jubilación parcial de uno de sus trabajadores y la jubilación ordinaria, o la anticipada, de éste. Debiendo añadirse que si tal incumplimiento fuera meramente parcial, en ese caso la responsabilidad del empleador deberá atemperarse para ser exigida en forma proporcional a la entidad del incumplimiento..

Voces

Jubilación parcial

Trabajador relevista

Prestación de jubilación

Excedencia voluntaria

Contrato de relevo

Jubilación ordinaria

Jornada parcial

Sustitución del trabajador

Cese del trabajador

Extinción del contrato de trabajo

Trabajador a tiempo parcial

Contrato de trabajo de duración determinada

Jornada laboral

Trabajador en situación de desempleo

Tesorería General de la Seguridad Social

Días naturales

Trabajador temporal

Despido improcedente

Desempleo

Expediente de regulación de empleo

Puesto de trabajo

Periodo de excedencia

Intervención de abogado