Última revisión
11/09/2000
Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 2410 de 11 de Septiembre de 2000
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Orden: Social
Fecha: 11 de Septiembre de 2000
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: RON CURIEL, RICARDO
Fundamentos
DOÑA Mª ASUNCION BARRIO CALLE, SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA.
DOY FE Y CERTIFICO: Que en el recurso de suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:
Recurso Núm. 2410/97
RMR
ILMO. SR. D. ANTONIO GONZALEZ NIETO
PRESIDENTE
ILMO. SR. D. ANTONIO J. OUTEIRIÑO FUENTE
ILMO. SR. RICARDO RON CURIEL
A Coruña, 11 de septiembre de dos mil.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesto por los Sres. Magistrados citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado el siguiente:
AUTO
En el recurso de Suplicación Núm. 2410/97 interpuesto por Lit...... La Art..Ca........ contra sentencia del Juzgado de lo Social 1 de Vigo, siendo Ponente ILMO. SR. D. RICARDO RON CURIEL.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Que según consta en autos núm. 134/97 del Juzgado de lo Social núm. 1 de Vigo, se presentó demanda por D. Cel........ y 17 más, frente a Lit.... La Ar.... Ca........., sobre plus de penosidad, en los que recayó sentencia que estimó la demanda, contra la que se interpuso recurso de Suplicación por la empresa demandada; y seguido por sus propios trámites se elevaron las actuaciones a esta Sala, en la que se encuentran pendientes de resolución.
SEGUNDO.- Por escrito de 6-9-00 la representación Letrada Lit.... La Art......... (AR........) formuló petición de desistimiento del recurso de suplicación por dicha parte formulado.
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
ÚNICO.- Que habiendo interesado la representación Letrada de Lit.... La Art..Car......,. (AR........) Instituto Nacional de la Seguridad Social, se le tuviera por desistida del recurso de Suplicación por ella interpuesto; y de acuerdo con los artículos 409 y 410 de la L.E.C. procede acoger dicha petición, teniéndole por desistida del referido recurso, acordando poner fin al trámite del mismo.
Por todo ello, la Sala
RESUELVE
Haber lugar a tener por desistido del recurso de suplicación interpuesto por la representación Let....de Lit....La Art...Ca..... (AR......), contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Vigo, de fecha 11 de abril de 1997, acordando poner fin a la prosecución de dicho recurso.
Devuélvase a la empresa recurrente el depósito constituido para recurrir y manténgase el aval presentado hasta el cumplimiento de la sentencia.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de Súplica ante esta Sala en el plazo de CINCO DÍAS; y una vez firme expídase certificación para constancia en el Rollo que se archivará en este Tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de Sentencias, previa devolución de los autos al Juzgado de lo Social de procedencia.
Así por este nuestro Auto, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.--Siguen las firmas de los Magistrados designados en el encabezamiento de la Resolución.
Lo anterior concuerda bien y fielmente con el original al que me remito, y para que así conste a los efectos oportunos, expido y firmo la presente en A Coruña, a once de Septiembre de dos mil.
