Última revisión
04/02/2019
Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 04 de Febrero de 2019
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Orden: Supranacional
Fecha: 04 de Febrero de 2019
Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea
Núm. Cendoj: 62017CA0672
Fundamentos
| 4.2.2019 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 44/5 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 6 de diciembre de 2018 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — Tratave — Tratamento de Águas Residuais do Ave SA / Autoridade Tributária e Aduaneira
(Asunto C-672/17) (1)
([Procedimiento prejudicial - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Base imponible - Reducción - Principio de neutralidad fiscal])
(2019/C 44/06)
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD)
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Tratave — Tratamento de Águas Residuais do Ave SA
Demandada: Autoridade Tributária e Aduaneira
Fallo
El principio de neutralidad y los artículos 90 y 273 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa nacional, como la controvertida en el litigio principal, que dispone que el sujeto pasivo solo puede reducir la base imponible del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en caso de impago cuando previamente haya comunicado al adquirente del bien o del servicio, siempre que este esté sujeto al impuesto, su intención de anular una parte o la totalidad del IVA, a efectos de la rectificación de la deducción del importe del IVA que este último haya podido practicar.
