Sentencia Supranacional T...io de 2020

Última revisión
20/07/2020

Sentencia Supranacional Tribunal de Justicia de la Union Europea, de 20 de Julio de 2020

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Orden: Supranacional

Fecha: 20 de Julio de 2020

Tribunal: Tribunal de Justicia de la Union Europea

Núm. Cendoj: 62019CA0276


Fundamentos

20.7.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 240/26


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 14 de mayo de 2020 — Comisión Europea / Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

(Asunto C-276/19) (1)

(Incumplimiento de Estado - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Excepciones - Medidas de simplificación y prevención relativas a los fraudes o a las evasiones fiscales - Artículo 395, apartado 2 - Obligación de los Estados miembros de notificar a la Comisión Europea las medidas específicas dirigidas a simplificar la recaudación del IVA - Modificación sustancial de la medida inicialmente notificada)

(2020/C 240/34)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: A. Lewis y J. JokubauskaitÄ-, agentes)

Demandada: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: F. Shibli, agente, asistido por O. Thomas, QC, y de R. Hill, Barrister)

Fallo

1)

El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 395, apartado 2, de la Directiva 2006/112 del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido al introducir nuevas medidas de simplificación que extienden la aplicación del tipo cero y la excepción a la obligación general de llevar los registros del impuesto sobre el valor añadido previstas en la Value Added Tax (Terminal Markets) Order 1973 [Reglamento del impuesto sobre el valor añadido (mercados de futuros) de 1973], en su versión modificada por la Value Added Tax (Terminal Markets) (Amendment) Order 1975 [(Modificación del) Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (mercados de futuros) de 1975] sin enviar una solicitud a la Comisión con vistas a obtener la autorización del Consejo de la Unión Europea.

2)

Condenar en costas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.


(1)  DO C 206 de 17.6.2019.


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