Situaciones y plazos para que la pensión de orfandad retrotraiga efectos. Senten...7 de Febrero de 2018
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Situaciones y plazos para que la pensión de orfandad retrotraiga efectos. Sentencia SOCIAL Nº 222/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3022/2016 de 27 de Febrero de 2018

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Orden: Social

Fecha: 27 de Febrero de 2018

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: SEGOVIANO ASTABURUAGA, MARIA LUISA

Nº de sentencia: 222/2018

Nº de recurso: 3022/2016

Núm. Cendoj: 28079140012018100187

Núm. Ecli: ES:TS:2018:815

Núm. Roj: STS 815:2018

Resumen
El plazo de tres meses para lucrar prestación de orfandad desde el mismo momento del fallecimiento del progenitor causante comienza a correr desde que se acepta el cargo de tutor. Pensión de orfandad reconocida a favor de tres huérfanos absolutos. Fecha de efectos. El INSS retrotrae los efectos a los tres meses anteriores a la solicitud formulada por el tutor. El tutor solicitó la pensión dentro de los tres meses siguientes a su aceptación del cargo. El causante falleció el 26 de abril de 2013 y los abuelos de los huérfanos fueron designados tutores y aceptaron el cargo el 25 de febrero de 2015. Hasta que aceptaron el cargo no existía sujeto con capacidad para solicitar la pensión de orfandad. El plazo de tres meses ha de computar desde que se pudo reclamar la pensión, es decir, desde que los tutores aceptaron el cargo por lo que sus efectos han de retrotraerse a la fecha del hecho causante.

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Voces

Pensión de orfandad

Falta de capacidad

Retroactividad

Jurisdicción voluntaria

Régimen especial de trabajadores autónomos

Tesorería General de la Seguridad Social

Interés legitimo

Fondo del asunto