Situaciones y plazos para que la pensión de orfandad retrotraiga efectos. Senten...7 de Febrero de 2018
Situaciones y plazos para que la pensión de orfandad retrotraiga efectos. Sentencia SOCIAL Nº 222/2018, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3022/2016 de 27 de Febrero de 2018
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 27 de Febrero de 2018
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SEGOVIANO ASTABURUAGA, MARIA LUISA
Nº de sentencia: 222/2018
Nº de recurso: 3022/2016
Núm. Cendoj: 28079140012018100187
Núm. Ecli: ES:TS:2018:815
Núm. Roj: STS 815:2018
Resumen
El plazo de tres meses para lucrar prestación de orfandad desde el mismo momento del fallecimiento del progenitor causante comienza a correr desde que se acepta el cargo de tutor. Pensión de orfandad reconocida a favor de tres huérfanos absolutos. Fecha de efectos. El INSS retrotrae los efectos a los tres meses anteriores a la solicitud formulada por el tutor. El tutor solicitó la pensión dentro de los tres meses siguientes a su aceptación del cargo. El causante falleció el 26 de abril de 2013 y los abuelos de los huérfanos fueron designados tutores y aceptaron el cargo el 25 de febrero de 2015. Hasta que aceptaron el cargo no existía sujeto con capacidad para solicitar la pensión de orfandad. El plazo de tres meses ha de computar desde que se pudo reclamar la pensión, es decir, desde que los tutores aceptaron el cargo por lo que sus efectos han de retrotraerse a la fecha del hecho causante.
Voces
Pensión de orfandad
Falta de capacidad
Retroactividad
Jurisdicción voluntaria
Régimen especial de trabajadores autónomos
Tesorería General de la Seguridad Social
Interés legitimo
Fondo del asunto
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