Acuerdo entre España y la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular de China relativo a la asistencia judicial en materia penal, hecho en Madrid el 15 de noviembre de 2012. - Boletín Oficial del Estado de 14-07-2014
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Julio de 2014
F. entrada en vigor: 20/07/2014
Órgano emisor: MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACION
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 170
F. Publicación: 14/07/2014
Preambulo
I. Disposiciones generales
Artículo 1. Ámbito de la asistencia.
Artículo 2. Autoridad central.
Artículo 3. Causas de denegación.
Artículo 4. Forma y lengua de las solicitudes.
Artículo 5. Contenido de las solicitudes.
Artículo 6. Ejecución de las solicitudes.
Artículo 7. Gastos.
Artículo 8. Confidencialidad.
II. Formas de asistencia
Artículo 9. Obtención de pruebas, documentos, efectos y archivos.
Artículo 10. Obtención voluntaria de declaraciones de personas.
Artículo 11. Declaración por videoconferencia.
Artículo 12. Notificación de documentos.
Artículo 13. Documentos oficiales y accesibles al público.
Artículo 14. Asistencia en la parte requirente.
Artículo 15. Traslado temporal de personas detenidas para prestar asistencia.
Artículo 16. Inmunidad.
Artículo 17. Registro e incautación.
Artículo 18. Intercambio de información relativa a procedimientos criminales.
Artículo 19. Productos e instrumentos del delito.
Artículo 20. Devolución de documentos, expedientes y elementos de prueba.
III. Disposiciones finales
Artículo 21. Exención de legalización.
Artículo 22. Compatibilidad con otros acuerdos internacionales.
Artículo 23. Consultas.
Artículo 24. Solución de controversias.
Artículo 25. Aplicación.
Artículo 26. Entrada en vigor y denuncia.