Anexo 1 acceso a la actividad de las entidades de credito y a su ejercicio
ANEXO I. LISTA DE ACTIVIDADES QUE SE BENEFICIAN DEL RECONOCIMIENTO MUTUO
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Recepción de depósitos o de otros fondos reembolsables
2. Préstamos, incluidos, en particular, el crédito al consumo, el crédito hipotecario, el factoring con o sin recurso y la financiación de transacciones comerciales (incluido el forfaiting)
3. Arrendamiento financiero (leasing)
4. Operaciones de pago
5. Emisión y gestión de medios de pago (tarjetas de crédito, cheques de viaje, cartas de crédito)
6. Concesión de garantías y suscripción de compromisos
7. Transacciones por cuenta propia de la entidad o por cuenta de su clientela que tengan por objeto:
a) instrumentos del mercado monetario (cheques, efectos, certificados de depósito, etc.) b) mercados de cambios c) instrumentos financieros a plazo y opciones d) instrumentos sobre divisas o sobre tipos de interés e) valores negociables
8. Participaciones en las emisiones de títulos y prestaciones de los servicios correspondientes
9. Asesoramiento a empresas en materia de estructura del capital, de estrategia industrial y de cuestiones afines, así como asesoramiento y servicios en el ámbito de la fusión y de la compra de empresas
10. Intermediación en los mercados interbancarios
11. Gestión o asesoramiento en la gestión de patrimonios
12. Custodia de valores negociables
13. Informes comerciales
14. Alquiler de cajas fuertes
Cuando los servicios y actividades previstos en las secciones A y B del Anexo I de la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004, relativa a los mercados de instrumentos financieros (1), se refieran a instrumentos financieros previstos en la sección C del Anexo I de dicha Directiva, estarán sujetos al reconocimiento mutuo de conformidad con la presente Directiva.
(1) DO L 145 de 30.4.2004, p. 1.
