Anexo 1 se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de Aragón de 29 de diciembre de 2025, por el que se aprueba el Plan 2025-2030 de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular
ANEXO I. Acuerdo de 29 de diciembre de 2025 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2025-2030.
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La Comunidad Autónoma de Aragón, en cumplimiento de la obligación establecida en la normativa de residuos, aprobó por Acuerdo de Consejo de Gobierno de Aragón el 24 de julio de 2018, el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (Plan GIRA 2018-2022), publicado en el "Boletín Oficial de Aragón" mediante Orden de 27 de julio de 2018, del Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, ("Boletín Oficial de Aragón", número 164, de 24 de agosto de 2018), ajustado a la estrategia general establecida en el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-2022 (en adelante, PEMAR), y con objeto de implementar la jerarquía europea de residuos, previniendo su generación, impulsando la preparación para la reutilización y la recogida selectiva de alta calidad, y de reducir el destino de eliminación de los residuos para avanzar en el uso eficiente y sostenible de los recursos. Así, el PEMAR fue aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de noviembre de 2015, y publicado mediante Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural de 16 noviembre de 2015 en el "Boletín Oficial del Estado", número 297, de 12 de diciembre de 2015.
Se halla en tramitación su actualización mediante el Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2024-2035, habiendo obtenido Declaración Ambiental Estratégica mediante Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula Declaración Ambiental Estratégica del "Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2024-2035" y estando pendiente el PEMAR de su aprobación en Consejo de Ministros.
Mediante Orden de 12 de marzo de 2021, el Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente ordena la elaboración del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2022-2030, y encomienda a la Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental la elaboración y tramitación del nuevo Plan y la promoción del procedimiento de evaluación ambiental estratégica preceptivo, en aplicación de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
El artículo 15.2 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, establece la obligación de las Comunidades Autónomas de aprobar planes de gestión de residuos, planes o programas de prevención, y define su contenido.
El contenido del Plan se ajusta al contenido mínimo que establece el anexo VII de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y no incluye otros elementos potestativos señalados en el mismo. En este sentido, el Plan contempla como principios rectores el principio de jerarquía, la protección de la salud humana y el medio ambiente, de cautela y acción preventiva, autosuficiencia y de proximidad, de reciprocidad, principio de "quien contamina, paga", de responsabilidad ampliada del productor, así como de eficiencia ambiental, energética y económica.
El Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular (Plan GIRAPEC) 2025-2030 se aplica a todos los residuos generados en Aragón y también a los gestionados en su territorio, dentro del marco que establecen la Ley 7/2022, de 8 de abril, y la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los residuos, modificada por la Directiva (UE) 2018/851.
Teniendo en cuenta la situación actual, el marco normativo aplicable y los principios anteriormente citados, se establecen en el Plan nueve objetivos estratégicos, que vincularán la gestión de los residuos en Aragón hasta el año 2030: Prevenir la generación de residuos; promover la economía circular de los recursos; avanzar en la preparación para la reutilización; promover una recogida separada de alta calidad en origen; reducir la cantidad de residuos destinados a su eliminación en vertedero; garantizar, en el territorio aragonés, una red de gestión de residuos necesaria, suficiente y adaptada a las necesidades; asegurar la transparencia y sostenibilidad económica en la gestión de residuos; integrar la participación de todos los sectores de la sociedad en las políticas y acciones en materia de residuos (Gobernanza) y contribuir a la lucha contra el cambio climático. Estos objetivos se despliegan mediante 61 objetivos operativos por flujo de residuos y operación de gestión, y para los que se establecen más de 135 medidas necesarias para su consecución en los apartados sobre prevención, gestión y basura dispersa.
Los objetivos operativos del programa de prevención se han diseñado teniendo en cuenta el horizonte de los objetivos legales de alcanzar una reducción del peso de los residuos producidos en 2030 en un 15% respecto a los generados en 2010, y de un 50% para los residuos alimentarios respecto a los generados en 2020 e incluyen mejorar la información y sensibilización en materia de prevención de residuos a los distintos agentes implicados, facilitar la reincorporación a los mercados de materias que hayan obtenido el fin de la condición de residuo, colaborar con la cadena de producción y distribución alimentaria en la reducción de generación de residuos y fomentar la prevención y la reutilización de aparatos eléctricos y electrónicos en el canal doméstico.
Los objetivos operativos del Plan de Gestión incluyen objetivos de recogida separada, de eliminación y de valorización para cada flujo de residuos, así como de seguimiento y control de los mismos. Respecto a su definición van desde objetivos legales como incrementar el porcentaje de residuos municipales recogidos separadamente hasta 2030, reducir el porcentaje de impropios en la recogida separada de biorresiduos o generalizar la recogida separada de textiles y aceite de cocina hasta objetivos más tendenciales como ampliar la recogida separada de envases domésticos a grandes generadores, o incrementar la calidad de la recogida separada de envases o velar por la transparencia en la recogida y uso de la información respecto a los costes del vertido de residuos. Incluyen también objetivos estructurales como el fomento de la I+D+i en economía circular, el impulso del establecimiento de tasas que reflejen el coste real de la gestión de residuos competencia local o mejorar la calidad de la información aportada por los productores y gestores sobre los distintos flujos de residuos, en lo relativo a cantidades, naturaleza y operaciones de gestión.
En el Plan GIRAPEC se incluye, un análisis actualizado de la situación de la gestión de residuos en Aragón. Se describe el tipo, cantidad y fuente de los distintos flujos de residuos generados dentro del territorio aragonés, los que se prevé que se van a transportar desde y hacia otros Estados miembros, y cuando sea posible desde y hacia otras Comunidades Autónomas. También se incluyen en este apartado las principales instalaciones de eliminación y valorización existentes, incluyendo condiciones específicas para aceites usados, residuos peligrosos, residuos que contengan cantidades significativas de materias primas fundamentales, o flujos de residuos objeto de legislación específica de la Unión, como aparatos eléctricos y electrónicos, neumáticos fuera de uso o vehículos al final de su vida útil.
Además, en aquellos flujos de residuos donde corresponda, se incluye una evaluación de los sistemas de recogida existentes, incluida la cobertura material y territorial de recogida separada, indicando además su cantidad y su calidad.
A la vista de este análisis, el apartado del Plan de Gestión plantea las medidas necesarias para mejorar el funcionamiento de los sistemas de recogida de residuos existentes, y de la necesidad de nuevos sistemas de recogida. La evaluación de la evolución futura de los flujos de residuos, teniendo en cuenta las repercusiones previstas de las medidas establecidas en el programa de prevención de residuos se desarrolla en el apartado 8 del Plan y se lleva a cabo una evaluación de las necesidades de cierre de instalaciones o de instalaciones adicionales en el apartado 9. Se evalúan las instalaciones necesarias para la gestión de los residuos cuya gestión es competencia municipal o autonómica. Con respecto a las instalaciones para la gestión de flujos no reservados al sector público, se incorporan referencias a aquellos flujos de residuos que, o bien están sometidos a responsabilidad pública autonómica, eliminación de residuos peligrosos, o bien lo están hasta fecha de resolución de contrato: eliminación de residuos industriales no peligrosos en Zaragoza y Teruel.
Se incluye un apartado de medidas de acompañamiento económico al objeto de realizar una evaluación de las inversiones requeridas y de los medios financieros disponibles para satisfacer las necesidades advertidas en el apartado de instalaciones, en particular para las autoridades locales. Además de incluir las fuentes de ingresos disponibles para compensar los costes de explotación y mantenimiento.
Finalmente se prevén medidas para el seguimiento del Plan mediante un primer nivel basado en un sistema de indicadores de seguimiento, con una herramienta específica, para los objetivos y de las medidas específicas propuestas por flujo de residuos, un segundo nivel, de gestión, basado en la elaboración de informes periódicos o específicos que analicen los resultados de las actuaciones desarrolladas y el grado de avance de las mismas respecto a la planificación y un tercer nivel de organización a través de la Comisión de Seguimiento del Plan GIRAPEC.
La tramitación ambiental del Plan comenzó con la remisión por la Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del borrador del plan y del documento inicial estratégico, con fecha 29 de abril de 2021.
El INAGA, tras un trámite de consultas previas a las administraciones públicas afectadas y al público interesado, formuló la Resolución de 12 de noviembre de 2021, por la que se notifica el resultado de las consultas previas y el Documento de Alcance, donde se establecía la amplitud, nivel de detalle y grado de especificación del Estudio Ambiental Estratégico, los criterios y principios de sostenibilidad a tener en cuenta para la elaboración del Estudio Ambiental Estratégico, el sistema de indicadores ambientales que serviría de base para realizar la evaluación y seguimiento ambiental del Plan, así como el listado de organismos, entidades y público interesado que debían ser consultados.
Teniendo en cuenta el mencionado Documento de Alcance, la Dirección General de Calidad Ambiental elaboró la Propuesta Inicial de Plan GIRAPEC 2024-2030 y su Estudio Ambiental Estratégico, donde se identifican, describen y evalúan los potenciales efectos en el medio ambiente de la aplicación del Plan y de sus diferentes alternativas. Ambos documentos fueron sometidos a un proceso de consultas, información y participación pública. En concreto, mediante anuncio de la propia Dirección General de Calidad Ambiental, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 215, de 5 de noviembre de 2024, se dispuso la apertura de un periodo de información pública por un plazo de cuarenta y cinco días hábiles de los dos documentos anteriores. Como resultado de este trámite de información pública y del sometimiento simultáneo de la Propuesta Inicial de Plan y del Estudio Ambiental Estratégico a las consultas personalizadas que se indican en el Documento de Alcance, se presentaron 497 alegaciones o propuestas de 38 entidades diferentes, que tras su estudio, análisis y valoración se incorporaron a la Propuesta Final de Plan remitida al órgano ambiental en julio de 2025. De estas 497 alegaciones o propuestas, se aceptaron 209, se rechazaron 157 y se aceptaron parcialmente 131.
Por otro lado, y en paralelo a la información pública reglada, se diseñó e implementó un proceso participativo en colaboración con la Dirección General de Relaciones Institucionales, Acción Exterior y Transparencia (Laboratorio de Aragón Gobierno Abierto - LAAAB) del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón, que dio comienzo el 5 de noviembre de 2024 con una sesión informativa, y en el marco del cual tuvieron lugar un total de cuatro talleres participativos dinamizados durante el mes de noviembre de 2024: dos talleres en Zaragoza, uno en Teruel y otro en Huesca. Se dispuso en la web de LAAB la herramienta "editor ciudadano" para que todo el público interesado pudiera hacer a través de él sus aportaciones si optaba por dicho canal de participación y se convocó a un total de 148 actores que representan a todos los sectores de la sociedad. Como resultado de este proceso participativo se recibieron un total de 206 aportaciones de 53 participantes, de las cuales se aceptaron 103, se rechazaron 63 y se aceptaron parcialmente 40. Los resultados de este proceso se evaluaron en una sesión especial llamada sesión de retorno el 31 de enero de 2025 y se publicaron en la web del LAAB.
Esta labor de difusión del documento a través de talleres participativos en los primeros días de la información pública oficial ha favorecido la presentación de propuestas en el trámite reglado. De modo que el número de alegaciones y aportaciones recibidas en total es de 670, provenientes de 86 entidades diferentes.
Las respuestas a las consultas, las alegaciones recibidas y los resultados del proceso participativo fueron estudiados y analizados en la Dirección General de Calidad Ambiental. En general constituyen aportaciones con el propósito de mejorar el documento, de tal manera que muchas de las observaciones y alegaciones han sido admitidas, total o parcialmente, al ser conformes con los principios y el espíritu del Plan GIRAPEC y otorgarle mayor precisión, concreción y claridad o bien porque han permitido subsanar errores.
Finalizado el plazo de información pública y recepción de alegaciones, e incorporadas las atendidas en el texto de la propuesta final de Plan, con fecha 9 de julio de 2025 se remitió al INAGA el expediente completo. Dicho órgano, con fecha 26 de noviembre de 2025, ha formulado la preceptiva Declaración Ambiental Estratégica del Plan GIRAPEC 2025-2030, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
Dicha Declaración concluye que, a la vista del Estudio Ambiental Estratégico del Plan GIRA 2018-2022 y de la normativa aplicable, "se considera ambientalmente compatible la aplicación del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2025-2030, y se establecen las siguientes consideraciones a los efectos de mejorar su nivel de integración ambiental: (…)".
Tras dicha resolución, se procedió a integrar el contenido de la Declaración Ambiental Estratégica en la versión definitiva del Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2025-2030.
Visto el artículo 49 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, relativo a la elaboración y aprobación de los planes; y el Decreto 56/2024, de 3 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo, en su redacción dada tras el Decreto 223/2024, de 27 de diciembre.
En consecuencia, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Turismo, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 29 de diciembre de 2025, se adopta el siguiente Acuerdo:
Primero.- Aprobar el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón, Prevención y Economía Circular 2025-2030 (Plan GIRAPEC), con la redacción que figura como anexo al presente Acuerdo.
Segundo.- Encomendar a la Dirección General de Calidad Ambiental la realización del seguimiento de los efectos ambientales de la aplicación del Plan GIRAPEC utilizando los indicadores de seguimiento propuestos en su anexo IV para que puedan identificar cualquier efecto adverso no previsto y, en su caso, implementar medidas correctoras complementarias, dando cuenta periódicamente del seguimiento ambiental del Plan a la Comisión de Seguimiento del Plan.
Tercero.- Dejar sin efecto el Plan de Gestión Integral de Residuos de Aragón (Plan GIRA 2018-2022).
Cuarto.- Publicar el Plan con su texto definitivo en el "Boletín Oficial de Aragón", en la forma y junto con la documentación establecida en el artículo 19 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.
