Anexo 1 Prevención y corr... del suelo

Anexo 1 Prevención y corrección de la contaminación del suelo

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ANEXO I. Actividades e instalaciones potencialmente contaminantes del suelo

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Actividades e instalaciones potencialmente contaminantes del suelo

CNAE93-Rev1 (1)

Descripción

10.1

Extracción y aglomeración de antracita y hulla.

10.2

Extracción y aglomeración de lignito pardo.

11.1

Extracción de crudos de petróleo y gas natural.

11.20

Actividades de los servicios relacionados con las explotaciones petrolíferas y de gas, excepto actividades de prospección.

13.1

Extracción de minerales de hierro.

13.20

Extracción de minerales metálicos no férreos, excepto minerales de uranio y torio.

14.3

Extracción de minerales para abonos y productos químicos.

14.5

Extracción de otros minerales no metálicos ni energéticos.

15.40

Fabricación de grasas y aceites (vegetales y animales).

15.61

Fabricación de productos de molinería.

17.3

Acabado de textiles.

17.542

Fabricación de tejidos impregnados, endurecidos o recubiertos en materias plásticas.

18.3

Preparación y teñido de pieles de peletería; fabricación de artículos de peletería.

19.10

Preparación, curtido y acabado del cuero.

20.10

Aserrado y cepillado de la madera; preparación industrial de la madera.

20.20

Fabricación de chapas, tableros, contrachapados, alistonados, de partículas aglomeras, de fibras y otros tableros de paneles.

21.1

Fabricación de pasta papelera, papel y cartón.

21.24

Fabricación de papeles pintados.

22.2

Artes gráficas y actividades de los servicios relacionados con las mismas (2).

23.10

Coquerías.

23.20

Refino de petróleo.

24.1

Fabricación de productos químicos básicos.

24.20

Fabricación de pesticidas y otros productos agroquímicos.

24.30

Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares; tintas de imprenta y masillas.

24.40

Fabricación de productos farmacéuticos.

24.50

Fabricación de jabones, detergentes y otros artículos de limpieza y abrillantamiento. Fabricación de perfumes y productos de belleza e higiene.

24.60

Fabricación de otros productos químicos.

24.70

Fabricación de fibras artificiales y sintéticas.

25.1

Fabricación de productos de caucho.

26.1

Fabricación de vidrio y productos de vidrio.

26.210

Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental.

26.240

Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico.

26.250

Fabricación de otros productos cerámicos (fabricación de cerámica industrial).

26.260

Fabricación de productos cerámicos refractarios.

26.3

Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica.

26.510

Fabricación de cemento (cemento artificial).

26.65

Fabricación de fibrocemento.

26.8

Fabricación de productos minerales no metálicos diversos.

27.10

Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones (CECA).

27.211

Producción de tubos de hierro.

27.22

Fabricación de tubos de acero.

27.3

Otras actividades de la transformación del hierro y del acero y producción de ferroaleaciones no CECA.

27.41

Producción y primera transformación de metales preciosos.

27.42

Producción y primera transformación de aluminio.

27.43

Producción y primera transformación de plomo, cinc y estaño.

27.440

Producción y primera transformación de cobre.

27.450

Producción y primera transformación de otros metales no férreos.

27.5

Fundición de metales.

28.1

Fabricación de elementos metálicos para la construcción.

28.2

Fabricación de cisternas, grandes depósitos y contenedores de metal. Fabricación de radiadores y calderas para calefacción central.

28.3

Fabricación de generadores de vapor.

28.40

Forja, estampación y embutición de metales; metalurgia de polvos.

28.5

Tratamiento y revestimiento de metales. Ingeniería mecánica general por cuenta de terceros.

28.6

Fabricación de artículos de cuchillería y cubertería, herramientas y ferretería.

28.7

Fabricación de productos metálicos diversos, excepto muebles.

29.1

Fabricación de máquinas, equipo y material mecánico.

29.2

Fabricación de máquinas, equipo y material mecánico de uso general.

29.3

Fabricación de maquinaria agraria.

29.4

Fabricación de máquinas-herramienta.

29.5

Fabricación de maquinaria diversa para usos específicos.

29.6

Fabricación de armas y municiones.

29.71

Fabricación aparatos electrodomésticos.

30

Fabricación de máquinas de oficina y equipos informáticos.

31

Fabricación de maquinaria y material eléctrico.

32

Fabricación de material electrónico: fabricación de equipo y aparatos de radio, televisión y comunicaciones.

33.1

Fabricación de equipo e instrumentos médico-quirúrgicos y de aparatos ortopédicos.

33.2

Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación, control, navegación y otros fines, excepto equipos de control para procesos industriales.

33.3

Fabricación de equipos de control de procesos industriales.

34

Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques.

35

Fabricación de otro material de transporte.

36.1

Fabricación de muebles.

36.5

Fabricación de juegos y juguetes.

36.6

Otras industrias manufactureras diversas.

37

Reciclaje.

40.1

Producción y distribución de energía eléctrica.

40.2

Producción de gas, distribución de combustibles gaseosos por conductos urbanos, excepto gasoductos.

50.20

Mantenimiento y reparación de vehículos de motor.

50.40

Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y ciclomotores y de sus repuestos y accesorios (3).

50.50

Venta al por menor de carburantes para la automoción.

51.12

Intermediarios del comercio de combustibles, minerales, metales y productos químicos industriales.

51.51

Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos y productos similares.

51.52

Comercio al por mayor de metales y minerales metálicos.

51.532

Comercio al por mayor de pinturas y barnices.

51.551

Comercio al por mayor de fertilizantes y productos químicos para la agricultura.

51.553

Comercio al por mayor de productos químicos industriales.

51.57

Comercio al por mayor de chatarra y productos de desecho.

52.486

Comercio al por menor de combustibles (excepto para vehículos automóviles).

60.10

Transporte por ferrocarril.

60.2

Otros tipos de transporte terrestre.

60.3

Transporte por tubería.

63.122

Depósito y almacenamiento de mercancías peligrosas.

63.124

Otros depósitos y almacenamientos.

63.211

Terminales y estaciones de ferrocarril.

63.22

Otras actividades anexas de transporte marítimo.

63.23

Otras actividades anexas de transporte aéreo.

74.811

Laboratorios de revelado, impresión y ampliación fotográfica (2).

90

Actividades de saneamiento público (5).

92.621

Clubes y escuelas deportivas (4).

93.01

Lavado, limpieza y teñido de prendas textiles y de piel (2).

(1) De conformidad con el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) el Instituto Nacional de Estadística, en función de las competencias que dicha norma le atribuye de garantizar el mantenimiento de la CNAE-2009, publica en su página web cuadros de equivalencias entre la CNAE-93 Rev.1 y la CNAE-2009.

(2) Excepto comercio al por menor.

(3) Excepto venta.

(4) Exclusivamente para campos de tiro.

(5) Excepto los terrenos en los que se realicen labores de descontaminación a terceros.

Además de las anteriores, son también actividades e instalaciones potencialmente contaminantes del suelo, siempre que se desarrollen en contacto con el suelo, aquellas actividades o instalaciones que producen, manejan o almacenan más de 10 toneladas por año de una o varias de las sustancias incluidas en el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, y los almacenamientos de combustible para uso propio según el Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por el Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, y MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28 de diciembre, con un consumo anual medio superior a 300.000 litros y con un volumen total de almacenamiento igual o superior a 50.000 litros.