Anexo 13 Instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, en los términos de la D.F. 4ª de la LEBEP
Ver Indice
»ANEXO XIII. Cuotas mensuales de cotización a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, al Instituto Social de las Fuerzas Armadas y a la Mutualidad General Judicial, correspondientes al tipo del 1,69 % del Haber Regulador.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
| Grupo / Subgrupo | Cuota mensual en euros |
| A1 | 46,80 |
| A2 | 36,83 |
| B | 32,25 |
| C1 | 28,29 |
| C2 | 22,38 |
| E (Ley 30/1984) y Agrup.Profesionales | 19,08 |
En los meses de junio y diciembre se abonará por todos los funcionarios cuota doble, salvo en los casos previstos en el número 3.3 de la presente Resolución.
