Anexo 14 Instrucciones en relación con las nóminas de los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, en los términos de la D.F. 4ª de la LEBEP
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»ANEXO XIV. Cuotas mensuales de derechos pasivos de los Funcionarios Civiles del Estado, del personal de las Fuerzas Armadas, de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, correspondientes al tipo del 3,86 % del haber regulador.
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| Grupo / Subgrupo | Cuota mensual en euros |
| A1 | 106,89 |
| A2 | 84,13 |
| B | 73,67 |
| C1 | 64,61 |
| C2 | 51,12 |
| E (Ley 30/1984) y Agrup.Profesionales | 43,58 |
En los meses de junio y diciembre se abonará por todos los funcionarios cuota doble, salvo en los casos previstos en el número 3.3 de la presente Resolución.
