Anexo 2 Criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos dejan de ser residuo
ANEXO II. Contenido mínimo de la comunicación dirigida a la autoridad autonómica correspondiente respecto del cumplimiento de esta orden
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La empresa de gestión de residuos .......................... autorizada con NIMA ...................... en la fecha ........................., cuyas instalaciones están situadas en .............................. mediante este escrito dirigido a (Consejería.../Departamento...) de la Comunidad Autónoma ................................,
Informa de lo siguiente:
- La empresa .......................................... cumple con todas las disposiciones establecidas en la orden ministerial por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- La empresa .......................................... cuenta con un sistema de gestión implantado y acorde a lo que dicha orden recoge en su artículo 6.
- La empresa .......................................... ha realizado las adaptaciones, mejoras o actuaciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la orden, y presenta junto a esta solicitud la documentación necesaria que así lo demuestra. (si procede por modificaciones realizadas en las instalaciones).
Y por todo ello Solicita a (Consejería................/Departamento....................).
1) Que consten como informados por esta empresa, a modo de declaración responsable, de cumplir con lo dispuesto en la orden ministerial para que el material obtenido en sus instalaciones deje de ser considerado como residuo, a todos los efectos legales, y
2) Que procedan a la revisión y actualización de la autorización actual de gestor de residuos, conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y de manera específica conforme a su anexo II donde se establecen los códigos de las operaciones de valorización de residuos.
Lugar, fecha, firma

