Anexo 2 se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de Dic, que establece las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local de Canarias
- Norma derogada. No obstante, seguirán aplicándose los Anexos I, II, IV y V en lo que no se oponga al contenido del Decreto 36/2024, de 4 de marzo, y hasta que se modifiquen en los términos previstos en el art. 9 del Reglamento que se aprueba mediante dicha norma. En los mismos términos, seguirá aplicándose del Anexo III solo el contenido de los temas previstos para el acceso a los empleos de policía local de la Escala Básica, oficial u oficiala, subinspector o subinspectora y subcomisario o subcomisaria. En todo caso, están exentas de los temas contenidos en la parte general, las pruebas selectivas para el acceso por turno de promoción interna del empleo de subcomisario o subcomisaria. Igualmente, seguirá aplicándose el contenido del Anexo VI de manera adecuada a la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero (BOE n.º 44, de 20.2.2019), o disposición que la sustituya. - DECRETO 36/2024, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los criterios de selección, formación, promoción y movilidad para el personal de las Policías Locales de Canarias.
ANEXO II. PRUEBAS PSICOTÉCNICAS.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las pruebas psicológicas y psicotécnicas serán realizadas por un mínimo de tres profesionales de la psicología con probada experiencia en selección de recursos humanos y, al menos uno de ellos, en selección de policías.
Con la realización de estas pruebas se analizará y medirá:
Habilidades Cognitivas que reflejen la Habilidad Mental General. Las puntuaciones de los candidatos en las sub-pruebas de esta dimensión se agregarán en una única puntuación decatipo a partir de un baremo fiable, con media 5 y desviación típica 2, mínimo de 0 y máximo de 10.
Variables de personalidad que permitan obtener valores en las tres dimensiones de Estabilidad, Extraversión y Conciencia, o dimensiones homólogas. Además de las dimensiones secundarias de Integridad y Orientación hacia la Seguridad.
La puntuación de los candidatos en este apartado dependerá del ajuste de su perfil de personalidad a los criterios siguientes:
Estabilidad Emocional: Alta-Muy Alta.
Extraversión: Media-Alta.
Conciencia: Alta.
Integridad: Alta-Muy Alta.
Orientación a la Seguridad: Alta-Muy Alta.
Independencia: Media.
Flexibilidad Media-Alta.
Posibles desórdenes de personalidad a partir de pruebas psicométricas suficientemente validadas y con aplicaciones demostradas para detectar estas anomalías. Los candidatos con alguno de los desórdenes mostrados a continuación, en un grado superior al normal serán declarados NO APTOS.
Narcisista.
Paranoide.
Sadista.
Evitadora.
Depresiva.
Negativista.
Masoquista.
Esquizotípica.
Límite.
Esquizoide.
Compulsiva.
Histriónica.
Antisocial.
Dependiente.
Los candidatos se declararán APTO o NO APTO en función de su adaptación al perfil general de personalidad y siempre que superen el mínimo en las pruebas de Habilidad Mental General.
Una vez valoradas las pruebas anteriores, se realizará una entrevista personal con los aspirantes APTOS con el objeto de contrastar y aclarar cuantas cuestiones hayan surgido o estimen los evaluadores relacionadas con los resultados. El resultado de esta entrevista será de NO APTO cuando se detecten indicios suficientemente probados de falta de adecuación de las medidas psicométricas con la conducta observada del candidato, que indiquen una clara deficiencia en sus competencias para el desempeño del puesto.
Los candidatos recomendados con un APTO tendrán una puntuación que reflejará el nivel de aptitud en las habilidades medidas (reflejadas en el apartado 1). Esta puntuación permitirá que los candidatos mejor situados en esta fase obtengan opciones a superar la oposición.
Donde Muy Alta se corresponde con puntuaciones decatipos de 10; Alta se corresponde con decatipos de 8 y 9; Media se corresponde con decatipos de 4 a 7.
En el caso especial de oposiciones a la línea de mando se medirán, además, los factores de independencia y flexibilidad, debiéndose ajustar a los criterios siguientes:
