Anexo 6 se establecen medidas especiales durante 2025 de regulación del tráfico
ANEXO VI. Interrupción de obras en carretera con motivo de las circunstancias o características especiales del tráfico durante el año 2025 (apartado F de esta resolución)
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Copiloto jurídico
Con motivo de desplazamientos masivos de vehículos y Operaciones de Tráfico previstas para el año 2025 se solicitará a los Organismos titulares de carreteras:
A. Suspensión de obras que afecten a la plataforma de circulación y zona de influencia.
- Semana Santa:
* Desde las 13:00 horas del viernes 11 de abril, hasta las 24:00 horas del domingo 13 de abril.
* Desde las 10:00 horas del miércoles 16 de abril, hasta las 24:00 horas del viernes 18 de abril.
* Desde las 8:00 horas hasta las 24:00 horas del domingo 20 de abril.
* De 8:00 horas a 24:00 horas del lunes 21 de abril, en las Comunidades de Aragón, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Madrid, Región de Murcia, La Rioja y provincia de Jaén, así como en la provincia de Sevilla, de 6:00 horas a 16:00 horas en las calzadas decrecientes de las carreteras A-66 y AP-4.
- 1.º de mayo:
* Desde las 13:00 horas del miércoles 30 de abril, hasta las 24:00 horas del jueves 1 de mayo.
* Desde las 13:00 horas del viernes 2 de mayo, hasta las 24:00 horas del domingo 4 de mayo.
- 1.ª Operación del Verano:
* Desde las 13:00 horas del viernes 4 de julio, hasta las 24:00 horas del domingo 6 de julio.
- 1.º de agosto:
* Desde las 13:00 horas del jueves 31 de julio, hasta las 24:00 horas del domingo 3 de agosto.
- 15 de agosto:
* Desde las 13:00 horas del jueves 14 de agosto, hasta las 24:00 horas del domingo 17 de agosto.
- Retorno del Verano:
* Desde las 13:00 horas del viernes 29 de agosto, hasta las 24:00 horas del domingo 31 de agosto.
- Constitución-Inmaculada:
* Desde las 13:00 horas del viernes 5 de diciembre, hasta las 24:00 horas del lunes 8 de diciembre.
B. Suspensión de obras que afecten a la plataforma de circulación:
- En fines de semanas:
* Fines de semanas especiales correspondientes al Verano-2025, desde el viernes 27 de junio hasta el domingo 7 de septiembre:
# Desde las 13:00 horas de los viernes, hasta las 24:00 horas de los domingos en los siguientes fines de semana del verano:
27, 28 y 29 de junio.
11, 12 y 13 de julio.
18, 19 y 20 de julio.
25, 26 y 27 de julio.
8, 9 y 10 de agosto.
22, 23 y 24 de agosto.
5, 6 y 7 de septiembre.
* Resto de fines de semanas del año 2025:
# En general salvo autorización expresa por necesidades de urgencia o motivos justificados, desde las 13:00 horas de los viernes, hasta las 24:00 horas de los domingos.
- En Festividades dentro del ámbito territorial de las Comunidades Autónomas:
* Festividades que afectan a Comunidades Autónomas y su zona de influencia:
# En la Comunidad de Andalucía, desde las 13:00 horas del jueves 27 de febrero, hasta las 24:00 horas del domingo 2 de marzo.
# En la Región de Murcia y Comunidad Valenciana, desde las 13:00 horas del martes 18 de marzo, hasta las 24:00 horas del miércoles 19 de marzo.
# En las Comunidades de Aragón y Castilla y León, el miércoles 23 de abril, desde las 8:00 hasta las 24:00 horas.
# En la Comunidad de Madrid, el viernes 2 de mayo, desde las 0:00 hasta las 24:00 horas.
# En las Comunidades de Murcia y La Rioja, desde las 13:00 horas del viernes 6 de junio, hasta las 24:00 horas del lunes 9 de junio.
# En la Comunidad de Castilla-La Mancha, el jueves 19 de junio, desde las 8:00 hasta las 24:00 horas.
# En las Comunidades de Galicia, Madrid y su zona de influencia en Castilla-La Mancha y las provincias de Ávila, Jaén, Segovia y Valladolid, desde las 13:00 horas del jueves 24 de julio, hasta las 24:00 horas del domingo 27 de julio.
# En la Comunidad de Asturias y Extremadura, desde las 13:00 horas del viernes 5 de septiembre, hasta las 24:00 horas del lunes 8 de septiembre.
# En la Comunidad Valenciana, desde las 13:00 horas del miércoles 8 de octubre, hasta las 24:00 horas del jueves 9 de octubre.
# En las Comunidades de Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Extremadura, desde las 13:00 horas del viernes 10 de octubre, hasta las 24:00 horas del lunes 13 de octubre.
# En todas las Comunidades, desde las 13:00 horas del viernes 31 de octubre, hasta las 24:00 horas del domingo 2 de noviembre.
# En la Comunidad de Madrid y su zona de influencia de Castilla-La Mancha y las provincias de Ávila, Jaén, Segovia y Valladolid, desde las 13:00 horas del viernes 7 de noviembre, hasta las 24:00 horas del lunes 10 de noviembre.
* Festividades que afectan a una Comunidad Autónoma:
# En general, desde las 13:00 horas de la víspera del día festivo en esta Comunidad, hasta las 24:00 horas del día festivo.
