Anexo 7 Sistema común del IVA
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ANEXO VII. LISTA DE ACTIVIDADES DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 295, APARTADO 1, PUNTO 4)

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1) Cultivos:

a) agricultura general, comprendida la viticultura;

b) arboricultura frutícola (comprendida la oleicultura) y horticultura y cultivo floral y ornamental, incluso en invernaderos;

c) producción de setas y especias, producción de semillas y plantas;

d) explotación de viveros.

2) Ganadería vinculada a la explotación del suelo:

a) cría de animales;

b) avicultura;

c) cunicultura;

d) apicultura;

e) sericicultura;

f) helicicultura;

3) Silvicultura;

4) Pesca:

a) pesca de agua dulce;

b) piscicultura;

c) mitilicultura, ostricultura y cría de los demás moluscos y crustáceos;

d) cría de ranas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-12-2006 en vigor desde 01-01-2007