Anexo 7 Sistema común del IVA
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»ANEXO VII. LISTA DE ACTIVIDADES DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 295, APARTADO 1, PUNTO 4)
Vigente
1) Cultivos:
a) agricultura general, comprendida la viticultura;
b) arboricultura frutícola (comprendida la oleicultura) y horticultura y cultivo floral y ornamental, incluso en invernaderos;
c) producción de setas y especias, producción de semillas y plantas;
d) explotación de viveros.
2) Ganadería vinculada a la explotación del suelo:
a) cría de animales;
b) avicultura;
c) cunicultura;
d) apicultura;
e) sericicultura;
f) helicicultura;
3) Silvicultura;
4) Pesca:
a) pesca de agua dulce;
b) piscicultura;
c) mitilicultura, ostricultura y cría de los demás moluscos y crustáceos;
d) cría de ranas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-12-2006 en vigor desde 01-01-2007