Anexo 8 D. 27/2023, de 10 de marzo, C.Valenciana, Tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociales
- Norma derogada desde el 9 de septiembre de 2026. No obstante, según dispone la D.T. 7.ª del Decreto 129/2026, de 3 de septiembre, mantendrán provisionalmente su vigencia las materias reguladas en este decreto que requieran desarrollo mediante órdenes de las consellerias competentes por razón de la materia, hasta la entrada en vigor de las mismas. - DECRETO 129/2026, de 3 de septiembre, del Consell, por el que se regulan la tipología y el funcionamiento de los centros, servicios y programas de los servicios sociales de la Comunitat Valenciana, y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
ANEXO VIII. Categorías, cualificaciones profesionales, titulaciones y requisitos
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Todo el personal deberá contar con la titulación adecuada al puesto de trabajo o a la categoría profesional a desempeñar. Asimismo, deberá disponer del carné de manipulador de alimentos o del certificado individual de acreditación de haber recibido la formación correspondiente, en los términos de lo establecido en la normativa vigente.
A efectos del cómputo de la ratio de personal, no podrán computarse más de cuarenta horas semanales para cada trabajador, o bien el número máximo de horas que se establezca en el convenio colectivo correspondiente.
La siguiente tabla muestra la relación entre las diferentes categorías profesionales y las titulaciones, cualificaciones o requisitos que le son exigibles a cada una de ellas. Constan las homologaciones y certificaciones equivalentes para el personal que no disponga de las titulaciones oficiales.
(TABLA OMITIDA. Consultar en documento PDF de publicación -DOGV 22/03/2023-)

