Anexo �nico de se aprue...-La Mancha

Anexo �nico de se aprueba el Programa de Inspección de Traslados Transfronterizos de Residuos para el año 2025 de Castilla-La Mancha

Ver Indice
»

Anexo. Programa de Inspección de traslados transfronterizos de residuos de Castilla-La Mancha para el año 2025

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Índice

1. Introducción

2. Objetivos

2.1. Objetivo general

2.2. Objetivos específicos

3. Memoria anual 2024

3.1. Inspecciones sistemáticas o prefijadas en operadores que importen/exporten residuos desde o hacia los Estados miembros de la UE

3.2. Inspecciones sistemáticas o prefijadas de transfronterizos en tránsito

3.3. Inspecciones no sistemáticas o no prefijadas

4. Inspecciones previstas para el Programa de inspección de traslados transfronterizos de Castilla-La Mancha 2025

4.1. Inspecciones sistemáticas en operadores que importen/exporten residuos desde o hacia los Estados miembros de la UE

4.2. Inspecciones no sistemáticas en operadores

5. Indicadores de seguimiento

5.1. Indicadores de actividad

5.2. Indicadores de resultados

6. Autoridades implicadas y recursos disponibles

6.1. Coordinación con otras autoridades

6.2. Recursos humanos y financieros

1. Introducción

El Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11/04/2024, relativo a los traslados de residuos establece, en su artículo 60, la obligación de realizar inspecciones tanto de establecimientos, empresas, agentes y negociantes, conforme al artículo 34 de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19/11/2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas, como de los traslados de residuos y de la valorización o eliminación correspondiente.

Las inspecciones de los traslados se realizarán en al menos una de las siguientes ubicaciones:

- En el punto de origen, ante el productor de los residuos, el recogedor de estos, el poseedor de estos, el notificante o la persona que organiza el traslado;

- En el punto de destino, incluidas la valorización o la eliminación intermedias o finales, ante el destinatario o en la instalación;

- En las fronteras de la Unión;

- Durante el traslado por el interior de la Unión.

Estas inspecciones incluirán, como mínimo, la comprobación de documentos, la confirmación de la identidad de quienes intervengan en estos traslados y, en su caso, el control físico de los residuos.

También establece que los Estados miembros deben aprobar, bien por separado o como parte claramente diferenciada de otros planes, planes de inspección. Estos planes deben basarse en una evaluación de riesgos que abarque flujos de residuos y fuentes de traslados ilícitos específicos y que tenga en cuenta, cuando proceda y se disponga de ellos, los datos recibidos por los servicios de información, tales como datos sobre investigaciones policiales y aduaneras y análisis de actividades delictivas. Dicha evaluación de riesgos determinará entre otros, el número mínimo de inspecciones exigidas, incluidos los controles físicos en establecimientos, empresas, agentes, negociantes y traslados de residuos o en la valorización o eliminación correspondientes.

En este sentido, mediante la Orden 69/2025, de 14 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, se aprueba el actual Plan de Inspección Medioambiental de Castilla-La Mancha 2025-2030 (en adelante, Plan de Inspección Medioambiental de CLM) en el que se establece que dicho plan se ejecutará a través de programas anuales de inspección en los que se indicarán los recursos personales disponibles para las labores de inspección, así como el número y tipo de inspecciones que se llevarán a cabo en ese año.

El presente Programa de Inspección de traslados transfronterizos de residuos de Castilla-La Mancha 2025 (en adelante, Programa de Inspección TF CLM 2025) se enmarca dentro del citado Plan de Inspección Medioambiental de CLM, y constituye el principal instrumento a partir del cual se desarrollarán las actuaciones de inspección y control ambiental en materia de traslados transfronterizos de residuos en Castilla-La Mancha. Para ello, se concreta el régimen de las inspecciones, en particular las prioridades específicas de las mismas, las inspecciones previstas y los controles a realizar, en su caso, los dispositivos concretos de cooperación entre las autoridades que participen en las inspecciones y los recursos humanos, financieros o de otro tipo que se asignarán para tal fin.

2. Objetivos

2.1. Objetivo general

El objetivo general del Programa de Inspección TF CLM 2025, en consonancia con el marco establecido por el Plan de Inspección Medioambiental de CLM, es lograr un nivel elevado de protección del medio ambiente de la región mediante la comprobación del cumplimiento de la normativa aplicable en materia de traslados transfronterizos de residuos por parte de establecimientos, empresas, agentes, negociantes y traslados de residuos o en la valorización o eliminación correspondiente, así como la detección de actuaciones contrarias a la norma y de traslados ilícitos de residuos.

2.2. Objetivos específicos

Como objetivos específicos del presente programa se encuentran:

a) Impulsar el cumplimiento de los objetivos establecidos en la normativa europea en materia de traslados de residuos, en concreto, en el Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a los traslados de residuos (en adelante, Reglamento (UE) 2024/1157).

b) Cumplir los objetivos establecidos en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en materia de traslados transfronterizos de residuos.

c) Comprobar el grado de cumplimiento de la normativa en materia de residuos, por los operadores que realizan importaciones y exportaciones de residuos desde o hacia Estados miembros de la UE.

d) Diagnóstico del grado de cumplimiento, caracterización de los incumplimientos, así como las razones para el mismo.

e) Detectar y, en su caso, controlar actuaciones de traslados transfronterizos de residuos contrarias a la norma, así como los traslados ilícitos de residuos, con especial énfasis a aquellos de mayor riesgo al medio ambiente, teniendo en cuenta las cantidades y peligrosidad de los residuos, los que supongan un mayor incumplimiento de la normativa o de los que se disponga de menor información.

f) Definición y aplicación de las estrategias de intervención administrativa para llevar estas actividades hacia el cumplimiento, con mayor esfuerzo administrativo en aquellas desviaciones con mayor riesgo.

3. Memoria anual 2024

En el Programa de Inspección TF CLM 2024 se establecían una serie de objetivos:

3.1. Inspecciones sistemáticas o prefijadas en operadores que importen/exporten residuos desde o hacia los Estados miembros de la UE

El objetivo para 2024 era realizar el 100% de las instalaciones con prioridad de inspección alta, el 25% de las instalaciones con prioridad de inspección media y el 10% de las instalaciones con prioridad de inspección baja. Esto suponía un total de 18 inspecciones (8 de prioridad alta, 9 de prioridad media y 1 una de prioridad baja).

Tabla 1. Inspecciones sistemáticas o prefijadas en operadores 2024

Inspecciones sistemáticas o prefijadas en operadores

Objetivo 2024

Realizadas

% Cumplimiento del Programa

18

1

6

En cuanto al seguimiento de indicadores del grado de cumplimiento del Reglamento (UE) 2024/1157 en instalaciones en 2024, el porcentaje de instalaciones que incumplieron el mismo respecto a las instalaciones visitadas fue del 0%.

3.2. Inspecciones sistemáticas o prefijadas de transfronterizos en tránsito

El objetivo para 2024 era realizar inspecciones en tránsito por carretera, como mínimo, de 1 jornada de trabajo en cada provincia. Esto suponía un total de 5 inspecciones.

Tabla 2. Inspecciones en carretera 2024

Inspecciones en carretera

Objetivo 2024

Realizadas

% Cumplimiento del Programa

5

1

20

En cuanto al seguimiento de indicadores del grado de cumplimiento del Reglamento (UE) 2024/1157 en tránsito en 2024, el porcentaje de vehículos que incumplieron el mismo respecto a los vehículos inspeccionados que transportaban residuos fue del 0%.

3.3. Inspecciones no sistemáticas o no prefijadas

No se han realizado inspecciones no sistemáticas o no prefijadas en 2024 asociadas a quejas, denuncias, incidentes, accidentes o a datos recibidos sobre investigaciones policiales y aduaneras y análisis de actividades delictivas, en relación a traslados transfronterizos.

4. Inspecciones previstas para el Programa de inspección de traslados transfronterizos de Castilla-La Mancha 2025

A efectos del presente programa, se consideran operadores de un traslado transfronterizo de residuos a aquellos establecimientos, empresas, agentes y negociantes que, durante el periodo 2023-2024, realizaron actividades de exportación/importación de residuos desde o hacia Estados miembros de la UE.

Las inspecciones sobre las que se articula el presente programa son las siguientes:

4.1. Inspecciones sistemáticas en operadores que importen/exporten residuos desde o hacia los Estados miembros de la UE

El objetivo de estas inspecciones es controlar que los operadores, establecidos en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, que realicen importaciones y exportaciones de residuos hacia o desde los Estados miembros de la UE, presenten un alto grado de cumplimiento de la normativa vigente en materia de residuos.

Según la información disponible, en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha están establecidos 44 operadores que, durante el periodo 2023-2024, han realizado al menos un movimiento de traslado de residuos desde o hacia Estados miembros de la UE con destino a eliminación o valorización. Estos son los datos disponibles a fecha 31/01/2025 (datos susceptibles de variación cada año):

Tabla 3. Distribución provincial de operadores

Provincia

AB

CR

CU

GU

TO

Total

Operadores que realizan traslados transfronterizos dentro de la UE

3

3

9

9

20

44

Para determinar qué instalaciones serán las inspeccionadas de forma programada para este año, se tiene en cuenta el análisis de riesgos efectuado conforme a lo establecido en el Anexo 2 del Plan de Inspección Medioambiental de CLM. En éste, se obtiene para cada una de las instalaciones la categoría de riesgo a partir de una serie de criterios (criterios de impacto y de operador). Esta categoría define las prioridades de inspección para el año 2025. De esta forma, a través del análisis de riesgo, se han obtenido los siguientes resultados:

Tabla 4. Análisis de riesgo

Categoría de riesgo

Número de instalaciones

Prioridad de inspección

Alto

5

Alta

Medio

36

Media

Bajo

3

Baja

El modelo de programa de inspección de traslados transfronterizos desarrollado por la Red de Inspección Ambiental Redia establece que el número de inspecciones a realizar será determinado por la evaluación de riesgos efectuada y, será como mínimo del 5% de los operadores.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, se fija la siguiente regla para concretar las instalaciones a inspeccionar en 2025:

- El 100% de instalaciones con prioridad de inspección alta.

- El 10% de instalaciones con prioridad de inspección media.

- El 5% de instalaciones con prioridad de inspección baja.

Por tanto, para el año 2025, se programan las siguientes inspecciones distribuidas por provincias:

Tabla 5. Programación de inspecciones TF 2025

Prioridad de inspección

Alto

Medio

Bajo

Total

Provincia/Instalaciones

RDL 1/2016

Ley 7/2022

RDL 1/2016

Ley 7/2022

RDL 1/2016

Ley 7/2022

Albacete

0

1

0

0

0

0

1

Ciudad Real

0

0

1

0

0

0

1

Cuenca

1

1

0

1

0

0

3

Guadalajara

0

0

1

0

0

1

2

Toledo

1

1

1

0

0

0

3

Total

5

4

1

10

Se incluye también la inspección de la documentación exigida por el Reglamento (UE) 2024/1157, de las 10 instalaciones que tienen inspección sistemática in situ programada en 2025.

4.2. Inspecciones no sistemáticas en operadores

La posibilidad de que se produzcan incidentes relacionados con los traslados transfronterizos de residuos desde o hacia otro Estado miembro de la UE requiere que la autoridad responsable deba estar preparada para hacer frente a imprevistos y a la necesidad de realizar inspecciones no sistemáticas.

Las inspecciones no sistemáticas están asociadas a quejas, denuncias, incidentes, accidentes o a datos recibidos sobre investigaciones policiales y aduaneras y análisis de actividades delictivas. Se realizarán inspecciones en el 100 % de estos casos.

5. Indicadores de seguimiento

El seguimiento del cumplimiento de los objetivos propuestos se realizará mediante los siguientes indicadores:

5.1. Indicadores de actividad

Para realizar un seguimiento del grado de ejecución del presente programa se utilizan los siguientes indicadores:

- Nº de inspecciones realizadas.

- Grado de ejecución del programa, que se determinará mediante el número de inspecciones realizadas respecto al número de inspecciones programadas.

5.2. Indicadores de resultados

Para realizar el seguimiento del grado de cumplimiento del Reglamento (UE) 2024/1157, se tendrán en cuenta los siguientes indicadores:

- Inspecciones que han derivado en petición razonada para inicio de expediente sancionador, respecto al total de las inspecciones realizadas.

6. Autoridades implicadas y recursos disponibles

Las autoridades competentes en materia de seguimiento, vigilancia, control e inspección ambiental en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha son las Direcciones Generales de Economía Circular y Agenda 2030 y de Calidad Ambiental, en las materias de su competencia.

6.1. Coordinación con otras autoridades

La coordinación entre la comunidad autónoma Castilla-La Mancha y otras comunidades autónomas y/o con el Ministerio competente en medio ambiente estará asegurada a través de la Red de Inspección Ambiental Redia. Esta Red es un instrumento para la cooperación e intercambio de experiencias entre los responsables de las inspecciones ambientales de las comunidades autónomas mediante un foro permanente de participación e intercambio de conocimientos y experiencias en materia de inspección ambiental, así como la realización de proyectos de interés común.

Para la ejecución de las actuaciones de inspección y control de los traslados transfronterizos llevadas a cabo en instalaciones, se podrá establecer una cooperación y coordinación con el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona), las Unidades de Policía Local de los diferentes Ayuntamientos de Castilla-La Mancha y el Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha.

En el caso de que en el transcurso de una inspección fuera necesaria una actuación en carretera en el territorio de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, se coordinará con los cuerpos del Seprona y/o de la Guardia Civil de Tráfico, por lo que previo a la realización de la inspección, se informará a dichos cuerpos de la misma y se solicitará su colaboración.

5.2. Recursos humanos y financieros

Los recursos humanos destinados a la ejecución del programa de inspección de traslados transfronterizos de residuos del año 2025 estarán compuestos por:

- Para las inspecciones in situ: Personal funcionario de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030, de la Dirección General de Calidad Ambiental y de las correspondientes Delegaciones Provinciales.

- Para las inspecciones documentales: Personal funcionario de la Dirección General de Economía Circular y Agenda 2030 y personal de la Entidad colaboradora de la administración a la que se encomiende asistencia técnica como apoyo a la inspección.

Cabe señalar que dichos recursos no son de carácter exclusivo para la inspección de traslados transfronterizos de residuos y su disponibilidad puede verse condicionada por circunstancias organizativas.

Asimismo, podrá intervenir en la ejecución de las actuaciones de inspección y control el Cuerpo de Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha.

Las actuaciones programadas están ajustadas a los recursos de personal y presupuestarios disponibles.