Anexo �nico Sistema de ...sparencia

Anexo �nico Sistema de información corporativo Transparencia para el suministro de información en soporte electrónico de los contratos, encomiendas de gestión y encargos a medio propio, para su publicación en el Portal de Transparencia

Ver Indice
»

ANEXO

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Contenido mínimo de la información a suministrar por los órganos encargados de elaborar y facilitar la información, incluida su grabación, para su publicación en el Portal de Transparencia de Cantabria a través del sistema de información "Transparencia".

I. OBLIGACIONES DE PUBLICIDAD RELATIVAS A LOS CONTRATOS EN EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE CANTABRIA (Artículo 27 de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y artículo 8 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno).

Respecto a la adjudicación y modificación de los contratos:

- Objeto, tipo de contrato y órgano de contratación.

- Fecha de formalización.

- Fecha de inicio de ejecución.

- Duración.

- Procedimiento de adjudicación utilizado para su celebración.

- Importes de licitación y de adjudicación.

- Instrumentos a través de los que, en su caso, se ha publicitado.

- Número de licitadores participantes en el procedimiento.

- Identidad del adjudicatario, así como su solvencia económica y financiera, y técnica o profesional, o en su caso, clasificación. Especificar si el adjudicatario es PYME.

- Modificaciones aprobadas.

- En su caso, las cesiones del contrato y subcontrataciones, con identificación de los cesionarios y subcontratistas, así como la solvencia técnica y económica y las condiciones de los acuerdos alcanzados entre estos y los contratistas siempre que la normativa sectorial lo permita.

- En su caso, penalizaciones previstas y las impuestas de la cesión o resolución del contrato.

- Criterios de adjudicación, tanto los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas como los criterios que dependan de un juicio de valor, previstos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.

- Informe de valoración de ofertas.

- En su caso, las decisiones de desistimientos y renuncias de los contratos.

- Las actas de las mesas de contratación.

- Cualquier otra información que venga establecida por normativa vigente.

Respecto a la publicación de la ejecución de los contratos que comprenderá al menos información sobre:

- Las ampliaciones del plazo de ejecución.

- Prórrogas del contrato.

- Contratos Complementarios.

- Modificaciones del contrato.

- Fecha de la recepción e importe de la liquidación practicada.

- En su caso, de las penalizaciones previstas y las impuestas.

- De la cesión o resolución del contrato, así como de la subcontratación, con indicación de la identidad de los subcontratistas, el importe de cada subcontratación y el porcentaje en volumen de cada contrato que ha sido subcontratado.

- Cualquier otra información que venga establecida por normativa vigente.

Además, respecto a los proyectos y obras públicas de interés para la Comunidad Autónoma se dará publicidad a la siguiente información:

- La declaración de proyecto y obra pública de interés para la Comunidad Autónoma.

- Respecto de los proyectos y obras: los informes previos en los que se incluya información sobre su coste estimado, los trámites realizados y los pendientes.

- Respecto de los contratos formalizados: adjudicatario, plazo de ejecución, fechas previstas de inicio, de finalización y de puesta en servicio.

- Cualquier otra información que venga establecida por normativa vigente.

En los contratos de concesión de servicios, deberán hacerse público, además, los siguientes datos para facilitar su conocimiento a los usuarios:

- Las condiciones y obligaciones asumidas por los gestores con relación a la calidad, el acceso al servicio y los requisitos de prestación del servicio.

- Los derechos y deberes de los usuarios.

- Las facultades de inspección, control y sanción que puede ejercer la Administración con relación a la prestación del servicio.

- El procedimiento para formular quejas o reclamaciones.

- Cualquier otra información que venga establecida por normativa vigente.

II. OBLIGACIONES DE PUBLICIDAD RELATIVAS A LAS ENCOMIENDAS DE GESTION EN EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE CANTABRIA (Artículo 28 de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública).

- Formalizada mediante convenio, sí o no.

- Actividad o actividades a que se refiere.

- Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.

- Plazo de vigencia.

- Supuestos en que proceda la finalización anticipada de la encomienda.

- Supuestos en que proceda la prórroga de la encomienda.

- En su caso, obligaciones económicas.

- Cualquier otra información que venga establecida por normativa vigente.

III. OBLIGACIONES DE PUBLICIDAD RELATIVAS A LOS ENCARGOS DE EJECUCION A MEDIO PROPIO EN EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE CANTABRIA (Artículo 28 de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública).

- Actividad o actividades a que se refiere.

- Naturaleza y alcance del encargo.

- Plazo de vigencia.

- Los supuestos en que proceda la finalización anticipada del encargo o su prórroga.

- En su caso, obligaciones económicas.

- Demás información prevista en el artículo 27.1 de la Ley de Cantabria 1/2018, de 21 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública.

- Cualquier otra información que venga establecida por normativa vigente.