Anexo único Condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de ESO o de bachillerato
ANEXO I. Condiciones para impartir las materias de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y del Bachillerato (BTO) en centros privados
Condiciones para impartir las materias de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y del Bachillerato (BTO) en centros privados
Materias | Nivel | Condiciones de formación inicial |
Análisis Musical I y II. Historia de la Música y de la Danza. Lenguaje y Práctica Musical. | BTO | Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Música o Danza o Título Superior de Música o de Danza (artículo 54.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo). Licenciado, Graduado o Graduada en Musicología o en Historia y Ciencias de la Música. Título Superior de Música o de Danza (artículo 42.3 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre) o titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia. |
Coro y Técnica Vocal I y II. | BTO | Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Música o Título Superior de Música (artículo 54.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo). Cualquier título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Graduada o equivalente, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia. Título Superior de Música (artículo 42.3 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre) o titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia. |
Artes Escénicas I y II. | BTO | Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Música o Danza, Título Superior de Música o Danza, Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático o Título Superior de Arte Dramático (artículos 54.3 y 55.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo). Cualquier título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Graduada o equivalente, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia. Título Superior de Música, Danza o Arte Dramático (artículos 42.3 y 45.1 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre) o titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia. |
Música. | ESO | Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Música o Danza, Título Superior de Música o Danza (artículo 54.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo). Cualquier título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Graduada o equivalente, y acreditar estar en posesión del Título de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o Danza, o del Título Profesional de Música o Danza (artículo 42.2 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, o artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo) o del Título de Profesor regulado en el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, de Reglamentación General de los Conservatorios de Música. Licenciado, Graduado o Graduada en Musicología o en Historia y Ciencias de la Música. Título Superior de Música o de Danza (artículo 42.3 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre), o titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia. |
Biología y Geología. | ESO | Cualquier título de Licenciado del área de Ciencias Experimentales y de la Salud o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Ciencias o de Ciencias de la Salud, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. |
Biología. Biología, Geología y Ciencias Ambientales. Geología y Ciencias Ambientales. | BTO | |
Ciencias Generales. | BTO | Cualquier título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto del área de Ciencias Experimentales y de la Salud o de las Enseñanzas Técnicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Ciencias, de Ciencias de la Salud o de Ingeniería y Arquitectura, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. |
Física y Química. | ESO | Cualquier título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto del área de Ciencias Experimentales y de la Salud o de las Enseñanzas Técnicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Ciencias, de Ciencias de la Salud o de Ingeniería y Arquitectura, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. |
Física. Química. Física y Química. | BTO | |
Geografía e Historia. | ESO | Cualquier título de Licenciado del área de Humanidades o de las Ciencias Sociales y Jurídicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades o de Ciencias Sociales y Jurídicas, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. |
Geografía. Historia de España. Historia del Mundo Contemporáneo. | BTO | |
Fundamentos Artísticos. Historia del Arte. Movimientos Culturales y Artísticos. | BTO | Cualquier título de Licenciado del área de Humanidades o de las Ciencias Sociales y Jurídicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades, y acreditar además una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia. Licenciado, Graduado o Graduada en Bellas Artes. Arquitecto. |
Formación y Orientación Personal y Profesional. | ESO | Cualquier título de Licenciado del área de Humanidades o de las Ciencias Sociales y Jurídicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades o de las Ciencias Sociales y Jurídicas, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. Licenciado, Graduado o Graduada en Psicología. |
Educación en Valores Cívicos y Éticos. | ESO | Cualquier título de Licenciado del área de Humanidades o de las Ciencias Sociales y Jurídicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades o de las Ciencias Sociales y Jurídicas, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. |
Filosofía. Historia de la Filosofía. | BTO | |
Educación Física. | ESO/BTO | Cualquier título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Graduada o equivalente, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia. Licenciado, Graduado o Graduada en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. Licenciado, Graduado o Graduada en Medicina acreditando estar en posesión del Diploma de Especialista en Medicina Deportiva. |
Economía y Emprendimiento. | ESO | Cualquier título de Licenciado del área de las Ciencias Sociales y Jurídicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de las materias. |
Economía. Economía, Emprendimiento y Actividad Empresarial. Empresa y Diseño de Modelos de Negocio. | BTO | |
Cultura Audiovisual. | BTO | Licenciado, Graduado o Graduada en Comunicación Audiovisual. Licenciado, Graduado o Graduada en Bellas Artes. Cualquier otro título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o Graduada o equivalente, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia. |
Educación Plástica, Visual y Audiovisual. Expresión Artística. | ESO | Cualquier título de Ingeniero o Arquitecto del área de las Enseñanzas Técnicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura y de Artes y Humanidades, o cualquier título Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, Diseño o Artes Plásticas y acreditar además una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. Licenciado, Graduado o Graduada en Bellas Artes. Arquitecto. |
Dibujo Artístico I y II. Dibujo Técnico I y II. Dibujo Técnico Aplicado a las Artes Plásticas y al Diseño I y II. Diseño. Proyectos Artísticos. Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica. Volumen. | BTO | |
Cultura Clásica. Latín. | ESO | Cualquier título de Licenciado del área de Humanidades o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. |
Griego I y II. Latín I y II. | BTO | |
Lengua Castellana y Literatura. | ESO | Cualquier título de Licenciado del área de Humanidades o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. Licenciado, Graduado o Graduada en Periodismo. |
Lengua Castellana y Literatura I y II. Literatura Universal. | BTO | |
Literatura Dramática. | BTO | Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático o Título Superior de Arte Dramático (55.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo). Cualquier título de Licenciado del área de Humanidades o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente. Licenciado, Graduado o Graduada en Periodismo. Título Superior de Arte Dramático (artículo 45.1 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre) o titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia. |
Lengua Extranjera. Segunda Lengua Extranjera. | ESO | Cualquier titulación de Licenciado del área de Humanidades o Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Artes y Humanidades y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo, y el dominio de la lengua correspondiente*. Licenciado en Filología, Filosofía y Letras (Sección Filología). Licenciado, Graduado o Graduada en Traducción e Interpretación, en la lengua correspondiente. |
Lengua Extranjera I y II. Segunda Lengua Extranjera I y II. | BTO | |
Matemáticas. Matemáticas A. Matemáticas B. | ESO | Cualquier título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto del área de Ciencias Experimentales y de la Salud o de las Enseñanzas Técnicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Ciencias o de Ingeniería y Arquitectura, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia. |
Matemáticas I y II. | BTO | |
Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales I y II. Matemáticas Generales. | BTO | Cualquier título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto del área de Ciencias Experimentales y de la Salud, de las Enseñanzas Técnicas o de las Ciencias Sociales y Jurídicas o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Ciencias, de Ingeniería y Arquitectura, de Ciencias de la Salud o de Ciencias Sociales o Jurídicas, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia. |
Digitalización. | ESO | Cualquier título de Ingeniero, Arquitecto o Licenciado del área de las Enseñanzas Técnicas o de Ciencias Experimentales o de la Salud o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura o de Ciencias, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia. Licenciado, Ingeniero, Graduado o Graduada o equivalente en Informática. |
Tecnología. Tecnología y Digitalización. | ESO | Cualquier título de Ingeniero, Arquitecto o Licenciado del área de las Enseñanzas Técnicas o de Ciencias Experimentales y de la Salud o cualquier título oficial de Graduado o Graduada o equivalente de la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura o de Ciencias, y además acreditar una experiencia docente o una formación superior adecuada para impartir el currículo de la materia correspondiente.» |
Tecnología e Ingeniería I y II. | BTO |
* Se podrá justificar el dominio de la lengua con cualquier certificado que acredite el dominio de las competencias correspondientes al nivel C1 o C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas en el idioma correspondiente, en el que se haga constar expresamente dicho nivel.
- Modificación realizada (Anexo I) por Real Decreto 187/2023, de 21 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de bachillerato, y se establece, a efectos de continuidad de la actividad docente en estos centros, la correspondencia entre determinadas materias.
(BOE de 22-03-2023) en vigor desde 23-03-2023 - Modificación realizada (Anexo (pasa a ser Anexo I)) por Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, por el que se desarrollan determinadas disposiciones relativas al ejercicio de la docencia en la Educación Secundaria Obligatoria, el Bachillerato, la Formación Profesional y las enseñanzas de régimen especial, a la formación inicial del profesorado y a las especialidades de los cuerpos docentes de Enseñanza Secundaria.
(BOE de 18-07-2015) en vigor desde 19-07-2015 - Modificación realizada (Se modifica el Anexo) por Real Decreto 1146/2011, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se esteblecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria, así como los Reales Decretos 1834/2008, de 8 de noviembre, y 860/2010, de 2 de julio, afectados por estas modificaciones.
(BOE de 30-07-2011) en vigor desde 31-07-2011 - Modificación realizada por Correccion de errores del Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formacion inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educacion secundaria obligatoria o de bachillerato.
(BOE de 18-09-2010) en vigor desde 18-09-2010 - Artículo modificado por Corrección de errores del Real Decreto 860/2010, de 2 de julio, por el que se regulan las condiciones de formación inicial del profesorado de los centros privados para ejercer la docencia en las enseñanzas de educación secundaria obligatoria o de bachillerato.
(BOE de 29-12-2010) en vigor desde 18-07-2010