Antecedentes �nico Horario laboral para facilitar el ejercicio del derecho al voto el próximo 9 de junio
Antecedentes
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1. El Real Decreto 363/2024, de 9 de abril, convoca elecciones de diputados al Parlamento Europeo y establece, en el artículo 1, que se celebrarán el domingo 9 de junio de 2024.
2. De acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, corresponde a las comunidades autónomas con competencias en materia laboral adoptar las medidas para facilitar, a los electores que sean trabajadores por cuenta ajena y trabajen el día de las elecciones, el ejercicio del derecho al voto.
3. En virtud del artículo 2.2.e) del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, corresponde a la Consejería de Empresa, Empleo y Energía, mediante la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, el ejercicio de la competencia en materia de ejecución de la legislación laboral.
Por todo ello, habiendo informado favorablemente la Delegación de Gobierno de las Illes Balears, dicto la siguiente
