Articulo 1 31 Ley 20/2017, de 28 de diciembre, C.Valenciana, Tasas
Artículo 1. 3-1. Hecho imponible
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1. En el ámbito de la administración de la Generalitat y su sector público instrumental, podrán establecerse tasas por la prestación de servicios o realización de actividades en régimen de derecho público, cuando se lleven a cabo mediante cualquiera de las formas previstas en la legislación administrativa para la gestión del servicio o actividad.
2. Entre otros, los servicios o la realización de actividades mencionadas en el apartado anterior podrán consistir en:
a) La tramitación o expedición de licencias, visados, matrículas o autorizaciones administrativas.
b) La expedición de certificados o documentos a instancia de parte, salvo que dicha expedición se realice a través de una actuación administrativa automatizada.
c) La expedición de copias de documentos administrativos o de planos, ya sea en papel o en cualquier formato digital.
d) Legalización y sellado de libros.
e) Actuaciones técnicas y facultativas de vigilancia, dirección, inspección, investigación, estudios, informes, asesoramiento, comprobación, reconocimiento o prospección.
f) Examen de proyectos, verificaciones, con traslaciones, ensayos u homologaciones.
g) Valoraciones y tasaciones.
h) Inscripciones y anotaciones en registros oficiales y públicos.
i) Servicios académicos y complementarios.
j) Servicios portuarios y aeroportuarios.
k) Servicios sanitarios.
l) La participación como aspirantes en oposiciones, concursos o pruebas selectivas de acceso a la administración pública.
- Modificación realizada (apdo. 2.b)) por LEY 3/2026, de 29 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado. (GV de 02-07-2026) en vigor desde 03-07-2026
- Artículo modificado (1.3-1 (apdo. 2.b)) por DECRETO LEY 14/2025, de 26 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.
(GV de 29-12-2025) en vigor desde 30-12-2025
