Articulo 1 Se adaptan a la Navarra las medidas extraordinarias para la reduccion del deficit publico
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»Artículo 1. Incremento general de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra con efectos de 1 de enero de 2010.
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1. Con efectos de 1 de enero de 2010 y hasta el 31 de mayo de 2010, las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra a que se refieren los artículos 6, 7.1, 8 y 9.5 de la Ley Foral 16/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2010, se incrementan en un 0,3 por 100.
2. En aplicación de lo dispuesto en el apartado anterior, el sueldo inicial del nivel E queda establecido en 13.548,64 euros.
