Articulo 1 Admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos
Artículo 1. Finalidad y objeto de la ley.
Con la finalidad de garantizar el pleno respeto a los derechos de los espectadores, participantes y usuarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia, la presente ley tiene por objeto regular las siguientes materias:
a) Las limitaciones generales de acceso a los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia, que constituyen las condiciones objetivas y de obligado cumplimiento en el ejercicio del derecho de admisión, regulando los límites y circunstancias de aquellas.
b) El régimen aplicable a las condiciones específicas de admisión que podrán establecer los titulares de los establecimientos públicos y los organizadores de espectáculos y actividades recreativas para el acceso a sus instalaciones.
c) El régimen de habilitación y funciones del personal de control de acceso en los establecimientos públicos dedicados a la celebración de espectáculos públicos o al desarrollo de actividades recreativas.
- Texto Original. Publicado el 11-03-2011 en vigor desde 31-03-2011