Articulo 1 de se aprueban...de policía

Articulo 1 de se aprueban las bases generales y se convocan el proceso selectivo de acceso por oposición libre y el proceso de provisión por movilidad en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía

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1. Objeto de la convocatoria.

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1.1. El objeto de esta convocatoria es el acceso por oposición libre y la provisión por movilidad de las plazas de los cuerpos de policía local, escala básica, categoría de policía, subgrupo C1, que se detallan en el anexo III.

1.2. Los citados procesos se regirán por lo establecido en estas bases y para lo no previsto se estará a lo dispuesto en:

a. Constitución española (BOE núm. 311, de 29 de diciembre de 1978).

b. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

c. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

d. Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (BOE núm. 261, de 31 de octubre de 2015).

e. Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia (DOG núm. 82, de 4 de mayo de 2015).

f. Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG núm. 85, de 3 de mayo de 2007).

g. Decreto 15/2023, de 12 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales. (DOG núm. 30, de 13 de febrero de 2023).

h. Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de la Policía Local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local (DOG núm. 222, de 22 de noviembre de 2017).

i. Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad de los cuerpos de policías locales para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales (DOG núm. 22, de 2 de febrero de 2009).

1.3. Los códigos de los procedimientos regulados en esta orden son el PR461B para el proceso de acceso por oposición libre y PR461D para el proceso de provisión por movilidad.

1.4. Las plazas no cubiertas en el proceso de provisión por movilidad se acumularán al proceso de acceso por oposición libre, una vez notificado al Ayuntamiento y previa solicitud del mismo, y serán publicadas a través de resolución de la persona titular de la Dirección General de la Academia Gallega de Seguridad Pública (en adelante, Agasp) y comunicadas al tribunal nombrado al efecto en el proceso de oposición libre, para la realización de la lista final de personas aprobadas y con plaza en el proceso.