Legislación
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DECRETO 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local. - Diario Oficial de Galicia de 22-11-2017

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Galicia

Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Marzo de 2023

F. entrada en vigor: 23/11/2017

Órgano emisor: VICEPRESIDENCIA Y CONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA

Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 222

F. Publicación: 22/11/2017


Preambulo
CAPÍTULO I. Objeto y modalidades de cooperación
Artículo 1. Objeto Artículo 2. Cooperación mediante la asunción de la convocatoria de las plazas vacantes Artículo 3. Colaboración en la realización de las pruebas selectivas
CAPÍTULO II. Procesos selectivos unitarios para el acceso a las diferentes categorías de los cuerpos de policía local y a los puestos de vigilantes municipales
Artículo 4. Convocatorias de los procesos selectivos unitarios Artículo 5. Bases de las convocatorias Artículo 6. Composición de los órganos de selección Artículo 7. Competencias administrativas para la gestión de los procesos selectivos unitarios Artículo 8. Relación de personas admitidas y excluidas Artículo 9. Procedimientos de selección según el sistema de acceso aplicable Artículo 10. Procedimiento de oposición Artículo 11. Procedimiento de concurso-oposición Artículo 12. Procedimiento de concurso Artículo 13. Alegaciones a las calificaciones Artículo 14. Relación de personas aprobadas o que obtuvieron plaza y lista de reserva Artículo 15. Elección de plaza en los sistemas de acceso de turno libre y movilidad Artículo 16. Nombramiento como personal funcionario en prácticas Artículo 17. Organización de los cursos selectivos de formación o de capacitación
CAPÍTULO III. Procesos selectivos unitarios para la selección del personal auxiliar de policía local
Artículo 18. Procesos selectivos unitarios para personal auxiliar de policía local Artículo 19. Listas de colaboración para la contratación de personal auxiliar de policía local Artículo 19 bis. Llamamientos en las listas de colaboración para la contratación de personal auxiliar de policía local Artículo 20. Contratación del personal auxiliar de policía local Artículo 21. Cursos de formación para personal auxiliar de policía local
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Asunción progresiva por la Administración general de la Comunidad Autónoma de la convocatoria y del desarrollo de los procesos selectivos D.A 2ª. Ampliación de los plazos para la comunicación de plazas, reservas de plazas en los cursos selectivos y concesión de plazos adicionales para los ayuntamientos
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación para el desarrollo D.F. 2ª. Modificación del Decreto 243/2008, de 16 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales D.F. 3ª. Entrada en vigor