Artículo 1 ayudas extraor...forestales

Artículo 1 ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2025 y en materia preventiva de incendios forestales

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Artículo 1. Objeto.

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1. El presente Decreto-ley tiene por objeto establecer un régimen extraordinario de ayudas directas y de financiación en condiciones preferentes así como la adopción de otras medidas destinadas a paliar los daños ocasionados por los incendios forestales del verano de 2025 en Extremadura, así como medidas preventivas en materia de incendios forestales, con la finalidad de proteger la viabilidad de las explotaciones agrícolas, ganaderas y empresas del sector turístico, mantener la actividad y el empleo en la zona, proteger el tejido productivo y recuperar con urgencia la actividad económica en las zonas afectadas.

2. En concreto, los Capítulos II, III y IV regulan las ayudas extraordinarias a sectores agrícolas y ganaderos por incendios forestales y las subvenciones para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones agrícolas de cerezo, olivar, castaño declarado como frutal y asociaciones de cultivos con estos, así como a titulares de explotaciones extensivas de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino y apícola radicadas en Extremadura y afectas por incendios forestales; el Capítulo V, por su parte, incluye otras medidas relacionadas con los incendios forestales, como medidas en instalaciones de generación de energía eléctrica, también es objeto de modificación la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura.

3. El Capítulo VI relativo a las medidas en materia tributaria, como la modificación en el impuesto sobre aprovechamientos cinegéticos, y de determinadas tasas vinculadas al aprovechamiento cinegético y a la actividad ganadera.

4. El Capítulo VII tiene por objeto regular la puesta en marcha de un programa de ayudas, en régimen de concesión directa y sin convocatoria, destinado a compensar las pérdidas sufridas por las empresas del sector turístico ubicadas en los términos municipales de Extremadura afectados por los grandes incendios forestales durante el verano de 2025.

5. Por medio del Capítulo VIII, es objeto de modificación la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.

6. Finalmente, en el Capítulo IX se recogen medidas en materia de gestión forestal, siendo objeto de modificación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura y el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regulan la realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los registros de cooperativas, empresas en industrias forestales y montes protectores de Extremadura.