Articulo 1 -Banco de Espa...lamaciones

Articulo 1 -Banco de España- Modelos de estados reservados en materia de conducta de mercado, transparencia y protección de la clientela, y registro de reclamaciones

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Norma 1. Objeto.

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La presente circular tiene por objeto fijar el contenido y la periodicidad de los modelos de estados reservados en materia de conducta de mercado, transparencia y protección de la clientela (en adelante, estados reservados en materia de conducta) que deberán remitir al Banco de España las entidades mencionadas en la norma 2 de esta circular. Asimismo, se determina el contenido mínimo de la información que dichas entidades deberán tener a disposición del Banco de España en materia de reclamaciones.