Articulo 1 Condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local
Artículo 1. Objeto.
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1. El presente Decreto regula las condiciones básicas para el acceso a las diferentes escalas y empleos en que se estructuran jerárquicamente los Cuerpos de la Policía Local de Canarias, así como para la promoción interna y la movilidad de los funcionarios pertenecientes a los mismos.
2. La normativa reguladora de la función pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como la normativa estatal de selección y provisión del personal funcionario y, especialmente, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, será de aplicación supletoria en todo lo no previsto en este Decreto.
