Articulo 1 Condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas
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Artículo 1. Objeto.

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Este decreto foral tiene por objeto establecer las normas que regulan las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas incluidas dentro de su ámbito de aplicación, junto con sus instalaciones y servicios anexos, las condiciones de calidad sanitaria, tratamiento y control del agua y el aire de las mismas, los sistemas de información y el régimen de comunicaciones, la vigilancia e inspecciones sanitarias y el régimen sancionador.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-11-2018 en vigor desde 15-12-2018