Articulo 1 Control del potencial vitícola
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Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Vigente

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1. La presente ley tiene por objeto regular el régimen jurídico del control del potencial vitícola en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2. El régimen jurídico del potencial vitícola se regirá por lo dispuesto en la normativa comunitaria, en la normativa estatal básica y en la normativa de la Comunidad Autónoma de La Rioja en la materia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-01-2017 en vigor desde 10-01-2017