Articulo 1 crea y regula sedes electrónicas en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Orden sin efecto desde el 8 de noviembre de 2024, salvo en lo referente a la Sede Electrónica de Administraciones Públicas y la Sede Electrónica de la extinta Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas, actualmente denominada Sede Electrónica de Clases Pasivas, que mantienen su eficacia. - Orden HAC/1223/2024, de 25 de octubre, por la que se actualizan las sedes electrónicas del Ministerio de Hacienda.
- Lo dispuesto sobre la Sede Electrónica de Administraciones Públicas en la presente Orden en lo relativo a las actuaciones, procedimientos y servicios competencia de la Secretaría de Estado de Función Pública, queda sin efecto desde el 13 de abril de 2025. - Orden TDF/352/2025, de 10 de abril, por la que se crea la sede electrónica asociada del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
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1. La presente orden tiene por objeto la creación y regulación de las sedes electrónicas correspondientes a los órganos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
2. El ámbito de la presente orden se extiende exclusivamente a los órganos pertenecientes al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, quedando fuera del mismo los organismos públicos que, conforme a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, deban aprobar sus respectivas sedes electrónicas mediante Resolución de su titular, sin perjuicio de lo dispuesto respecto a los mismos en el artículo 3.1.a) y 4.a) de la presente orden.
