Artículo 1. DECRETO 20/2026, de 9 de marzo, Galicia
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
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1. El objeto de este decreto es establecer la ordenación de la formación profesional del grado D y del grado E del sistema educativo de Galicia, de acuerdo con lo previsto en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, y en el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de formación profesional, de los cuales constituye su desarrollo y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Este decreto será de aplicación en los centros educativos, públicos y privados, que impartan enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Galicia.
