Articulo 1 se establecen las normas reguladoras de depósito legal en la Comunidad de Madrid
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»Artículo 1. Objeto
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Este decreto tiene por objeto la regulación de la gestión del depósito legal en la Comunidad de Madrid, estableciendo el centro depositario y los centros de conservación los tipos de documentos sujetos a depósito legal, el número de ejemplares a depositar, su funcionamiento, así como la actividad inspectora y el ejercicio de la potestad sancionadora en esta materia.
