Articulo 1 Estatutos Promoción de Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).
Artículo 1. Naturaleza y régimen normativo del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).
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1. El Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), es un Ente Público sometido al derecho administrativo, creado mediante Ley 1/2008, de 22 de mayo, con presupuesto limitativo, adscrito a la Consejería competente en materia de dependencia, que tiene por finalidad ejercer las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de Dependencia, y desarrollo y coordinación de las políticas sociales de atención a personas con discapacidad y mayores.
2. El SEPAD se regirá por lo dispuesto en la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura y en los Estatutos establecidos en el presente Decreto; sin perjuicio de la aplicación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y demás normativa autonómica.
