Articulo 1 estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
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1. Este decreto tiene por objeto regular la estructura y organización del Plan territorial de contingencias por contaminación marina accidental de la Comunidad Autónoma de Galicia (en adelante, Plan Camgal), así como establecer las disposiciones generales, la organización operativa y las medidas para su implantación.
2. El Plan Camgal se define como aquel plan diseñado y elaborado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el que se establecen las normas y procedimientos básicos de actuación, la estructura de organización y el sistema de respuesta frente a un suceso de contaminación marina accidental definido según lo establecido en el artículo 2.a) del Sistema nacional de respuesta ante la contaminación marina, aprobado por el Real decreto 1695/2012, de 21 de diciembre, cualquiera que sea su origen o naturaleza, que afecte o pueda afectar al litoral gallego.

