Articulo 1 Modelos oficiales de solicitud de autorización y de declaración de vertido
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Articulo 1 Modelos oficiales de solicitud de autorización y de declaración de vertido

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Artículo 1. Objeto.

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1. El objeto de esta orden es aprobar los modelos oficiales de solicitud de autorización y de declaración general y simplificada de vertidos que figuran en los anexos II y III de esta orden, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 246 y 253 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, que serán exigibles para todas las solicitudes de autorización de vertido que se presenten, en las cuencas hidrográficas que excedan del ámbito territorial de una sola Comunidad Autónoma, a partir de la fecha de entrada en vigor de esta orden ministerial.

2. Los modelos oficiales se pondrán a disposición de los interesados por las confederaciones hidrográficas directamente en sus sedes y oficinas auxiliares o por cualquiera de los medios técnicos a que se refiere el artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así, los modelos oficiales también estarán disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para su tramitación telemática, de conformidad con el artículo 35 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-11-2014 en vigor desde 06-11-2014